Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2007 (02/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

338925

Otorgan autorizacion a persona juridica para instalar planta de harina residual para tratamiento de residuos solidos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 449-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 22 de noviembre del 2006 Visto el escrito con Registro Nº 00075484 de fecha 20 de noviembre del 2006 de la empresa TECNOLOGIAS A FAVOR DEL MEDIO AMBIENTE S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, dispone que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, la Resolucion Ministerial Nº 205-2006-PRODUCE del 11 de agosto del 2006 establece disposiciones para regular el tratamiento de residuos solidos generados por las actividades pesqueras de consumo humano; Que, el Articulo 6º de la referida Resolucion Ministerial fija el Limite MORDAZA de Capacidad Total de Instalacion de plantas de tratamiento de residuos pesqueros en zonas; Que, mediante el escrito del visto, la empresa TECNOLOGIAS A FAVOR DEL MEDIO AMBIENTE S.A.C. - TECFAMA S.A.C. solicita el otorgamiento de una autorizacion para la instalacion de una Planta de harina residual como sistema de tratamiento de los residuos solidos generados por la industria pesquera de consumo humano; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria a traves del Oficio Nº 1084-2006PRODUCE/DIGAAP del 17 de noviembre del 2006 califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental presentada por la empresa en cuestion, por lo que otorga el Certificado Ambiental Nº 066-2006-PRODUCE/ DIGAAP al proyecto de instalacion de una Planta de procesamiento de residuos y desechos de productos hidrobiologicos; Que, el Certificado de Zonificacion o Compatibilidad de Uso con numeracion Nº 000384 y con sello de recepcion Nº 262-2006, otorgado por la Municipalidad Provincial de MORDAZA declara que es compatible la ubicacion de una Planta de procesamiento pesquero, sub-derivados y otros a la empresa TECFAMA S.A.C.; Que, el numeral 52.1 del articulo 52º del citado Reglamento, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de Un (1) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion ; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en el Informe Nº 373-2006-PRODUCE/DGEPPDch fechado el 21 de noviembre del 2006 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del articulo 43º , los articulos 44º, y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49º y 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion , aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion;

Articulo 1º.- Otorgar a TECNOLOGIA A FAVOR DEL MEDIO AMBIENTE S.A.C. autorizacion para instalar una Planta de Harina Residual para el tratamiento de los residuos solidos que generan las actividades pesqueras de consumo humano a ubicarse en la Av. Los Martillos en el km 15.5 de la Carretera MORDAZA - Paracas con una capacidad instalada de 5 t/h. Articulo 2º.- La empresa TECNOLOGIAS A FAVOR DEL MEDIO AMBIENTE S.A.C. debera instalar la maquinaria y equipos correspondientes a la capacidad autorizada en la presente resolucion en su planta de harina destinada al tratamiento de residuos solidos y dar cumplimiento a los compromisos contenidos en el Estudio de Impacto Ambiental calificado Favorable por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria. Articulo 3º.- Otorgar a la citada empresa el plazo de Un (1) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado, para que la interesada concluya con la instalacion correspondiente a la Planta de Harina Residual para el tratamiento de residuos. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro de un plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de autorizacion o de ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4º.- La autorizacion de instalacion de la planta de harina residual senalada en el articulo 1º de la presente resolucion, caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2º y 3º de la presente Resolucion seran causales de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a la Direccion Regional de la Produccion de Ica y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion : www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 22351-5

Otorgan permisos de pesca a empresas para operar embarcaciones pesqueras de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 451-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 22 de noviembre del 2006 Visto el escrito con registro Nº 00073232 de fecha 13 de noviembre del 2006, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en MORDAZA MORDAZA Nº 359, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa INDUSTRIA DE ENLATADOS ALIMENTICIOS "IDEAL" CIA. LTDA. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones

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