Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2007 (25/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 25 de diciembre de 2007

regional dirige las sesiones de directorio de gerentes para coordinar y dirigir la gestion de gobierno. Que, conforme a lo previsto en el inciso a) del articulo 15 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, corresponde al Legislativo Regional, esto es el Consejo Regional de MORDAZA, dictar normas que regulen el ejercicio de funciones del Gobierno Regional previstas en la ley, y por tanto en la presente Ordenanza le corresponde crear el Consejo Regional de la Mujer, como un organo consultivo y funcional no organico de la presidencia del Gobierno Regional. Estando al Dictamen Nº 02-2007-CMNA/CR-GRA, y a lo acordado en sesion de fecha 3 de diciembre del 2007 y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE ORDENA: Articulo 1º.- Creacion del Consejo Regional de la Mujer.Crear el Consejo Regional de la Mujer de la Region Arequipa-CREM AQP, como instancia de coordinacion del Gobierno Regional de MORDAZA, a traves de la Presidencia Regional, con el objetivo de concertar, coordinar y formular propuestas de politicas publicas, normas, programas, planes, proyectos y acciones concretas, conducentes a resolver la problematica de la mujer, con prioridad en las zonas alto-andinas. Articulo 2º .- Finalidad del Consejo Regional de la Mujer.La Finalidad del Consejo Regional de la Mujer es coordinar el cumplimiento de las politicas publicas que establecen las leyes y normas nacionales e internacionales, en materia de equidad de genero, igualdad de oportunidades, conducentes a lograr que la mujer ejerza libre y plenamente sus derechos civiles, politicos, economicos, sociales, sexuales, ambientales y culturales. Articulo 3º.- Conformacion de la Comision Transitoria.Establecer una Comision Transitoria la misma que estara conformada por: a) Un representante - Gerencia Regional de Educacion. b) Un representante - Gerencia Regional de Salud. c) Un representante - Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. d) La Presidenta de la Comision de la Mujer, el MORDAZA y el Adolescente del Consejo Regional. e) Un representante de la Coordinadora Regional de la Mujer. f) Representante del Foro por la equidad de genero. Articulo 4º.- Vigencia de la Norma.La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- El Consejo Regional del Gobierno Regional, aprobara mediante Ordenanza Regional la estructura y funcionamiento del Consejo Regional de la Mujer de la Region Arequipa; a propuesta de la Comision Transitoria, que sera presentada en el plazo de 30 dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- Asimismo la Comision Transitoria formulara, ante el Consejo Regional el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y varones de la Region MORDAZA, asi como la reglamentacion de la presente Ordenanza en el plazo de 60 dias contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza; para su aprobacion.

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Cotahuasi, a los seis dias del mes de diciembre del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 146200-1

Aprueban el Plan Regional de la Primera Infancia de MORDAZA 2006-2010
ORDENANZA REGIONAL N° 029-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO; Que, de conformidad a la Ley Nº 27867, es competencia del Concejo Regional la aprobacion de las normas reglamentarias de la competencia y funciones del Gobierno Regional, entre las que se encuentran las de desarrollo social e igualdad de oportunidades, proteccion de la ninez y la familia, lucha contra la pobreza y prevencion de la violencia familiar, entre otras. Que, en el MORDAZA de la decima sexta politica de estado del Acuerdo Nacional, que senala de prioridad el Fortalecimiento de la familia, la proteccion y promocion de la ninez, la adolescencia y la juventud; del Plan Nacional de Accion por la Infancia y Adolescencia 2002 ­ 2010, aprobado por Ley Nº 28487; para el Gobierno Regional de MORDAZA, es de prioridad la inversion social en la infancia, particularmente la de 0 a 3 anos, por la importancia que dicho periodo tiene para el desarrollo de las capacidades intelectuales, sociales, economicas y fisicas de las personas, y la incidencia que ello tiene en el establecimiento de relaciones de confianza y respeto que estas pueden entablar en su MORDAZA futura. Que, desde el ano 2004 la red regional por la primera infancia, ha elaborado de manera descentralizada el Plan Regional de la Primera Infancia 2006 ­ 2010, cuyos objetivos centrales son: · Mejorar la calidad y cobertura de los servicios que brindan centros, programas e instituciones publicas y privadas de atencion a la primera infancia. · Consolidar alianzas que permitan articular los planes, propuestas y acciones a favor de la primera infancia. · Prevencion de riesgos sociales que comprometan el desarrollo integral de los ninos y ninas respetando costumbres y creencias locales. · Promover que el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales consideren y asignen recursos a la Primera Infancia en la formulacion de sus planes de desarrollo y presupuestos participativos. · Promover e implementar la instalacion de un sistema de vigilancia ciudadana, para el cumplimiento de los planes que se aprueban a favor de la primera infancia. · Consolidar un sistema de informacion sobre las condiciones de MORDAZA de la primera infancia, y las acciones a favor de MORDAZA en la Region MORDAZA, favoreciendo una oportuna, eficiente y eficaz toma de decisiones.

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