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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de febrero de 2007 340511 Que, los planes expuestos fueron trabajados de manera participativa con las organizaciones sociales, los sectores públicos, privados y Organismos No Gubernamentales, quienes aportaron en las propuestas de las políticas; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de las Comisiones Permanentes de Desarrollo Social, y Derechos Humanos, Mujer y Familia del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modi fi cada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS PLANES REGIONALES CONCERTADOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, SEGURIDAD CIUDADANA, JUVENTUD, FOMENTO Y DESARROLLO DEPORTIVO, SEGURIDAD ALIMENTARIA NUTRICIONAL, ACCIÓN POR LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA, Y DE LA PROMOCIÓN Y FORMALIZACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO DE LAS MYPES DE JUNÍN” Artículo Primero.- APROBAR los Planes Regionales que se detallan a continuación: 1.- Plan Regional Concertado para las personas con discapacidad 2006 - 2016 , el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y que consta de V Capítulos en 75 (setenta y cinco) folios. 2.- Plan Regional Concertado de Seguridad Ciudadana 2006 - 2011 , el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y que consta de 78 (setenta y ocho) folios. 3.- Plan Regional de la Juventud 2006 - 2016 , el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y consta de 102 (ciento dos) folios 4.- Plan Regional del Fomento y Desarrollo Deportivo de la Región Junín , el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y consta de 125 (ciento veinticinco) folios 5.- Plan Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional Junín , el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y consta de IV Capítulos en 109 (ciento nueve) folios. 6.- Plan de Acción por la Infancia y la Adolescencia de la Región Junín 2006 - 2015 , el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y consta de 134 (ciento treinta y cuatro) folios. 7.- Plan Regional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las MYPES de Junín , el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional y consta de III Capítulos en 45 (cuarenta y cinco) folios. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que a través de los órganos pertinentes ejecuten, implementen y desarrollaran el contenido de los Planes Concertados. Que, los planes expuestos fueron trabajados de manera participativa con las organizaciones sociales, los sectores públicos, privados y Organismos No Gubernamentales, quienes aportaron en las propuestas de las políticas. Artículo Tercero.- DIFÚNDASE el contenido del Plan Regional Concertado a través del portal electrónico del Gobierno Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los cuatro días del mes de diciembre del año 2006.MANUEL DUARTE VELARDEPresidenteConsejo Regional de Junín POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los once días del mes de diciembre del año 2006. MANUEL DUARTE VELARDE PresidenteGobierno Regional de Junín 22069-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Derogan la Ordenanza Nº 018-2006- GRU/CR y encargan elaboración de la propuesta de nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2007-GRU/CR Pucallpa, 8 de enero del 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Modi fi cado por la Ley Nº 27902 y demás normas complementarias, en Sesión Extraordinaria de fecha 8 de enero del 2007; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, asimismo es atribución del Consejo Regional: Aprobar los documentos de Gestión, entre ellos: el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de noviembre 2006, mediante Acuerdo Regional Nº 130-2006, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano mediante Ordenanza Regional Nº 018- 2006-GRU/CR, con fecha 22 de diciembre del 2006; Que, la norma regional aprobada adolece de muchas incongruencias, entre ellas se han incluidas tres unidades orgánicas especí fi cas dentro de la Gerencia General Regional, como son: Las O fi cinas Regionales de Desarrollo de Fronteras, de Cooperación Técnica Internacional y la Ofi cina Regional de Sistemas, ya que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gerente General Regional es el responsable administrativo del Gobierno Regional, por lo tanto las