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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2007 360794 ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Transfer Relief Supplies & Services a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Transfer Relief Supplies & Services a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU consistente en 79 cajas, conteniendo productos farmacéuticos, valorizados en € 22,898.40 (Veintidós mil ochocientos noventa y ocho y 40/100 Euros), equivalente a un valor FOB de US$ 21,681.49, con un peso bruto manifestado de 504.30 kilos y un peso recibido 504.70 kilos, amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2003-10-000595-01-5- 00 de fecha 04-Ene-03 y Volante de Despacho Nº 00603650 de fecha 29-Dic-02. Donación destinada a los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para tuberculosis multidrogoresistente, dentro del marco del “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS PLUS en el Perú, 2001-2005”, en convenio con el Ministerio de Salud, el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Escuela de Medicina de Harvard Boston USA y Socios en Salud. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 145253-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1473/RE Lima, 17 de diciembre de 2007 Visto, el expediente Nº 5222-2007, presentado por la asociación MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de FREE WHEELCHAIR MISSION, con sede en California - Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 28 de enero del 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en Los Ángeles – Estados Unidos de América, se observa que FREE WHEELCHAIR MISSION, ha efectuado una donación a favor de la asociación MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA; Que, los bienes donados consisten en 560 bultos, conteniendo 550 (pcs) sillas de ruedas; 200 (pcs) arnés ajustable, 60 (pcs) cojines de esponja de 3”; 50 (pcs) equipos de herramientas; 50 (pcs) cámaras de neumáticos, 550 (pcs) equipo de parchado, 20 (pcs) infl adores de pedestal de 18” para sillas de ruedas, 50 (pcs) llaves extras de 19 mm para silla de ruedas con un valor FOB de US$ 16,428.70 (Dieciséis mil cuatrocientos veintiocho y 70/100 dólares americanos) con un peso bruto manifestado de 8,577.79 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº HKGCL027220 y un peso bruto recibido de 8,950 kilos, según Volante de Despacho Nº 031071. Los bienes donados fueron destinados a personas con discapacidad de escasos recursos económicos de Nuevo Chimbote, Casma, Trujillo, Lambayeque, Lanchipa - Tacna, San Luis - Lima, Cerro de Pasco, Ventanilla - Callao; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por FREE WHEELCHAIR MISSION, a favor de la asociación MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por FREE WHEELCHAIR MISSION, a favor de la asociación MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, los bienes donados 560 bultos, conteniendo 550 (pcs) sillas de ruedas; 200 (pcs) arnés ajustable, 60 (pcs) cojines de esponja de 3”; 50 (pcs) equipos de herramientas; 50 (pcs) cámaras de neumáticos, 550 (pcs) equipo de parchado, 20 (pcs) infl adores de pedestal de 18” para sillas de ruedas, 50 (pcs) llaves extras de 19 mm para silla de ruedas con un valor FOB de US$ 16,428.70 (Dieciséis mil cuatrocientos veintiocho y 70/100 dólares americanos) con un peso bruto manifestado de 8,577.79 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº HKGCL027220 y un peso bruto recibido de 8,950 kilos, según Volante de Despacho Nº 031071 Los bienes donados fueron destinados a personas con discapacidad de escasos recursos económicos de Nuevo Chimbote, Casma, Trujillo, Lambayeque, Lanchipa - Tacna, San Luis - Lima, Cerro de Pasco, Ventanilla – Callao. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 145253-3