Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360511

Que, teniendo en cuenta la importancia de la electrificacion rural dentro de la lucha contra la pobreza, se considera necesario que se tenga una amplia difusion de las obras y de las acciones que se han venido desarrollando y que se desarrollaran; Que, la Ley N° 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal, permite el uso de recursos publicos destinados a la publicidad institucional cuando se trata, entre otros supuestos, de promover conductas de relevancia social, Que, en esa linea, la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del Ministerio de Energia y Minas ha presentado el Plan Estrategico de Comunicacion, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 28874, el mismo que contiene los lineamientos de la publicidad institucional que el Ministerio utilizaria en el transcurso del ano 2007. Posteriormente, el referido Plan se modifico debido a la necesidad de incluir lineamientos adicionales de comunicacion publicitaria, priorizando las actividades que coadyuven a la promocion de conductas de relevancia social; Que, en atencion a lo MORDAZA descrito y de acuerdo a lo solicitado por la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del Ministerio de Energia y Minas en el Informe N° 002-2007/MEM-SEG-IMA, se ha considerado necesario contratar a las Empresas que se detallan a continuacion para que presten el servicio de publicidad televisiva referida a los "Avances de la Electrificacion Rural":
Television: Frecuencia Latina Representaciones S.A.C. Compania Peruana de Radiodifusion S.A. Instituto Nacional de Radio y Television del Peru MORDAZA de Radiodifusion Monto (Nuevos Soles) 76,854.17 100,217.83 29,757.93 111,592.25

y Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; En virtud de lo dispuesto por Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y sus modificatorias; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora N° 001-MEM Central del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 029-2007-MEM/DM, y sus modificatorias, el MORDAZA de Seleccion para la Contratacion del servicio de publicidad televisiva referida a los "Avances de la Electrificacion Rural". Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del Concurso Publico para la Contratacion del Servicio de Publicidad para el Ministerio de Energia y Minas, en la modalidad de servicios personalisimos, y asi, contratar en forma directa y mediante acciones inmediatas, a los medios de comunicacion que se detallan a continuacion:
Television: Frecuencia Latina Representaciones S.A.C. Compania Peruana de Radiodifusion S.A. Instituto Nacional de Radio y Television del Peru MORDAZA de Radiodifusion Monto (Nuevos soles): 76,854.17 100,217.83 29,757.93 111,592.25

Que, sobre el particular, el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, en este sentido, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, mediante el Decreto Supremo N° 063-2006-EF, se modifico el precitado articulo 145°, para prescribir que se encuentran expresamente incluidos como servicios personalisimos, las contrataciones de los servicios de publicidad que presten al Estado por cualquier medio de comunicacion; Que, en atencion a lo especifico y especializado de los terminos de referencia, la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones senala que las Empresas que se han detallado en la presente Resolucion, capturan la mayor parte de la sintonia y audiencia, dentro del publico objetivo al cual se pretende llegar, apoyandose para ello en la informacion proveniente de la Empresa Ibope-Time Peru, vigente a la fecha; Que, en el ejercicio de las facultades de delegacion contenidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y sus modificatorias; resulta conveniente delegar, en la Oficina General de Administracion, la facultad de aprobar el expediente correspondiente al MORDAZA exonerado bajo la modalidad de servicios personalisimos a que se refiere la presente resolucion y las bases correspondientes; Que, de conformidad con el articulo 7° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones

Articulo 3º.- La contratacion a la que se refiere el articulo precedente sera realizada por la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Energia y Minas, por el monto de hasta Trescientos Dieciocho Mil Cuatrocientos Veintidos y 18/100 Nuevos Soles (S/. 318, 422.18) incluidos todos los impuestos correspondientes, comprendiendo el plazo de ejecucion, del 21 al 28 de diciembre, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, monto que sera pagado a las mencionadas Empresas, de acuerdo a lo estipulado en los contratos a suscribirse con estos. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Administracion la aprobacion del expediente y de los documentos correspondientes al MORDAZA exonerado en la modalidad de servicios personalisimos. Articulo 5º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes del Visto a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de su emision; adicionalmente, debera publicarla a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 145357-1

INTERIOR
Aprueban Enmienda al Memorandum de Acuerdo entre el Ministerio del Interior y el PNUD cuyo objeto es la Administracion de Recursos para la adquisicion de Radios para Patrulleros
RESOLUCION SUPREMA Nº 108-2007-IN MORDAZA, 19 de diciembre de 2007

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