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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de diciembre de 2007 361040 i) Gestionar y contratar las operaciones de préstamo y/o fi nanciamiento que requiera PROTRANSPORTE en forma directa para el desarrollo, implementación y operación del Sistema de COSAC, así como aquellas necesarias para su adecuado funcionamiento. j) Celebrar Convenios de Cooperación Técnica con el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Locales a nivel nacional, así como con otras entidades nacionales y extranjeras, a efectos de brindar o recibir asesoría, cooperación técnica o fi nanciera, en materia de transporte público de pasajeros dando cuenta al Concejo Metropolitano, salvo aquellos relacionados con endeudamientos para el desarrollo, implementación y operación del Sistema de COSAC, en las que deberán previamente ser autorizados por el Concejo Metropolitano. k) Fiscalizar, directamente o a través de terceros, la prestación del servicio público de transporte, así como de las actividades conexas que se desarrollen al interior del Sistema de COSAC. l) Emitir resoluciones, directivas, circulares y en general cualquier documento normativo en el ámbito de su competencia. m) Establecer las tarifas del servicio público de transporte de pasajeros dentro del Sistema de COSAC. n) Encargarse de la conservación y mantenimiento de la infraestructura del Sistema de COSAC o) Disponer el levantamiento de todas las interferencias existentes en el Sistema de COSAC, realizando las coordinaciones pertinentes directamente con las entidades públicas y privadas involucradas, y/o recurriendo a las instancias administrativas y/o judiciales correspondientes. p) Otras que le asigne el Concejo Metropolitano o el Alcalde Metropolitano de Lima. Artículo 5º.- Estructura de PROTRANSPORTE Para el cumplimiento de sus fi nes y objetivos, PROTRANSPORTE cuenta con la estructura orgánica siguiente: a) Órganos de Dirección: Directorio Dirección Ejecutiva Gerencia General b) Órgano de Control Órgano de Control Institucional c) Órganos de Asesoramiento Ofi cina de Asesoría Jurídica Ofi cina de Planeamiento y Sistemas de Información d) Órgano de Apoyo Ofi cina General de Administración y Finanzas e) Organos de Línea Gerencia de Estudios y Proyectos Gerencia de Obras y Mantenimiento Gerencia de Operaciones Gerencia Social y Comercial Artículo 6º.- Defi nición y Conformación El Directorio es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de PROTRANSPORTE, y tiene a su cargo la defi nición de los planes y políticas institucionales vinculadas con su ámbito de actuación. Está integrado hasta por cinco (5) miembros, uno de los cuales lo presidirá, y serán designados por el Alcalde Metropolitano de Lima mediante Resolución de Alcaldía Metropolitana. El Presidente del Directorio ejerce el voto dirimente en caso de empate. Artículo 7º.- Funciones Son funciones del Directorio: a) Defi nir los lineamientos de política, objetivos y metas que rigen las decisiones y actividades de la entidad, en concordancia con las políticas establecidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. b) Normar el funcionamiento del sistema de COSAC, a propuesta de los órganos técnicos de la entidad. c) Fiscalizar la gestión de la entidad, conforme a sus atribuciones, así como requerir al Órgano de Control Institucional la realización de exámenes y auditorias especiales. d) Aprobar y/o modifi car el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y someterlo para su aprobación por el Concejo Metropolitano. e) Aprobar y/o modifi car el Manual de Organización de Funciones (MOF) de la entidad. f) Aprobar los proyectos de Plan de Inversiones del sistema de COSAC y de Texto Único Procedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad, y someterlos a aprobación del Concejo Metropolitano. g) Aprobar el Presupuesto Institucional y sus modifi caciones, así como los Estados Financieros, la Memoria Anual, el Plan de Inversiones, el Plan Operativo Institucional (POI) y el Plan Estratégico Institucional (PEI) de la entidad. h) Aprobar y/o modifi car el Gasto Integrado de Personal (GIP). i) Aprobar y/o modifi car el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). j) Aprobar la política remunerativa y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la entidad, y someter la escala remunerativa a consideración del Ministerio de Economía y Finanzas, cuando la normatividad así lo determine. k) Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo.l) Aprobar el otorgamiento de poderes de representación de la Entidad de conformidad con las normas de la materia. m) Aprobar la suscripción de convenios de cooperación con el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Locales, así como con otras entidades nacionales y extranjeras, a efectos de brindar o recibir asesoría, cooperación técnica y/o fi nanciera en el ámbito de sus funciones, dando cuenta al Concejo Metropolitano. n) Aprobar las bases y los contratos de los procesos de concesión, así como las modifi caciones que proponga el Comité Especial. o) Proponer al Concejo Metropolitano la aprobación de normas jurídicas necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la entidad; así como la celebración de contratos y convenios de cooperación con entidades nacionales e internacionales en materia de endeudamiento. p) Conocer la ejecución presupuestal y el resultado del desarrollo de la ejecución de los planes institucionales. q) Conocer los resultados de los informes que emita el Órgano de Control de la entidad, las Sociedades de Auditoria Externa y la Contraloría General de la República respecto de los exámenes practicados a la gestión de la entidad; así como disponer las medidas correctivas. r) Designar al Director Ejecutivo y al Gerente General a propuesta del Presidente del Directorio. s) Designar a los Gerentes de línea y a los Jefes de Ofi cinas Generales, sub.- gerentes, personal profesional, administrativo y técnico en general, a propuesta del Presidente del Directorio. t) Remitir a las instancias pertinentes la propuesta del régimen de dietas de los miembros del Directorio para su aprobación. u) Autorizar los viajes al extranjero de los funcionarios de la entidad. v) Designar al Comité Especial para los procesos de concesión que ejecute la entidad. w) Designar los cargos de confi anza de acuerdo con la organización de la entidad. x) Cumplir con las demás funciones que le asigne la Municipalidad Metropolitana de Lima en concordancia con su ámbito funcional y las disposiciones legales vigentes. Artículo 12º.- Dietas Los miembros del Directorio perciben dietas de acuerdo a la normatividad vigente. El monto de las dietas corresponde al monto autorizado por quien tenga competencia sobre la materia con arreglo a las disposiciones legales vigentes.