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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2007 (24/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de enero de 2007 338241 en la Constitución Política del Estado; Ley General de Educación Nº 28044 y sus Reglamentos; Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases y Remuneraciones de la Carrera Administrativa y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Ley 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Nº 27902, Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público; Decreto Supremo Nº 009- 05-ED - Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; Decreto Supremo Nº 018-2006-ED que aprueba el Reglamento General de Concurso Público de Selección de Directores de Unidades de Gestión Educativa Local; D.S. Nº 015-2002-ED – Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa Local; y Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- ACLARAR el artículo 2º de la Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 0023-2007-PRES, de fecha 18 de enero del año en curso, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo resuelto en el artículo precedente, DECLARAR nulas y sin efecto legal alguno las Resoluciones Directorales Regionales Nºs. 1768 hasta 1776 de fecha 28 de diciembre del 2006, que designan Directores de Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Provincias, conforme al siguiente detalle: Nº Res. Apellidos y Nombres UGEL 01768SAAVEDRA FELIZ, Flor AnanoraNº 08 Cañete 01769RUIDIAS VALDIVIEZO, Luis FernandoNº 09 Huaura 01770BOHORQUEZ FUERTES, AníbalNº 16 Barranca 01771CANDELA CUBILLAS, Robert FélixNº 11 Cajatambo 01772VELIZ VICTORIANO, Jesús MelchorNº 12 Canta 01773ERZO ESPINOZA, Roberto GelacioNº 13 Yauyos 01774ALCOSER MEDINA, Reynaldo PrimitivoNº 14 Oyón 01775ESCOBAR HURTADO, Luis JoséNº 15 Huarochirí 01776BRAVO GARCIA, Agustín AvelinoNº 10 Huaral Regístrese, comuníquese y cúmplase. NELSON O. CHUI MEJIA Presidente Regional 18914-12 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Disponen celebración del Primer Matrimonio Civil Masivo DECRETO DE ALCALDÍA N° 01 -2007-A/MC Comas, 15 de enero de 2007 VISTO: El Informe Nº 09-07-SGRC-GDH/MC de fecha 11 de enero del 2,007, emitido por la Subgerencia de Registro Civil, y en cumplimento al Plan de Acción para el presente año, en lo que corresponde al Primer Matrimonio Civil Masivo, considerando la celebración del Día de La Amistad a realizarse el día 14 de Febrero del año en curso; en el Distrito de Comas; y,CONSIDERANDO: Que, es objetivo primordial de la presente Gestión Municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y protección como célula básica de la sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico; Que, es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección de la familia, que el marco jurídico exige; Que, en armonía a lo consagrado por el artículo 4º de la Constitución Política, es obligación del estado promover y proteger a la familia por ser Instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, con ocasión de celebrarse El Día de La Amistad, la Municipalidad ha programado la realización del Primer Matrimonio Civil Masivo, para el día Miércoles 14 de febrero del 2007. Que, para la realización del Matrimonio Civil Masivo, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoría por la carencia de recursos económicos no han formalizado su unión, por lo que se les debe dispensar de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los que oportunamente justi fi quen las razones de la misma, a tenor de lo dispuesto en el Art. 252º del Código Civil; Con las visaciones del Subgerente de Registro Civil, Gerente de Desarrollo Humano, Gerente de Asuntos Jurídicos y Gerente Municipal, y; En el uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el Art. 253º del Código Civil. SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la celebración del Primer Matrimonio Civil Masivo, a realizarse el día Miércoles 14 de febrero del 2007. Artículo Segundo.- Dispensar de la Publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales, para la referida celebración a los contrayentes que justi fi quen oportunamente las razones de la misma. Artículo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Registro Civil, adoptará las horas de atención más adecuadas y brindará las facilidades que requieren los contrayentes. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General, hacer de conocimiento general el presente Decreto de Alcaldía al Concejo Municipal. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.WILFER FRANCISCO CARLOS PALACIOS (e) Alcaldía 18462-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Exoneran a los vecinos de Jesús María del pago de la Tasa de Parqueo Vehicular ORDENANZA Nº 211-MDJM Jesús María, 16 de enero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; Visto, en sesión extraordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,