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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de enero de 2007 338262 siguientes coordenadas geográ fi cas: y de acuerdo al mapa que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolución Jefatural. VÉRTICE ESTE NORTE V1 382742.31250 8465364.00000 V2 382114.15625 8463904.00000 V3 381282.28125 8464262.00000 V4 381425.84375 8464597.00000 V5 379904.96875 8465250.00000 V6 379993.46875 8465902.00000 V7 380019.21875 8466392.00000V8 382059.50000 8469734.00000 V9 382651.59375 8469547.00000 V10 382239.56250 8467315.00000 V11 384308.50000 8466907.00000 V12 384467.84375 8467786.00000V13 385320.40625 8467608.00000 V14 384254.21929 8464754.78749 V15 383592.25000 8465020.00000 Artículo 4º.- Disponer que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, se encargue de supervisar el estricto cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo VI “Seguimiento y Evaluación de la Concesión” según lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG y su modi fi catoria establecida en la Resolución Ministerial Nº 0412-2006-AG, con la cual se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de concesiones para Ecoturismo. Artículo 5º.- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente, en consecuencia para que la concesión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el artículo 22º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 18927-1 Redimensionan área concesionada a favor de la empresa Zafre S.A.C. RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 336-2006-INRENA Lima, 27 de diciembre de 2006 VISTO: El Informe Técnico Nº 831-2006-INRENA- IFFS(DACFFS), emitido por la Dirección de Administración y Control Forestal y de Fauna Silvestre de la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, de fecha 27 de noviembre de 2006, mediante el cual se plantea nuevos límites para la Concesión de Ecoturismo otorgada a la empresa ZAFRE S.A.C. CONSIDERANDO:Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, como en el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG;Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargándose al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA su difusión, aplicación y cumplimiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0412- 2006-AG, se aprobaron modi fi caciones a la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 291-2006- INRENA, el Instituto Nacional de Recursos Naturales aprobó el otorgamiento la empresa ZAFRE S.A.C, en un área de 9 953.17 ha, ubicadas en los distritos de Ramón Castilla y Yavarí, provincia de Mariscal Ramón Castilla, departamento de Loreto; Que, el Informe Técnico Nº 831-2006-INRENA- IFFS(DACFFS) de fecha 27 de noviembre del 2006, recomienda el redimensionamiento del área concesionada para ecoturismo a favor de la empresa ZAFRE S.A.C ; Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada de proponer las políticas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestión y administración de recursos forestales, además de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecución; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Redimensionar el área concesionada a favor de la empresa ZAFRE S.A.C, de 9,953.17 hectáreas a 9,738.69 hectáreas, la cual se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geográ fi cas: y de acuerdo al mapa que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolución Jefatural VÉRTICE ESTE NORTE 1 1006601.00 9558739.00 2 1011257.00 9558734.00 3 1013253.00 9557882.00 4 1013157.00 9543646.00 5 1011002.37 9543662.16 6 1011008.79 9544514.73 7 1008501.57 9544533.57 8 1008495.16 9543680.96 9 1006489.00 9543696.00 Artículo Segundo.- Disponer que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, se encargue de supervisar el estricto cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo VI “Seguimiento y Evaluación de la Concesión” según lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG y su modi fi catoria establecida en la Resolución Ministerial Nº 0412-2006-AG, con la cual se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de concesiones para Ecoturismo. Artículo Tercero- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente, en consecuencia para que la concesión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 04314-2002- AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 18927-2