Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2007 (20/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

340098

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de febrero de 2007

Nº 1024, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, a la nueva direccion sito en MORDAZA El MORDAZA Nº 1253, Urbanizacion MORDAZA Bolognesi, distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 28455-1

"Articulo 11º.- La inscripcion que se efectue en el Registro se realizara mediante la apertura de una ficha registral, en la cual se anotaran los datos que el Registrador determine, en concordancia con los respectivos reglamentos, especificaciones tecnicas y demas normas que se dicten al respecto. Las citadas fichas contendran las sanciones impuestas por CONASEV o las bolsas, en los casos que corresponda." Articulo 2º.- Modificar el articulo 38 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, el cual quedara redactado de la siguiente forma: "Articulo 38°.- Las personas a que se refiere el articulo anterior tienen la obligacion, de acuerdo con las especificaciones tecnicas y demas normas que se dicten al respecto, de informar a CONASEV sobre cualquier modificacion de los datos obrantes en el Registro en el plazo de tres (3) dias de producido el cambio, salvo que dicha informacion califique como hecho de importancia, en cuyo caso debera ser comunicada en el plazo que indica el Reglamento de la materia." Articulo 3º.- Derogar los articulos 45, 46 y 47 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Modificar el articulo 22 del Reglamento del Sistema MVNET, el cual quedara redactado de la siguiente forma: "Articulo 22.- Cuando las entidades obligadas se vean imposibilitadas de utilizar el MVNET para cumplir con sus obligaciones de remision de informacion y documentacion, la Gerencia General de CONASEV determinara la utilizacion de cualquier otro medio para dicho cumplimiento. En estos casos se debe registrar de forma previa las firmas de las personas responsables de la preparacion y envio de informacion conforme a las especificaciones tecnicas y demas normas que la Gerencia General de CONASEV establezca. En el supuesto MORDAZA senalado, CONASEV quedara vinculada al medio establecido por la Gerencia General de CONASEV, debiendo por tanto efectuar requerimientos de informacion y otros por el medio seleccionado." Articulo 5º.- Modificar el articulo 10 del Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculacion y Grupos Economicos, en los siguientes terminos: "Articulo 10 °.- INFORMACION A PRESENTAR SOBRE GRUPO ECONOMICO Las personas juridicas inscritas en el Registro y las que mantienen valores inscritos en el Registro estan obligadas a presentar a CONASEV y, cuando corresponda, a la entidad responsable de la conduccion del mecanismo centralizado de negociacion en el que los valores se encuentren listados, en calidad de hecho de importancia: a) Una breve descripcion del grupo economico al que pertenecen y su posicion dentro del grupo, asi como una lista de las empresas mas importantes del grupo incluyendo su razon o denominacion social, datos de constitucion, proporcion de la propiedad que el grupo economico posee en ellas y, de ser diferente, proporcion de los derechos de MORDAZA que el grupo economico posee en ellas. Esta informacion debera ser presentada de acuerdo con el Anexo I del presente reglamento. El listado a que se refiere el parrafo precedente incluye a las personas juridicas que no esten inscritas en el Registro y a las que se encuentren constituidas en el extranjero. Si la persona juridica no pertenece a algun grupo economico, debera presentar una declaracion en este sentido. b) La relacion de sus accionistas con mas del 5% de participacion en el capital social, indicando el porcentaje de tenencia por clase de accion; asi como la relacion de directores y gerentes, indicando sus cargos. c) En la medida de su conocimiento, el listado de personas que ejercen el control sobre el grupo economico.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Modifican diversas normas que regulan el envio de informacion a CONASEV
RESOLUCION CONASEV Nº 016-2007-EF/94.10 MORDAZA, 15 de febrero de 2007 VISTO: El Informe Conjunto Nº 00041-2007-EF/94.45/94.40, de fecha 18 de enero de 2007, referido al Sistema de Informacion de Registro y Supervision, presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores y la Gerencia de Sistemas, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 2 inciso a), del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, es funcion de esta institucion estudiar, promover y reglamentar el MORDAZA de valores y controlar a las personas naturales y juridicas que intervienen en el; Que, entre las principales funciones de CONASEV se encuentran la de velar por la transparencia del MORDAZA de valores, por la correcta formacion de los precios y por la proteccion de los inversionistas, procurando la difusion de toda la informacion necesaria para tales propositos; Que, en cumplimiento de las funciones senaladas en el parrafo precedente, CONASEV ha desarrollado el Sistema de Informacion de Registro y Supervision, el cual contiene las especificaciones tecnicas a cumplir para la remision de informacion a la que se encuentran obligadas las personas naturales y juridicas sujetas al control y supervision de CONASEV; Que, tales especificaciones pueden ser ajustadas debido a las modificaciones de las normas y de los parametros de supervision, asi como a las actualizaciones de los sistemas empleados para el envio de informacion, por lo que es necesario delegar en la Gerencia General la facultad de aprobar y modificar dichas especificaciones tecnicas; Que, el referido Sistema de Informacion de Registro y Supervision requiere que se efectuen precisiones a las normas que regulan el envio de informacion a CONASEV; Estando a lo dispuesto por el articulo 11 inciso b), de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores asi como a lo acordado por el Directorio de esta institucion, reunido en su sesion del 22 de enero de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 11 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, el cual quedara redactado de la siguiente forma:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.