Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2007 (25/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

338255

DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion del Estado de Emergencia en los distritos de San MORDAZA y Vitoc de la provincia de Chanchamayo. Declarese el Estado de Emergencia por desastre de origen natural, en los distritos de San MORDAZA y Vitoc de la provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, por el plazo de 30 dias, para la atencion de la poblacion damnificada y la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, los gobiernos locales de San MORDAZA y Vitoc, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Salud, el Fondo de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y demas Instituciones y Organismos del Estado, dentro de su competencia, estan obligados a brindar ayuda a las personas en peligro y realizar las acciones de rehabilitacion de los servicios e infraestructura publicos necesarios para atender la emergencia producida como consecuencia del mencionado desastre de origen natural. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Agricultura, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Ministra de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Salud y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de enero del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 19831-3

Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho MORDAZA y precisando que, el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27658, sobre la finalidad del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, dispone que el objetivo es alcanzar un Estado descentralizado y desconcentrado; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 27658 senala que en el diseno de la estructura organica publica prevalece el MORDAZA de especialidad, debiendose integrar las funciones y competencias afines; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, creo el Consejo Nacional de Descentralizacion -CND como organismo publico adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, en calidad de ente director y conductor del MORDAZA de descentralizacion; Que, de acuerdo con el Reglamento de Organizacion de Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 094-2005PCM, la Secretaria de Coordinacion y la Direccion Nacional de Demarcacion Territorial, son organos integrantes de la Presidencia del Consejo de Ministros que tienen a su cargo funciones vinculadas al MORDAZA de descentralizacion; Que, de conformidad con el articulo 14° del Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Presidente del Consejo de Ministros colabora con el Presidente de la Republica en la direccion de la politica general de Gobierno. Asimismo, coordina la actividad intersectorial de la funcion politica administrativa del Estado. En funcion de dicha politica, mantiene relaciones con el Congreso de la Republica y con los Organismos Autonomos contemplados en la Constitucion Politica del Peru y mantiene los niveles de coordinacion del Poder Ejecutivo con los Gobiernos Regionales y Locales. Del mismo modo, promueve la participacion y concertacion social y economica en la gestion de Gobierno; Que, resulta de interes promover el MORDAZA de descentralizacion con el objeto de fortalecer la coordinacion y asegurar la adecuada MORDAZA de competencias por parte de los Gobiernos Regionales; Que, el Poder Ejecutivo ha evaluado y considera conveniente la fusion del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND en la Presidencia del Consejo de Ministros. En ese sentido, se considera que dicha integracion evitara la duplicidad de funciones y generara una mejora en el desarrollo de la estrategia descentralizadora, dandosele la responsabilidad politica de la misma, directamente al Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el articulo 13° de la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 27899 y el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º. - Fusion por absorcion. 1.1 Apruebese la fusion del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND con la Presidencia del Consejo de Ministros. La fusion indicada se realiza bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole a la Presidencia del Consejo de Ministros, la calidad de entidad incorporante. 1.2 Toda referencia normativa al Consejo Nacional de Descentralizacion - CND o a las competencias, funciones y atribuciones que venia ejerciendo, se entendera como hecha a la Presidencia del Consejo de Ministros.

Aprueban la fusion por absorcion del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND con la Presidencia del Consejo de Ministros como entidad incorporante
DECRETO SUPREMO Nº 007-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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