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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2007 (24/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de enero de 2007 338240 Unidades de Gestión Educativa Local Nº 08 de Cañete, 09 de Huaura, 10 de Huaral, 11 de Cajatambo, 12 de Canta, 13 de Yauyos, 14 de Oyón, 15 de Huarochirí y 16 de Barranca, pertenecientes a la jurisdicción de la Dirección Regional de Educación Lima Provincias; Que, de similar forma, mediante Resolución Directoral Regional Nº 01580 de fecha 17 de noviembre del 2006, se designa a los integrantes de la Comisión Regional de Concurso Público para la selección de Directores de Unidades de Gestión Educativa Local de la jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de Lima-Provincias. Que, asimismo, mediante Resolución Directoral Regional Nº 01581 de fecha 17 de noviembre del 2006, se aprueba el documento denominado, BASES DEL CONCURSO DE SELECCIÓN DE DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL de la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias; Que, del informe Nº 001-2006-CCPR de fecha 29 de diciembre del 2006, de la Comisión Regional del Concurso Público de Selección de Directores de las UGEL, en el que se consignan los resultados fi nales, ha merituado la expedición de la Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 1768 hasta 1776, de fecha 28 de diciembre del 2006, las mismas que designan como Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local de la Dirección Regional de Educación Lima – Provincias; Que, en aplicación de los principios administrativos de impulso de o fi cio y de control posterior, del análisis pormenorizado de la documentación correspondiente al informe Nº 01-2006-CCPC, se advierte que la Comisión que tuvo a su cargo el proceso del Concurso, aprobó un Cronograma de sólo Treinta y siete (37) días, lo que vulnera el debido proceso y contraviene expresamente lo normado en el artículo 14º del Reglamento General del Concurso de Selección aprobado mediante D.S. Nº 018- 2006-ED; esto es que el cronograma fi jado debió ser de cincuentiún (51) días; Que es causal de nulidad de pleno derecho, la contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias, en consecuencia es menester declarar la nulidad de las Resoluciones Directorales Regionales Nº. 01581 del 17 de noviembre del 2007 y Nºs. 01768 hasta 01776 del 28 de diciembre del 2006, por con fi gurarse la causal de nulidad que establece el artículo 10º numeral 1) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; Estando a lo expuesto, al informe de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado; Ley General de Educación Nº 28044 y sus Reglamentos; Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases y Remuneraciones de la Carrera Administrativa y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Nº 27902, Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público; Decreto Supremo Nº 009- 05-ED - Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; Decreto Supremo Nº 018-2006-ED que aprueba el Reglamento General de Concurso Público de Selección de Directores de Unidades de Gestión Educativa Local; D.S. Nº 015-2002-ED – Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa Local; y Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la nulidad de la Resolución Directoral Regional Nº 1579 de fecha 17 de noviembre de 2006, en consecuencia NULO el Concurso de Selección de Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias por las consideraciones de la presente resolución. Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo resuelto en el artículo precedente, DECLARAR nulas y sin efecto legal alguno las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 1768 hasta 1776 de fecha 28 de diciembre del 2006, que designan Directores de Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias, conforme al siguiente detalle: Nº Res. Apellidos y Nombres UGEL 01768 SAAVEDRA FELIZ, Flor Ananora Nº 08 Cañete 01769 RUIDIAS VALDIVIEZO, Luis Fernando Nº 09 HuauraNº Res. Apellidos y Nombres UGEL 01770 BOHORQUEZ FUERTES, Aníbal Nº 10 Huaral 01771 CANDELA CUBILLAS, Robert Félix Nº 11 Cajatambo 01772 VELIZ VICTORIANO, Jesús Melchor Nº 12 Canta 01773 ERZO ESPINOZA, Roberto Gelacio Nº 13 Yauyos01774 ALCOSER MEDINA, Reynaldo Primitivo Nº 14 Oyón 01775 ESCOBAR HURTADO, Luis José Nº 15 Huarochirí 01776 BRAVO GARCIA, Agustín Avelino Nº 16 Barranca Artículo Tercero.- CONVOCAR a Concurso Público de Selección de Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias, en el más breve plazo. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Director Regional de Educación de Lima Provincias a fi n de que se encargue de designar las encargaturas de las Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa Local, mientras se realice el Proceso del Concurso Público de Selección. Artículo Quinto.- PONER en conocimiento la presente Resolución al Ministerio de Educación, a la Dirección Regional de Educación y demás organismos competentes. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en otro diario de mayor circulación de Lima Provincias. Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. NELSON O. CHUI MEJIA Presidente Regional 18914-11 Aclaran el artículo 2º de la Res. Nº 0023-2007-PRES RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 024-2007-PRES. Huacho, 19 de enero del 2007 CONSIDERANDO: Que mediante los artículos 2º y 3º de la Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 0023-2007-PRES, de fecha 18 de enero del año en curso, se declaran nulas y sin efecto legal alguno las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 1768 hasta 1776 de fecha 28 de diciembre del 2006, que designaban Directores de Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias. Asimismo, se convoca a Concurso Público de Selección de Directores de dichas Unidades de Gestión Local en el más breve plazo; Que en el artículo 2º de la referida Resolución, se ha incurrido en error material, en la relación de las Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias, al consignar invertidamente a Aníbal BOHORQUEZ FUERTES, en el cargo de DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 10 Huaral y a Agustín Avelino BRAVO GARCÍA en el cargo de DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 16 de Barranca, cuando lo que corresponde es: Nº de Res.Apellidos y Nombres UGEL 01770 BOHORQUEZ FUERTES, Aníbal Nº 16 Barranca 01776 BRAVO GARCIA, Agustín Avelino Nº 10 Huaral Que, en aplicación de los principios de impulso de ofi cio y de e fi cacia, que establece el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, es menester emitir el instrumento administrativo aclaratorio; Estando a lo expuesto, al informe de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto