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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360525 Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 145358-71 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Protocolo sobre los restos explosivos de guerra de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 346-2007-RE Lima, 19 de diciembre de 2007Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Protocolo sobre los restos explosivos de guerra de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados” , adoptado el 28 de noviembre de 2003, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, para los efectos a que se contraen el artículo 56º y el artículo 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 145358-67 Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cayena, Guyana Francesa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 347-2007-RE Lima, 19 de diciembre de 2007 Vista la Resolución Suprema Nº 071-2003-RE del 19 de marzo de 2003 que modifi ca las circunscripciones de las ofi cinas consulares peruanas a cargo de funcionarios consulares de carrera y honorarios en la República Francesa, fi jando para el Consulado en Guyana Francesa circunscripción en los departamentos de Guyana Francesa, Martinica y Guadalupe; Vista la Resolución Suprema Nº 227-2007-RE, de fecha 25 de julio de 2007, a través de la cual se dan por terminadas las funciones del señor Bart Hoen como Cónsul Ad Honórem del Perú en la ciudad de Cayena, Guyana Francesa; Vista la necesidad de atender efi cientemente los requerimientos de nuestros connacionales en la ciudad de Cayena, Guyana Francesca, en concordancia con la política de protección y asistencia de los ciudadanos peruanos en el exterior, promoción cultural y turística del Perú en dicha región; Vista la Nota Nº 1472/PRO/PIC, del 25 de octubre de 2007, de la Sub Dirección de Protocolo del Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos de la República Francesa a través de la cual se manifi esta el consentimiento del Gobierno Francés a la designación del señor Franck Krivsky como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cayena, Guyana Francesa; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Embajada del Perú en París y del Consulado General en la misma ciudad, República Francesa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 106º, 107º y 108º del Reglamento Consular del Perú; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: 1.- Nombrar Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cayena, Guyana Francesa, al señor Franck Krivsky, con jurisdicción en los territorios de Guyana Francesa, Martinica y Guadalupe. 2.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALÁN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 145358-68 Modifican el Artículo Primero de la R.S. Nº 279-2007-RE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 348-2007-RE Lima, 19 de diciembre de 2007VISTA: La Resolución Suprema Nº 279-2007-RE de 4 de octubre de 2007, con la cual se autorizó al Instituto del Mar del Perú (IMARPE), el pago de cuotas de los años 2003 y 2004 al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea-ICES); CONSIDERANDO:Que es necesario precisar el contenido del Artículo Primero de la mencionada Resolución Suprema en cuanto al importe anual de cada cuota; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Artículo Primero de la Resolución Suprema Nº 279-2007-RE de 4 de octubre de 2007 en los siguientes términos; “Autorizar al Instituto del Mar del Perú (IMARPE) a efectuar el pago de las cuotas de los años 2003 y 2004 por el importe de US$ 4,373.45 (CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTITRÉS Y 45/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), por cada año, al Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea-ICES)”. Artículo 2º.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Suprema Nº 279-2007-RE de 4 de octubre de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 145358-69