Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2007 (22/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2007

determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- COMPANIA PANAMENA DE AVIACION S.A. ­ COPA AIRLINES queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11°- COMPANIA PANAMENA DE AVIACION S.A. ­ COPA AIRLINES debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a COMPANIA PANAMENA DE AVIACION S.A. ­ COPA AIRLINES, queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Panama no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Articulo 13°.- Declarar FUNDADA, la oposicion presentada por TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. ­ TACA PERU por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 14°.- Declarar FUNDADA, la oposicion presentada por LAN PERU S.A. por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e)

Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecucion de proyectos a traves de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto para cuyo efecto debera suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecucion de proyectos por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; De conformidad con las facultades y atribuciones conferidas en la Ley N° 27792, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002VIVIENDA, el Decreto Supremo N° 017-2007-VIVIENDA, la Resolucion Ministerial Nº 502-2007-VIVIENDA, y la Resolucion Ministerial Nº 503-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las transferencias financieras hasta por la suma de S/. 726 372.76 (SETECIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Y 76/100 NUEVOS SOLES) a favor de las Municipalidades Distritales de Pitipo, Tucume, Morona, MORDAZA y Polvora, para la ejecucion de los Proyectos descritos en el Anexo A, tomando como referencia los cronogramas de desembolsos contenidos en el Anexo B, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Los recursos materia de las presentes transferencias financieras seran destinados exclusivamente para la ejecucion de los Proyectos detallados en el Anexo A, quedando las Municipalidades Distritales de Pitipo, Tucume, Morona, MORDAZA y Polvora prohibida de efectuar anulaciones presupuestales con cargo a los recursos transferidos. Articulo 2°.- Las transferencias financieras a que se refiere el articulo precedente se realizaran con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3°.- Los desembolsos solo se efectivizaran luego que las Municipalidades Distritales de Pitipo, Tucume, Morona, MORDAZA y Polvora, presenten el contrato de ejecucion y administracion de las obras de los Proyectos, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otros documentos relacionados a los proyectos aprobados. Los cronogramas de desembolsos contenidos en el Anexo B podran ser modificados, con la conformidad del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos, en funcion de los resultados de la ejecucion de los proyecto, asi como por factores externos no previsibles. Articulo 4º.- Los terminos y obligaciones de las mencionadas transferencias financieras se encuentran previstos en los Convenios Especificos a suscribirse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y las Municipalidades Distritales de Pitipo, Tucume, Morona, MORDAZA y Polvora, para el financiamiento de Proyectos "Mejorando Mi Pueblo" descritos en el Anexo A, del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos. Articulo 5º.- Autorizar al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo a suscribir los "Convenios de Transferencia Financiera de Recursos" dispuesto en el articulo precedente y la documentacion necesaria para la implementacion de la presente Resolucion. Articulo 6º.- El Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos es responsable de coordinar el cumplimiento de la ejecucion de los Convenios referidos en el articulo 6º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de la ejecucion del Proyecto contenido en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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VIVIENDA
Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Pitipo, Tucume, Morona, MORDAZA y Polvora, para la ejecucion de diversos proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 682-2007-VIVIENDA
MORDAZA, 18 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento segun la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; y ejerce competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2007VIVIENDA se crea el "Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos" bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, y se aprueba la fusion de diversos Programas y/o Proyectos, entre los que se encuentran los Proyectos "La MORDAZA de Mi Barrio" y "Mejorando Mi Pueblo"; Que, por Resolucion Ministerial N° 503-2007-VIVIENDA, se aprueba la seleccion de doscientos noventa y cinco (295) Centros Poblados para las intervenciones del Proyecto "Mejorando Mi Pueblo" correspondiente al Tercer y MORDAZA Trimestre 2007, dentro de los cuales se encuentran los Centros Poblados de MORDAZA MORDAZA de La MORDAZA (PimentelChiclayo), Batangrande (Pitipo ­ Ferrenafe); Tucume Viejo (Tucume ­ Lambayeque); Puerto MORDAZA (Morona- Loreto), y MORDAZA MORDAZA de Mishollo (Polvora ­ San Martin); Que, a fin de ejecutar las intervenciones en los Centros Poblados mencionados en el considerando precedente, resulta favorable realizar la transferencia financiera a favor de las Municipalidades de Distritales de Pitipo, Tucume, Morona, MORDAZA y Polvora para la ejecucion de Proyectos "Mejorando Mi Pueblo"; Que, estando a lo indicado, es de aplicacion lo dispuesto en el inciso h) del numeral 75.4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por Ley Nº 28927, en tanto dispone que las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para actividades y proyectos de inversion de saneamiento, vivienda y urbanismo, se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego;

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