Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2007 (25/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de febrero de 2007

Propiedad, Planos de Ubicacion y Distribucion, Certificado de Habilitacion del Proyecto segun sea el caso CAP y/o CIP. Areas Construidas Regularizables: Area techada que cumple con los Parametros Urbanisticos y Edificatorios. Debe senalarse claramente en los planos que se presentan para acogerse a esta Regularizacion. Areas Construidas No Regularizables: Area techada que incumple con los Parametros Urbanisticos y Edificatorios y sobre la cual no debe efectuarse edificacion futura alguna, bajo responsabilidad del propietario y aplicacion de la MORDAZA correspondiente. De igual forma debe senalarse claramente en los planos que se presentan para acogerse a esta Regularizacion. Parametros Urbanisticos Edificatorios: Las disposiciones que determinan la normativa urbanistica y los indices edificatorios regulados por los respectivos planos urbanos o proyectos urbanisticos integrales. La Normativa Urbanistica: Esta referida a la clasificacion del territorio MORDAZA y de las areas de actuacion urbanistica, a la zonificacion, a los indices de usos compatibles y a las densidades. Indices Edificatorios: Estan referidos al coeficiente de edificacion, las alturas, el porcentaje minimo de area libre, los retiros y el indice de estacionamiento entre otros. Documento de fecha cierta: Es el documento privado que adquiere idoneidad para acreditar con certeza la fecha de realizacion del acto o contrato contenido en el. En este sentido, son documentos de fecha cierta los siguientes: a) Documentos privados con firmas legalizadas. b) Documentos privados reconocidos judicialmente. c) Documentos privados que han sido materia de cotejo pericial conforme, respecto de la firma del otorgante. d) Escrituras imperfectas otorgadas ante Juez de Paz. e) Minutas presentadas al despacho notarial, con la respectiva MORDAZA de su ingreso expedida por el notario que conserva el archivo. Articulo 3º.- Se considera Regularizacion, al tramite destinado a obtener el saneamiento de la situacion de las edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de obra, certificado de parametros urbanisticos edificatorios y certificado de finalizacion de obra; a la fecha de entrada en vigencia la Ordenanza. El beneficio de Regularizacion considera las Areas Construidas Regularizables y las Areas Construidas No Regularizables. Articulo 4º.- El procedimiento de Regularizacion se realiza a traves de la Carpeta Municipal con los Formularios FUO-Parte 1: Licencia de Obra, suscrita por el propietario; autorizada por el Verificador Responsable, anexando los requisitos establecidos en el articulo 4º de la Ordenanza. Para este procedimiento especial, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural designara al Verificador Responsable. Articulo 5º.- Los requisitos de la Carpeta Municipal de Regularizacion, son los siguientes: - FUO-Parte 1, se adquiere abonando el 50% de los derechos de tramite, que incluye el Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Inspeccion Tecnica y gastos administrativos. - Derecho de Revision equivalente al 0.05% del valor de la obra ejecutada a regularizar (pago efectuado en el Colegio de Arquitectos del Peru). - Documentos que acrediten la propiedad, MORDAZA autenticada de titulo de dominio o documento publico, o privado de fecha cierta, donde conste el derecho de propiedad del solicitante; o la solicitud de saneamiento de titulacion, de ser el caso. - Un juego de Planos de Ubicacion y Distribucion, con firma de profesional Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado, de acuerdo a las especificaciones obligatorias establecidas en el D. S. Nº 008-2000-MTC (inciso d) del numeral 64.2); el Area Construida Regularizable y el Area Construida No Regularizable se graficara con un achurado que las diferencie entre si, obligatoriamente debe senalarse en la Leyenda del Cuadro de Areas. - Certificado de Habilitacion del Proyecto (CAP) y/o Certificado de Habilitacion del Proyecto (CIP); segun el caso. - Informe Tecnico de Verificacion.

Los planos y el Informe Tecnico de Verificacion deberan estar firmados y sellados por el Verificador, con VºBº de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural. Articulo 6º.- Requisito adicional para propietarios de inmuebles de uso publico masivo, una vez ingresada la Carpeta Municipal por la Mesa Unica de Partes de la Municipalidad, para el tramite de regularizacion de departamentos en edificio, instituciones educativas publicas y privadas, MORDAZA y templos, salones de espectaculos, centros comerciales, MORDAZA feriales, u otros de uso publico masivo; adjuntaran obligatoriamente los Certificados correspondientes a su actividad, emitidos por el Instituto de Defensa Civil - INDECI y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru - CGBVP, cuando la Comision Revisora lo solicite. Articulo 7º.- El Verificador Responsable del tramite de regularizacion debe ser Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado, que ejerza funciones en la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural de la Municipalidad de Carabayllo y/o profesional externo contratado para estos fines, debiendo ejercer su funcion dentro del ambito de su competencia. Articulo 8º.- El Verificador Responsable del tramite de regularizacion organiza la documentacion que se acompana en la Carpeta Municipal y bajo su responsabilidad emite el Informe Tecnico de Verificacion y declara que los planos que se adjuntan corresponden a la realidad fisica existente, dejando MORDAZA de las observaciones que formula. Articulo 9º.- El Verificador Responsable emite el Informe Tecnico de Verificacion, segun el formato que se aprueba conjuntamente con el presente Reglamento, que contiene la constatacion de: - La ubicacion del terreno. - El area, linderos y medidas perimetricas del terreno. - El cumplimiento de los parametros urbanisticos y edificatorios aplicables al predio. - El area construida que se puede regularizar (debidamente detallada en los planos que presenta el propietario del predio). - El area construida no regularizable* (debidamente detallada en los planos que presenta el propietario del predio). * En el caso de areas construidas no regularizables, estas deben coincidir con la realidad fisica del predio y estar debidamente especificadas en los planos de ubicacion, distribucion y de corte, que presenta el propietario, con firma de profesional colegiado. Articulo 10º.- Cuando el Verificador Responsable constata la existencia de discrepancias, entre el area real del terreno, sus linderos y/o medidas perimetricas, con los que figuran en la partida registral del predio; asi como transgresiones a la normativa urbanistica o de edificacion, las MORDAZA constar en el Informe Tecnico de Verificacion como Observaciones. Tratandose de densidad MORDAZA y de coeficiente de edificacion, formulara observacion solamente en los casos en que los indices reales indicados en el Informe Tecnico de verificacion excedan, en mas de 25%, los reglamentarios. En el caso de area libre, solo observara si MORDAZA es inferior en mas del 25% del porcentaje reglamentario. Articulo 11º.- Responsabilidad de los verificadores, todo verificador responde por la veracidad del informe que emite, asi como de la correspondencia entre los planos y la realidad fisica del predio. En este MORDAZA de regularizacion, no es responsable del MORDAZA constructivo ni de la estabilidad estructural de la edificacion que se esta regularizando. Articulo 12º.- En los casos que se comprobara una falta atribuible a un verificador, la Administracion Municipal efectuara las acciones administrativas que correspondan, reservandose el derecho de emitir el informe al Colegio Profesional al que pertenece; cuando la falta implique comision de delito efectuara las acciones previstas por ley. Articulo 13º.- En los casos en que el Informe Tecnico de Verificacion contenga Observaciones, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º del presente Reglamento; dichas observaciones no impiden el acceso al beneficio la Regularizacion de la Licencia de Obra, Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios y Certificado

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