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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de diciembre de 2007 361045 Aprueban Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad y empresa para la instalación de elementos publicitarios dentro de la jurisdicción municipal ACUERDO N° 000239 Callao, 18 de diciembre de 2007 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 18 de diciembre de 2007, con el voto en UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y, CONSIDERANDO:Que, Constitución Política del Perú en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 8, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 000177 del 29 setiembre del 2007 se aprueba el Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad Provincial del Callao y Renviol Publicidad Siglo XXII SAC para la Instalación de elementos dentro de la jurisdicción municipal y autoriza al señor Alcalde la suscripción del mismo, considerando en el numeral 2 del acuerdo aceptar la donación de S/. 200,000.00 de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta del convenio en cuatro cuotas de S/. 50,000.00; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto N° 28411 en el artículo 69 señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, serán aprobadas por Acuerdo de Concejo, debiendo consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo ser publicado dicho Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto materia de donación supere las cinco Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Informe N° 058-2007-MPC, la Secretaría General informa al señor Alcalde, haber advertido que el Acuerdo de Concejo N° 000177 del 29 de setiembre de 2007 no ha señalado el destino ni orientación, conforme lo establece la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto N° 28411 en el artículo 69, habiendo remitido los Memorandos N° 1018-2007-MPC/SG GACMA y N° 1026-2007-MPC/SG GACMA a la Gerencia General de Administración para que precise el destino de la donación y la orientación fi nanciera del mismo a fi n de dar cumplimiento a la Ley N° 28411; Que, mediante Memorando N° 1685-2007-MPC/ GGA, de la Gerencia General de Administración, hace de conocimiento que la Municipalidad ha recibido la donación y que el monto recibido por la empresa Renviol Publicidad Siglo XXII SAC, se utilizará para gastos corrientes; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA:1.Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 000177 del 29 de setiembre de 2007. 2.Aprobar el Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad Provincial del Callao y Renviol Publicidad Siglo XXII SAC para la instalación de elementos publicitarios dentro de la jurisdicción municipal y autorizar al señor Alcalde su suscripción. 3.Aprobar aceptar la donación que hace la empresa Renviol Publicidad Siglo XXI SAC. de S/. 200,000.00 nuevos soles de acuerdo a lo establecido en la cuarta cláusula del Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad Provincial del Callao y Renviol Publicidad Siglo XXII SAC para la instalación de elementos publicitarios dentro de la jurisdicción municipal, a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, destinándola a ser utilizada para gastos corrientes, la cual será entregada de la siguiente manera: S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) se abonará el 10 de setiembre, correspondiente al año 2007; S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) el 20 de diciembre de 2007; correspondiente al año 2008; S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) el 20 de julio de 2008, correspondiente al 2009; y, S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) el 20 de diciembre de 2008 correspondiente al año 2010; 4.-Aprobar la autorización para la colocación de los elementos publicitarios siguientes: 59 paletas, 47 paletas paraderos, 8 minipolares y 4 postes banderas y un unipolar de acuerdo al Anexo 01 que es parte integrante del presente Acuerdo, a la empresa Renviol Publicidad Siglo XXII SAC de acuerdo a lo establecido en el Convenio, autorizando a la Administración Municipal a efectuar los trámites correspondientes. 5.- Incorporar en el Presupuesto Institucional de 2007 vía Crédito Suplementario en la Fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias Rubro 13 Donaciones y Transferencias, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 numeral 2.2 del Anexo 3, Ejecución del Presupuesto de Gobiernos Locales - Directiva N° 003-2007-EF/76.01, modifi cación presupuestaria que deberá ser aprobada mediante resolución de Alcaldía de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 numeral 10.3 Anexo 3 Ejecución del Presupuesto de los Gobiernos Locales - Directiva N° 003-2007-EF/76.01. 6.- Encargar a las Gerencias Generales de Desarrollo Urbano, de Asesoría Jurídica y Conciliación y de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento del presente Acuerdo. 7.- Disponer la publicación del presente Acuerdo. 8.- Dispensar el presente Acuerdo del Trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 146169-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de aceite vegetal para atención de beneficiarios de los Programas de Complementación Alimentaria ACUERDO N° 000244 Callao, 18 de diciembre de 2007 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en la Sesión Ordinaria celebrada el 18 de diciembre del 2007, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades