Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

de la presente Ordenanza. Se consideran los siguientes criterios complementarios: a. Promedio de asistencia global de los representantes de las organizaciones participantes de un Territorio en los Talleres de Capacitacion y de Trabajo del proceso. b. Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos en procesos anteriores por las organizaciones del territorio beneficiario. Estos criterios se aplican de manera progresiva hasta resolverse la situacion de igualdad senalada en el presente articulo. De persistir la situacion de igualdad se procedera a un sorteo. TITULO II DE LAS INSTANCIAS DEL MORDAZA Articulo 14º.- DEL CONCEJO MUNICIPAL En atribucion a lo dispuesto por el inciso 1 del articulo 9º de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar el Plan Integral de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. Articulo 15º.- DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL Corresponde al Consejo de Coordinacion Local coordinar y concertar el Plan Integral de Desarrollo Concertado de MORDAZA El MORDAZA y el Presupuesto Participativo Distrital; asi como las demas funciones asignadas en la Ley Organica de Municipalidades, Articulo 104º. Articulo 16º.- DEL COMITE DE GESTION TERRITORIAL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El Comite de Gestion Territorial del Presupuesto Participativo conduce en forma articulada con el Consejo de Coordinacion Local y la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA el MORDAZA del Presupuesto Participativo en su respectivo Territorio, fomentando la participacion de los agentes participantes. Su composicion, atribuciones, derechos y responsabilidades se regulan conforme a lo establecido en el Titulo III de la presente Ordenanza. Articulo 17º.- DE LOS ESPACIOS DE CONCERTACION TEMATICAS Los espacios de concertacion tematica formulan y proponen politicas publicas e ideas de proyectos estrategicos en el MORDAZA del Plan Integral de Desarrollo Concertado. Dichas propuestas seran socializadas, enriquecidas y recogidas por el Equipo Tecnico Municipal para la toma de decisiones. Articulo 18º.- DEL COMITE DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo vigila el desenvolvimiento de todas las etapas del MORDAZA, el cumplimiento de los compromisos asumidos por los agentes participantes y la ejecucion de los proyectos aprobados en el MORDAZA del MORDAZA, conforme a las atribuciones conferidas en su Reglamento Interno aprobado por Decreto de Alcaldia vigente. El Comite de Vigilancia y Control elabora informes trimestrales sobre las acciones de vigilancia que realiza en el MORDAZA, y los presenta al Consejo de Coordinacion Local Distrital y a la sociedad civil del distrito. TITULO III DEL COMITE DE GESTION TERRITORIAL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Articulo 19º.- ATRIBUCIONES Son atribuciones y derechos del Comite de Gestion Territorial del Presupuesto Participativo: a. Representar a todas las organizaciones vecinales y sociales del territorio ante el MORDAZA del Presupuesto Participativo. b. Facilitar la priorizacion, en el Taller territorial respectivo, de los proyectos comunales y estrategicos, en funcion de lo Objetivos Estrategicos del Plan Integral de Desarrollo Concertado, asi como tambien coordina acciones con las respectivas Agencias Municipales para la oportuna evaluacion de parte de la Oficina de Programacion e Inversiones (OPI). c. Facilitar la realizacion de estudios de pre inversion

en su territorio, contribuyendo a justificar la viabilidad y sostenibilidad de los proyectos u obras propuestos. d. Acceder a una MORDAZA de los expedientes tecnicos aprobados y a la informacion referida a los proyectos u obras priorizados en el Presupuesto Participativo. e. Asumir conjuntamente con la comunidad beneficiada, el mantenimiento y operacion de los proyectos u obras ejecutados para garantizar su sostenibilidad, mediante actas de compromiso. f. Participar en el seguimiento, control y rendicion de cuentas del MORDAZA del Presupuesto Participativo. g. Acceder a todo MORDAZA de informacion relacionada a los proyectos priorizados con actos de licitacion y de propuestas de proveedores. Para el cumplimiento de sus funciones el Comite de Gestion Territorial del Presupuesto Participativo contara con el apoyo de las Agencias de Desarrollo Municipal. Articulo 20º.- MORDAZA DE ELECCION DE LOS COMITES TERRITORIALES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El MORDAZA de eleccion de los Comites Territoriales del Presupuesto Participativo tomara en cuenta que: a. El Comite de Gestion Territorial esta conformado por seis miembros, los cuales ocupan los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario Tecnico, Secretario de Actas, Secretario de Vigilancia y Vocal. La composicion del Comite de Gestion Territorial debera contar con un 30% de mujeres y un 30% jovenes menores de 30 anos. b. Los Comites de Gestion Territorial son elegidos en acto publico por los Agentes Participantes con la presencia de dos representantes de la Municipalidad. El mecanismo de eleccion sera el de MORDAZA secreto y universal, y por el sistema de listas de candidatos. Dichas listas deberan estar conformadas por un representante de cualquiera de los segmentos establecidos en la Ordenanza Nº 083MVES, articulo 7º. Siendo requisito indispensable estar debidamente inscrito en el libro de agentes participantes. En este mismo acto se elegira a un representante por territorio para la conformacion del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo, no pudiendose ser reelegido en el mismo cargo. En el caso del Territorio IX, debera adecuarse a su realidad territorial y social, garantizando la participacion de la mayoria de gremios representativos. c. La direccion de los comicios sera asumida por una Mesa Directiva compuesta por tres miembros, elegidos entre los Agentes Participantes al inicio de la Asamblea de caracter territorial. Los miembros de la Mesa Directiva no podran ser candidatos a los Comites de Gestion Territorial que se elija. d. El resultado de la eleccion constara en un Acta, la cual debera ser suscrita por los representantes de la Municipalidad, los integrantes de la Mesa Directiva, los integrantes del Comite de Gestion del Desarrollo Territorial vigente y por los Agentes Participantes que asi lo requieran. e. Los Comites de Gestion Territorial del Presupuesto Participativo seran elegidos para un periodo de dos (02) anos, no admitiendose la reeleccion inmediata en el mismo cargo. Son reconocidos por Resolucion de la Gerencia de Promocion y Bienestar Social o la que haga sus veces. Articulo 21º.- PROMOCION DE LOS COMITES DE OBRAS O PROYECTO Los Comites de obra o proyecto son promovidos por los Comites de Gestion Territorial del Presupuesto Participativo, sus integrantes deberan ser vecinos del Grupo Residencial o Asentamiento Humano donde se ejecuta la obra o proyecto. Los integrantes del Comite de Gestion Territorial y de la Junta Directiva del lugar, estan impedidos de ser miembros del Comite de obra, tampoco pueden ser proveedores de bienes o servicios ni ser beneficiados con un puesto de trabajo. La duracion del Comite de obra esta en funcion directa al MORDAZA de inicio, ejecucion y rendicion de cuentas de la obra o proyecto. Coordinaran sus funciones con el Comite de Gestion de su territorio. TITULO IV FASES Y DESARROLLO DEL MORDAZA PARTICIPATIVO Articulo 22º.- DE LAS FASES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

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