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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (22/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2007 360784 Aceptan donación otorgada por el Gobierno del Japón para ser destinada a financiar la preparación del segundo tramo del Préstamo Programático de Reformas Sociales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2007-EF Lima, 21 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, el Gobierno de Japón, a través del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, otorgará a la República del Perú una donación hasta por US$ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) para ser destinada a fi nanciar la preparación del segundo tramo del Préstamo Programático de Reformas Sociales, la misma que tiene como objetivo contribuir a los compromisos de la matriz de políticas y al seguimiento de las reformas asociadas al mencionado préstamo; cuya ejecución estará a cargo de la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida donación y autorizar la suscripción de la carta acuerdo Nº TF090644 que la implemente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional y la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación a ser otorgada por el Gobierno del Japón, a través del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, a la República del Perú, hasta por US$ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), para ser destinada a fi nanciar la preparación del segundo tramo del Préstamo Programático de Reformas Sociales, cuya ejecución estará a cargo de la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir la carta acuerdo Nº TF090644 que implemente la donación referida en el artículo 1º de esta norma legal; así como al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir los demás documentos que resulten necesarios. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 146210-17 EDUCACION Aprueban suscripción de Enmienda al Memorándum de Acuerdo entre el Ministerio y el PNUD para la administración de recursos financieros del Programa de Movilización Nacional para la Alfabetización RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2007-ED Lima, 21 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, en enero de 1997, el Gobierno del Perú y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD suscribieron el Memorándum de Acuerdo, con el objeto de brindar servicios administrativos y otros servicios de apoyo que han de ser proporcionados por la Ofi cina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas (UNOPS), para el Proyecto “Apoyo a la Gestión del Sector Educación”, fi nanciado con recursos del tesoro público; Que, mediante Ofi cio Nº 1771-2007-ME/SG, el Secretario General del Ministerio de Educación propone la celebración de una Enmienda al citado Memorándum de Acuerdo, con el objeto de viabilizar los procesos para la adquisición de útiles de enseñanza para actividades de alfabetización, en el marco del Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización - 2008; para tal efecto, el Ministerio de Educación deberá transferir a la Ofi cina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas (UNOPS), recursos hasta por DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 786,941.00); Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 041-2007, con naturaleza de ley otorgada mediante la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se autoriza a las Entidades del Gobierno Nacional a suscribir con organismos o instituciones internacionales Convenios de Administración de Recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, para encargarles la administración de sus Recursos provenientes de la Ley Nº 28880, normas modifi catorias y ampliatorias, las cuales deben previamente de contar con el Informe de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de la respectiva Entidad, en el que se demuestre las ventajas y benefi cios de su concertación así como la disponibilidad de los recursos para su fi nanciamiento, y aprobarse por resolución suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente. El procedimiento señalado se empleará también para el caso de las adendas, revisiones u otros que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente en el marco de la Ley Nº 28880, normas complementarias y ampliatorias; Que, mediante Informe Nº 464-2007-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto, se ha pronunciado favorablemente respecto a la celebración de dicha Enmienda, las ventajas y desventajas, así como, la previsión presupuestal para tal fi n a efectos de posibilitar la transferencia de recursos fi nancieros hasta por el monto indicado; Que, en consecuencia resulta necesario celebrar una Enmienda al Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno del Perú y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD acerca de servicios administrativos y otros servicios de apoyo que han de ser proporcionados por la UNOPS con respecto al Proyecto “Apoyo a la Gestión del Sector Educación”, y transferir los recursos para tal fi n; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto de Urgencia Nº 041-2007 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la suscripción de una Enmienda al Memorándum de Acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la administración de los recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 109: Programa de Movilización Nacional para la Alfabetización, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, con cargo al presupuesto modifi cado del Pliego 010: Ministerio de Educación. Artículo 2º.- Autorizar al Secretario General del Ministerio de Educación a suscribir la Enmienda al Memorándum de Acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, la misma que garantizará el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 3º.- Autorizar al Ministerio de Educación a transferir recursos hasta por DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 786,941.00); al organismo internacional referido en la presente resolución, para cuyo efecto deberá fi jar los procedimientos administrativos que correspondan conforme a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 146210-16