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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de febrero de 2007 340522 Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II, Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos las declaraciones de las entidades en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta. Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos institucionales, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto; y Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente ORDENANZA: ACUERDA:Artículo Único.- Aprobar la Modi fi cación del Reglamento Interno de Concejo, aprobado mediante Edicto Nº 001-99/CD en su artículo 82º, estableciéndose la nueva conformación de Comisiones Permanentes, siendo estas las siguientes: COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL COMISIÓN DE BIENESTAR SOCIALCOMISIÓN DE SERVICIOS COMUNALESCOMISIÓN DE DESARROLLO URBANOCOMISIÓN DE PARTICIPACION VECINAL, COMUNICACIÓN SOCIAL COMISIÓN DE RENTASCOMISIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y LABORALESCOMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANACOMISIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA COMISIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS COMISIÓN DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y RELACIONES EXTERIORES Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 30025-1 Exoneran de pago a parejas inscritas para celebración de Matrimonio Comunitario ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2007/MDV Ventanilla, 26 de enero del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria del 26 de enero del 2007, el Dictamen Nº 001-2007-MDV-CAM de fecha 24 de enero del 2007, de la Comisión de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Dictamen del visto, se aprobó recomendar al Honorable Concejo, la Exoneración del pago del Trámite Administrativo por todo concepto a las parejas inscritas para la celebración del Matrimonio Comunitario a realizarse con fecha 14 de febrero del 2007.Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, la comunidad y el Estado, protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndolo como institutos naturales y fundamentales de la Sociedad. Que, el artículo 234º del Código Civil vigente, establece que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ello y formalizado con sujeción a las disposiciones de Ley. Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar y artículo 9º inciso 9 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos las declaraciones de las entidades en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante la Ordenanza Municipal, se crean, modi fi can, ò exoneren, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente ORDENANZA: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PAGO DEL TRÁMITE ADMINISTRATIVO POR TODO CONCEPTO A LAS PAREJAS INSCRITAS PARA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO COMUNITARIO A REALIZARSE CON FECHA 14 DE FEBRERO DEL 2007. Artículo Primero.- EXONERAR del pago de trámite administrativo por todo concepto a las parejas inscritas para la celebración del Matrimonio Comunitario a realizarse con fecha 14 de febrero del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Servicios Sociales, Sub Gerente de Registros Civiles, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 30025-2 Modifican requisito para ser Procurador Municipal ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005 -2007/MDV Ventanilla, 26 de enero del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 26 de enero del 2007, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 072-2007/MDV-SGP, la Subgerencia de Personal solicita se eleve a cargo de Ordenanza Municipal lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo Nº 176-2007-MDV-CDV, de fecha 27 de setiembre del 2006. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 176-2006/ MDV-CDV, de fecha 27 de setiembre del 2006, se acordó