Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (24/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 107

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de febrero de 2007 340521 pendientes a partir de la noti fi cación de la presente Resolución; cuyo proyecto se aprueba, debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos fi rmados y sellados por la División de Habilitaciones Urbanas y Gerencia de Desarrollo Urbano, de acuerdo a las siguientes especi fi caciones: DISEÑO: Se hará según el siguiente detalle de áreas. Área Total del Terreno : 14,300.00 m2 Área Útil de Vivienda : 8,539.42 m2Área de Recreación Pública : 1,430.00 m2Área de Ministerio de Educación : 286.00 m2Área Servicio de Parques : 286.00 m2Área de Vía Internas : 3,758.58 m2 CALZADAS: Podrán ser del tipo Rígido o del tipo Flexible. La cali fi cación del tipo de habilitación es “B”, las dimensiones y características de las componentes de las calzadas serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la División de Obras Públicas de esta Municipalidad tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. ACERAS: Serán de concreto de calidad f’c = 140 Kg. / cm2, de espesor 0.15 m. y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. con juntas de ¾ “ cada 5ml. SARDINELES: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. Ancho x 0.30 m altura, de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. RAMPAS PEATONALES: En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Construcciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. ELECTRICIDAD: La empresa de servicios de Energía Eléctrica (EDELNOR), una vez culminada el 30% de obras por ejecutar, deberá otorgar la conformidad de la ejecución de obras de electri fi cación de iluminación pública y conexiones domiciliarias para la etapa de Recepción de Obras de Habilitación Urbana. INSTALACIONES TELEFÓNICAS: Para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras, y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de la empresa prestadora del servicio. Artículo 4°.- Disponer la inscripción individualizada en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, de los Lotes, según el Plano Nº 036- 2005-MDSMP/GDU-DHU. Artículo 5°.- Determinar que la presente Habilitación se encuentra afecta a la zoni fi cación Residencial de Densidad Medida R-4, en consecuencia afecta a los siguientes aportes. Aportes R.N.C. R-4Normativo Mts2Proyecto Mts2 Recreación Pública 10% 1,430.00 1,430.00Ministerio de Educación 2% 286.00 286.00Servicios de Parques 2% 286.00 286.00 Artículo 6°.- Determinar que las sanciones que corresponden a la presente Habilitación de acuerdo al Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas, aprobado por Ordenanza Nº 064-MDSMP del 8 de septiembre del 2003, son las siguientes: 25-GDU Habilitar lotizaciones sin contar con la aprobación:de la comisión dictaminadora10 UIT por Ha. 2-GDU Por venta de lotes y/o construcción sin la correspondiente autorización municipal.5 UIT por Ha. 1.43 x 34,500 (10 UIT) = S/. 49,335.00 1.43 Ha x 17,250 ( 5 UIT ) = S/. 24,667.50. Total S/. 74,002.50 monto que deberá ser cancelado, por el recurrente acreditando su pago, con los recibos correspondientes. Artículo 7°.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano la incorporación de la presente Habilitación Urbana en el Plano Urbano del Distrito, y a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas el registro de los predios resultantes. Artículo 8°.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Educación, al SERPAR y a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su conocimiento y fi nes. Artículo 9°.- Remitir la copia certi fi cada del Expediente Técnico aprobado a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su rati fi cación. Artículo 10°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, por cuenta de los interesados dentro del plazo de 30 días de noti fi cado la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 29701-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENT ANILLA Modifican Reglamento Interno del Concejo estableciendo nueva conformación de Comisiones Permanentes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002 -2007/MDV Ventanilla, 12 de enero del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria del 12 de enero del 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-2007/CDV de fecha 12 de enero del 2007, se acordó la conformación de nuevas Comisiones permanentes, modi fi cándose el artículo 82º del Reglamento Interno de Concejo, aprobado por Edicto Nº 001-99/CDV de fecha 29 de marzo de 1999.