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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de febrero de 2007 340507 modi fi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identi fi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modi fi cado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modi fi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 026-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 9 de febrero de 2007; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno de 617 252,44 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte a la altura del cruce con la avenida Alejandro Bertello, frente a la Asociación de Vivienda Coovitiomar, en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Jefe (e) de Adquisiciones y RecuperacionesSuperintendencia de Bienes Nacionales 29732-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 020-2007/SBN-GO-JAR La Molina, 15 de febrero de 2007Visto el Expediente N° 004-2007/SBN-JAR, correspondiente al trámite de Inscripción en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 236 234,16 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, a la altura del inicio de la Variante del Pasamayo frente a la Asociación Pro Vivienda San Pedro de Ancón y Asentamiento Humano Señor de los Milagros, en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fi scalización; Que, revisada la base grá fi ca de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identi fi có el terreno eriazo de 236 234,16 m², ubicado a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, a la altura del inicio de la Variante del Pasamayo frente a la Asociación Pro Vivienda San Pedro de Ancón y Asentamiento Humano Señor de los Milagros, en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, que aparentemente se encuentra libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica el 20 de julio de 2006, se veri fi có que el citado terreno es de naturaleza eriaza, que presenta un relieve mixto con zonas planas y accidentadas; así como que el Instituto Geofísico del Perú ha instalado en zonas de menor extensión una estación satelital y antenas; Que, mediante Certi fi cado de Búsqueda Catastral de fecha 6 de diciembre de 2006, la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, señala que de acuerdo con el Informe Técnico N° 8102-2006-SUNARP-Z.R.IX/OC del 30 de noviembre de 2006, el predio sub materia no presenta superposición gráfi ca con predios inscritos en dicho registro; Que, el inciso iv) del Artículo 3° del “Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, aprobado con Decreto Supremo N° 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal; Que, por ello corresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno de 236 234,16 m² antes descrito, de conformidad con el Artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001-EF, el Artículo 33° del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva N° 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modi fi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identi fi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modi fi cado por el Decreto Ley N° 25738, Ley N° 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo N° 131-2001-EF y Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modi fi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 027-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 9 de febrero de 2007; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno de 236 234,16 m², a la margen derecha de la carretera Panamericana Norte, a la altura del inicio de la Variante del Pasamayo frente a la Asociación Pro Vivienda San Pedro de Ancón y Asentamiento Humano Señor de los Milagros, en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 29732-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS FE DE ERRATAS DIRECTIVA Nº 002-2006-SNCP/CNC “SERIES DE ESCALAS CARTOGRÁFICAS CATASTRALES, NOMENCLATURA, CONTENIDO MÍNIMO Y FORMATO DE IMPRESIÓN” Fe de Erratas de la Directiva Nº 002-2006-SNCP/CNC, publicada en la edición del 23 de febrero de 2007 DICE: (...) 5.3.5 El formato de impresión de la Hoja de las Series Cartográ fi cas Catastrales, debe tener la dimensión y distribución de la información conforme se aprecia en las fi guras Nº 1 y 2 adjuntas. DEBE DECIR: (...) 5.3.5 El formato de impresión de la Hoja de las Series Cartográ fi cas Catastrales, debe tener la dimensión y distribución de la información conforme se aprecia en las fi guras Nº 1 y 2 adjuntas.