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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2007 359280 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito de colusión en agravio de la Municipalidad Distrital de Carabamba RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 414-2007-CG Lima, 4 de diciembre de 2007VISTO, el Informe Especial N° 225-2007-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Carabamba, provincia de Julcán, La Libertad, por el período Ene.2003 – Jun.2006, y; CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Distrital de Carabamba, con la fi nalidad de determinar si los recursos municipales se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa vigente y si los gastos efectuados con dichos recursos se encuentran debidamente sustentados; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora determinó que, para abastecer el Programa del Vaso de Leche por el período 2003 – 2006, se fraccionó la adquisición anual del ejercicio 2003 y se cometieron irregularidades en los diversos procesos llevados a cabo entre los años 2004 – 2006; habiéndose adquirido los productos a un solo proveedor, siendo que los mismos en algunos casos no son de origen nacional y en otros, no cuentan con Registro Sanitario; asimismo, se evidenció sobrevaloración en los precios de las compras realizadas para los períodos Ene.2005 – Dic.2005 y Ene.2006 – Mar.2006, originando un perjuicio económico ascendente a S/. 67 405,30; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Colusión, previsto y penado en el artículo 384º del Código Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 140216-1DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban el Informe Defensorial Nº 128 “El Estado frente a las víctimas de la violencia ¿Hacia dónde vamos en políticas de reparación y justicia?” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 060-2007/DP Lima, 6 de diciembre de 2007VISTO:El Informe Defensorial Nº 128, “El Estado frente a las víctimas de la violencia. ¿Hacia dónde vamos en políticas de reparación y justicia?”, elaborado por la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo; CONSIDERANDO:Primero. – Competencia de la Defensoría del Pueblo. De conformidad con los artículos 162º de la Constitución Política del Perú y el artículo 1º de su Ley Orgánica, la Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo encargado de la defensa de los derechos fundamentales de la persona y de la comunidad, así como de la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos. En atención a este mandato constitucional, por cuarto año consecutivo, la Defensoría del Pueblo hace el seguimiento al proceso de reparación y justicia en atención a las víctimas de la violencia ocurrida entre los años 1980 y 2000. De esta forma se continúa ejerciendo la supervisión desarrollada en el Informe Defensorial Nº 112, “El difícil camino de la reconciliación. Justicia y reparación para las víctimas de la violencia”, y anteriores informes que dan cuenta de esta labor. Segundo.– Contenido del Informe . El presente Informe contiene la supervisión de la política de reparaciones en favor de las víctimas y la ejecución del Plan Integral de Reparaciones dispuesto por la Ley Nº 28592. Del mismo modo, detalla los avances y difi cultades del proceso de judicialización de los casos de violaciones de derechos humanos, habiéndose incorporado, en esta oportunidad, el seguimiento y la supervisión de los 159 casos que fueron materia de un acuerdo entre el Estado peruano y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para su investigación. Asimismo, el Informe sistematiza las quejas por presuntas torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes que ha recibido la institución durante el último período. Finalmente, da cuenta de la supervisión respecto del cumplimiento por parte del Estado de las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y presenta el avance en la entrega de las constancias de ausencia por desaparición forzada. Estos temas se incluyen en el presente informe debido a su vinculación con la vigencia de los derechos humanos en el país. Tercero.- Supervisión de la política de reparaciones y del Plan Integral de Reparaciones (PIR). Avances y difi cultades. El principal avance registrado en esta materia es la implementación del Programa de Reparaciones Colectivas, iniciado en junio del 2007, el cual permitirá benefi ciar a 440 comunidades campesinas y nativas de las regiones más afectadas por la violencia, mediante el fi nanciamiento de proyectos de construcción y/o desarrollo. En este ámbito, hasta el 1º de diciembre del 2007, 174 proyectos cuentan con una resolución que aprueba la transferencia fi nanciera para su ejecución. No obstante estos avances, se ha podido advertir la existencia de ciertas difi cultades en el procedimiento para obtener este benefi cio. Se requiere, en consecuencia, que la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN),