Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2007 (07/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

359285

Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a la Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y al Director General de la Policia Nacional del Peru. Articulo Vigesimo.- ENCARGAR a la Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoria del Pueblo el seguimiento de la presente resolucion. Articulo Vigesimo Primero.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual al Congreso de la Republica de acuerdo con el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 140698-1

Estando a los Informes Tecnico y Legal correspondientes, con el visto MORDAZA de las Gerencias de Administracion, de Asesoria Juridica y del Comite Tecnico Economico, y conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de "Soporte y mantenimiento para antispam y filtro de contenido para correo electronico" con la empresa COSAPI SOFT S.A., por los anos 2008 y 2009, por la causal de servicio que no admite sustituto y con proveedor unico, hasta por un monto MORDAZA de S/. 32,900.00 (treinta y dos mil novecientos y 00/100 nuevos soles), incluidos los impuestos de ley, que seran cubiertos por la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion a traves de la Sub Gerencia de Logistica, para que adopte las acciones correspondientes a efectos de la contratacion mencionada en el articulo precedente. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la remision a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de MORDAZA de la misma y de los documentos que la sustentan, dentro de los plazos previstos por Ley; asi como su publicacion en la pagina web de la Entidad en coordinacion con la Gerencia de Informatica. Registrese, publiquese y cumplase.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de "Soporte y mantenimiento para antispam y filtro de contenido para correo electronico"
RESOLUCION JEFATURAL N° 969-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 30 de noviembre de 2007. VISTOS: El Oficio N° 3835-2007-GAD/RENIEC emitido por la Gerencia de Administracion; el Informe N° 13662007-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Oficio Nº 002566-2007/GPP/RENIEC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe N° 001-2007/SGOT/ GI/RENIEC de la Sub Gerencia de Operaciones Telematicas y el Acta Nº 022-2007 del Comite Tecnico Economico; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del Informe N° 001-2007/SGOT/GI/ RENIEC de fecha 29 de octubre del 2007 la Sub Gerencia de Operaciones Telematicas emite el sustento tecnico correspondiente al requerimiento del soporte y mantenimiento de software MIMEsweeper for SMTP, en cumplimiento del Memorando Multiple N° 00072-2007/JNAC/RENIEC precisado por el Memorando Multiple N° 00086-2007/JNAC/RENIEC. En el mencionado informe se senala que la contratacion de dicho servicio es necesaria para cubrir las necesidades de proteccion de la infraestructura e informacion de la institucion; Que, el uso de la solucion antispam y filtro de contenido ha permitido definir politicas de uso del servicio de correo electronico como la de restringir el envio y/o recepcion de mensajes a destinatarios ubicados fuera de la institucion para aquellos usuarios que por la naturaleza de su trabajo no tienen contacto con otros organismos o simplemente no lo requieren, razon por la cual, resulta procedente la contratacion del servicio mencionado como aquel que no admite sustituto y con proveedor unico, en aplicacion de una de las causales de exoneracion de procesos de seleccion contempladas en el articulo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente, senalando ademas que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; y,

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 140933-1

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 978-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 5 de diciembre de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 2977-2007/GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe N° 1317-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identificacion Dactilar ­ AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades multiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologacion Monodactilar Nºs. 1849, 1206, 1788, 1931, 1808, 1814, 1810, 1796, 1813, 2018, 2091, 1861, 2100, 2089, 2090, 2008, 2034, 1543, 1827 y 1369/AFIS/2007/ DDG/GPDR/RENIEC, se determino que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripcion con datos distintos; dichas inscripciones son las siguientes:
Nombres y Apellidos D.N.I. de los presuntos Vigente responsables MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20047852 Estabridis 442-MIG 44511927 065-2007/SGDI MORDAZA MORDAZA 43510508 Velasco MORDAZA N° de D.N.I. Res. de Informe Cancelada Cancelacion AFIS 0736 20032716 114-2007/SGDI

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.