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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (25/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de diciembre de 2007 361029 somete a consideración del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, la aprobación del Procedimiento de Supervisión y Fiscalización del Cumplimiento de las normas referidas a los Procedimientos y Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural considerados Obras de Magnitud, la precisión de ciertos artículos contenidos en la Resolución de Consejo Directivo Nº 263-2005-OS/CD y la modifi cación de un numeral de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de OSINERGMIN. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos y procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a las actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, establece que la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a través de resoluciones; Que, según lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora y Fiscalizadora; Que, de acuerdo al literal c) del artículo 5° de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversión en la Energía y Minería, es función de OSINERGMIN supervisar, entre otros, que las actividades del subsector de hidrocarburos se desarrollen de acuerdo a los dispositivos legales y normas técnicas vigentes; asimismo, el artículo 19° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, establece que la función supervisora permite a OSINERGMIN verifi car el cumplimiento de las obligaciones legales y técnicas por parte de las ENTIDADES y demás empresas o personas que realizan actividades sujetas a su competencia; Que, el literal c) del artículo 83° del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM, establece que es materia de fi scalización por parte de OSINERGMIN aspectos que se relacionen con la prestación del servicio de Distribución de Gas Natural; Que, mediante Decreto Supremo N° 063-2005-EM se dictaron normas para promover el consumo masivo de Gas Natural en los mercados industrial, comercial, doméstico y vehicular de todo el territorio nacional, mediante la incorporación de condiciones favorables que faciliten el acceso de los consumidores al uso de Gas Natural; Que, de otro lado, mediante los Procedimientos y Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 263-2005-OS/CD, se dictaron normas para establecer los requisitos, procedimientos, responsabilidades y plazos a cumplir por parte del Concesionario, Proyectistas, Contratistas e interesados en general, en el tratamiento de las solicitudes de nuevos suministros de gas natural por red de ductos, incluyendo la metodología a seguir para defi nir la viabilidad técnica y económica de dichos suministros, y la administración de las inversiones ejecutadas por los usuarios o terceros interesados en virtud de no ser dichas inversiones viables económicamente; Que, teniendo en consideración que las actividades relacionadas con la distribución y comercialización se han desarrollado de tal manera que es necesario que OSINERGMIN pueda supervisar y fi scalizar la correcta aplicación de los Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural de Proyectos considerados Obras de Magnitud; razón por la que debe procederse a emitir las disposiciones necesarias para dicho fi n y precisar los alcances de lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15° de los Procedimientos y Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 263-2005-OS/CD; Que, en tal sentido, resulta necesario también contar con un procedimiento que permita a OSINERGMIN supervisar y fi scalizar al Concesionario de Distribución de Gas Natural para que cumpla con los Procedimientos y Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 263-2005-OS/CD, incluyendo aquellas normas que las modifi quen o sustituyan; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, OSINERGMIN prepublicó el 16 de octubre de 2007, en el diario ofi cial “El Peruano” el Proyecto de Procedimiento de Supervisión y Fiscalización del Cumplimiento de las normas establecidas en los Procedimientos y Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural; Que, habiéndose recibido los respectivos comentarios, éstos han sido evaluados a efectos de emitir la presente resolución; asimismo, se ha considerado necesario precisar el nombre del procedimiento objeto de aprobación con la fi nalidad de dar mayor exactitud al mismo; Que, de otro lado, en atención al principio de predictibilidad y por transparencia en la información que debe brindar el Concesionario a aquellos interesados en contar con el servicio de suministro de gas natural, resulta necesario precisar que, entre las características generales mencionadas en el numeral 11.5 del artículo 11º de los Procedimientos y Métodos aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 263-2005-OS/CD, en caso la Solicitud de Factibilidad de Suministro resulte no viable económicamente, el Concesionario deberá incluir en el documento de respuesta al interesado el valor de sobrecargo, el cual deberá ser equivalente al valor absoluto del Valor Presente Neto del proyecto de expansión de la red – VPN (red) - correspondiente a dicha solicitud; asimismo, dicho documento de respuesta debe guardar coherencia con lo establecido en la evaluación técnico económica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores y por el literal c) del artículo 23° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el “Procedimiento de Supervisión y Fiscalización del Cumplimiento de las normas referidas a los Procedimientos y Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural considerados Obras de Magnitud”, adjunto en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Precisar que OSINERGMIN es competente para realizar actividades de supervisión y fi scalización respecto del cumplimiento, por parte de la empresa concesionaria, de lo establecido en los Procedimientos y Métodos de Cálculo para la Determinación de la Viabilidad Técnica-Económica de Nuevos Suministros de Gas Natural, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 263-2005-OS/CD, siendo que lo indicado en el numeral 15.2 del artículo 15º de la citada norma está referido a la facultad de solución de reclamos de usuarios que tiene el presente organismo regulador. Artículo 3°.- Precisar que, entre las características generales mencionadas en el numeral 11.5 del artículo 11º de los Procedimientos y Métodos aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 263-2005-OS/CD,