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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360719 aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento, y los procesos de promoción de la inversión privada que se realizan en el marco del Decreto Legislativo Nº 674 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus normas reglamentarias. Artículo 3°.- Encárguese a la Gerencia de Administración para que, a través de la Subgerencia de Personal, en coordinación con los demás órganos de la Institución, adopten las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Al personal que hubiere gozado de su descanso vacacional completo correspondiente al año 2007 se le otorgará descanso vacacional adelantado. El período de descanso vacacional restante se gozará una vez cumplido el récord vacacional correspondiente. En el caso del personal que cese antes de cumplir con el récord vacacional señalado en el párrafo precedente y que hubiese percibido la remuneración respectiva, ésta será detraída de la liquidación de sus benefi cios sociales. Artículo 4°.- Las Empresas Municipales y los organismos públicos municipales descentralizados adoptarán en el marco de sus competencias y funciones disposiciones similares a las contenidas en la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 145691-1 Establecen conformidad de resoluciones expedidas por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco que aprueban proyectos de habilitación urbana RESOLUCIÓN Nº 400-2007-MML-GDU-SPHU Lima, 30 de noviembre de 2007LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 116815-2007, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los actuados administrativos conteniendo la Resolución Subgerencial Nº 1527-2007-SGLHU-GDU-MSS de fecha 5 de julio de 2007 y su rectifi catoria Resolución Subgerencial Nº 2064-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 5 de octubre de 2007, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, con Construcción Simultánea de Vivienda, solicitada por la empresa INVERSIONES DON ALBERTO S.A.C.; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Subgerencial Nº 1527- 2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 5 de julio de 2007 (fs.185 al 188), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de Aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva, de Lote Único, con Construcción Simultanea de Vivienda, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,657.00 m², constituido por el Lote 47 de la Manzana “C”, de la Parcelación Semi-Rústica “Los Granados”, ubicado frente al Jirón Osa Mayor (antes Calle Osa Mayor), del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 037.01-2007-SGLHU-GDU-MSS y Nº 037.02-2007-SGLHU-GDU-MSS; Que, con Resolución Subgerencial Nº 2064-2007- SGLHU-GDU-MSS, de fecha 5 de octubre de 2007 (fs. 200 al 203), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve, Disponer la Rectifi cación de Ofi cio, del Artículo segundo y tercero de la Resolución Subgerencial Nº 1527-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 5 de julio de 2007; asimismo, dispone sustituir el Plano signado con el Nº 037.02-2007-SGLHU-GDU-MSS, por el plano Nº 066-2007-SGLHU-GDU-MSS, y fi nalmente ratifi ca en todos sus extremos lo indicado en la citada Resolución; Que, con Informe N° 241-2007-MML-GDU-SPHU- DRD, de fecha 9 de noviembre de 2007 (fs. 211 al 215), la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas manifi esta, que la presenta Habilitación Urbana Nueva, de Lote Único, con Construcción Simultánea de Vivienda, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,657.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, Incumple los Planes Urbanos, en lo referente a los aportes reglamentarios, por cuanto no se ha aplicado la Ordenanza N° 292-MML, vigente al inicio del PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifi can y aprueban el Régimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2008, deberán publicarse a más tardar el 31 de diciembre de 2007.Se exhorta a los municipios para que, dada la congestión que se genera por las fi estas de fi n de año, hagan llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, antes del 21 de diciembre. LA DIRECCIÓN