Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2007 (20/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 20 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340099

Si dos o mas emisores o personas juridicas inscritas en el RPMV, obligadas a presentar la informacion de que trata el presente articulo, pertenecen a un mismo grupo economico, la informacion comun y la referida a las empresas no inscritas en el RPMV de que trata el presente articulo, sera presentada por la persona juridica obligada que, para tal efecto, designe y comunique cada emisor o persona juridica inscrita. Todos los emisores o personas juridicas inscritas del mismo grupo economico asumen responsabilidad individual por el contenido y cumplimiento de los plazos de MORDAZA de la informacion respecto de si misma; y de forma solidaria por el contenido y cumplimiento de los plazos de MORDAZA de la informacion que trata el parrafo anterior. La obligacion de informar como hecho de importancia alcanza unicamente a los emisores de valores inscritos en el RPMV. Las demas personas juridicas que no tuvieran valores inscritos en el Registro pero que, de conformidad con este Reglamento, esten obligadas a remitir informacion a CONASEV, deberan hacerlo dentro de los tres (3) dias utiles siguientes de producidos los hechos que deben ser informados." Articulo 6º.- Modificar el articulo 5 inciso j) del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, el cual quedara redactado de la siguiente forma: "Articulo 5.(...) j) La informacion prevista en el articulo 10 del Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculacion y Grupos Economicos. (...)" Articulo 7º.- Modificar el penultimo parrafo del articulo 101 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, en los siguientes terminos: "Articulo 101.(...) Para tal fin, la sociedad administradora debera remitir al Registro, MORDAZA de la escritura publica como MORDAZA a los dos dias habiles de inscrita en los registros publicos. (...)" Articulo 8º.- Modificar el articulo 108 inciso b) literal (iii) del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, en los siguientes terminos: "Articulo 108.(...) iii) Modificaciones al estatuto social, dentro del dia siguiente de adoptado el acuerdo respectivo, debiendo remitir MORDAZA de la escritura publica dentro de los dos dias habiles de inscrita en los registros publicos; y, (...)" Articulo 9º.- Modificar el primer parrafo del articulo 109 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, en los siguientes terminos: "Articulo 109.- Sin perjuicio de lo senalado en el articulo precedente, la sociedad administradora esta obligada a comunicar los Hechos de Importancia al Registro dentro del dia habil siguiente de adoptado el acuerdo o de ocurrido el hecho, acto o situacion. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento de Hechos de Importancia, Informacion Reservada y Otras Comunicaciones, califican como Hechos de Importancia a que se refiere el articulo 28 de la Ley los siguientes: (...)" Articulo 10º.- Incorporar el inciso xix) al acapite E del Anexo I del Reglamento de Hechos de Importancia, Informacion Reservada y Otras Comunicaciones, en los siguientes terminos: "ANEXO I (...) E Otras Circunstancias (...)

xix. La actualizacion de los informes de clasificacion de riesgo de los instrumentos de deuda, adjuntando una MORDAZA del informe sustentatorio actualizado de la clasificadora de riesgo, e indicando la calificacion de riesgo asignada al instrumento. (...)" Articulo 11º.- Incorporar el numeral 3.6. al Anexo I del Reglamento de Sanciones, el cual quedara redactado en la siguiente forma: "(...) 3.6. No cumplir con remitir la documentacion o informacion a que se encuentran obligados por la normativa o por requerimiento de CONASEV de acuerdo con las especificaciones tecnicas establecidas." Articulo 12º.- Las sociedades anonimas abiertas deberan presentar la informacion contenida en el articulo 262-C de la Ley General de Sociedades, de acuerdo con las especificaciones tecnicas que se dicten al respecto. Articulo 13º.- La Gerencia General aprobara y modificara, de ser el caso, las Especificaciones Tecnicas del Sistema de Informacion de Registro y Supervision de CONASEV. Articulo 14º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Presidente 28489-1

Incorporan numerales al Anexo X del Reglamento de Sanciones, denominado "De las Infracciones del Agente de Intermediacion, de los Representantes, del Funcionario de Control Interno y de toda persona que directa o indirectamente este relacionada con el Agente de Intermediacion"
RESOLUCION CONASEV Nº 017-2007-EF/94.10 MORDAZA, 15 de febrero de 2007 VISTOS: El expediente N° 2007/003329 y el Informe Conjunto N°083-2007-EF/94.20/94.55 de fecha 8 de febrero de 2007, presentado por Gerencia de Asesoria Juridica y la Gerencia de Intermediarios y Fondos y la Gerencia de Asesoria Juridica, asi como con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 045-2006EF/94.10 de fecha 21 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Reglamento de Agentes de Intermediacion; Que, el MORDAZA Reglamento de Agentes de Intermediacion introdujo cambios orientados a un mejor desarrollo de la operatividad de dichos agentes asi como cambios referidos a la proteccion de los inversionistas, los que se traducen en distintas obligaciones, responsabilidades y otras disposiciones, las cuales son exigibles a los agentes de intermediacion, en su calidad de personas juridicas, asi como a las personas naturales que ejercen las funciones de direccion, representacion y supervision en dichos agentes; Que, estos cambios tienen por finalidad elevar la transparencia de la informacion y operaciones, establecer el MORDAZA necesario para el control de riesgos de estas actividades, asi como mejorar el desempeno de las funciones de supervision y control de CONASEV; Que, en consecuencia, considerando la reciente aprobacion del Reglamento de Agentes de Intermediacion MORDAZA mencionado, resulta necesario incluir nuevas

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