Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2007 (25/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese.

340547

"La MORDAZA de Cerros del distrito esta exonerada del pago del Arbitrio de Parques y Jardines Publicos.". Articulo 2°.- INCORPORASE el articulo 4° de la Ordenanza N° 310-MDEA el siguiente texto: "El Arbitrio por Limpieza Publica para el comercio ambulatorio que ocupa la via publica es de S/. 1.00 (uno con 00/100 de MORDAZA sol) diario por puesto.". POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 30161-1

MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 30161-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Constituyen Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada del distrito - CEPRI MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA N° 216-2007-MDJM MORDAZA MORDAZA, 19 de febrero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de la Inversion Descentralizada y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM se establecio el MORDAZA normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region, en alianza estrategica entre los gobiernos regionales, locales, la inversion privada y la sociedad civil; Que, la Ordenanza Nº 867-MML, de fecha 26 de noviembre del 2005, que aprobo el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana establece el MORDAZA normativo para que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, promuevan la inversion privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de la provincia de MORDAZA, en alianza estrategica entre los gobiernos regionales, locales, la inversion privada y la sociedad civil; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 020-2006/MJM del 15 de junio del 2006 se creo el Fondo Municipal de la Inversion Privada de MORDAZA MORDAZA ­ FOMPRI MORDAZA MORDAZA y dispuso que la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es el Organismo Promotor de la inversion Privada de la Municipalidad de MORDAZA Maria; Que, resulta necesario constituir el referido Fondo Municipal para financiar los procesos de promocion de inversion privada que apruebe el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada de MORDAZA MORDAZA -CEPRI MORDAZA MARIA; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL COMITE ESPECIAL DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA ­ CEPRI MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- CONSTITUYASE el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada del distrito de MORDAZA Maria; en adelante CEPRI MORDAZA MORDAZA, el cual tiene las funciones, competencias y responsabilidades que le confieren las Leyes, Reglamentos, Ordenanzas y demas disposiciones legales que en relacion a la materia de la promocion de la inversion privada son aplicables en el ambito de la provincia de Lima.

Reducen costo del Carnet de Sanidad
ORDENANZA Nº 325-MDEA El MORDAZA, 8 de febrero de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion ordinaria del 8 de febrero de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 80º numeral 3, inciso 3.5 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud, tienen la funcion de expedir carnes de sanidad; Que, es politica de la actual administracion municipal brindar la MORDAZA de las facilidades a los administrados que les permita acceder a los servicios locales con un costo social acorde a su situacion economica; Que, el carnet de sanidad es un servicio que brinda la municipalidad y por cuyo derecho se paga S/. 13.40 (trece con 40/100 nuevos soles), monto que resulta elevado teniendo en consideracion el poder economico promedio de los habitantes de El Agustino; es por ello que el Concejo, a fin de brindar comodidades a los administrados que asi lo requieran, debe acordar una rebaja sustancial sobre dicho concepto por un tiempo estimado de 60 dias, hasta que se determinen los montos a considerar en el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley, de conformidad con lo senalado por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Por tanto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad se aprobo la siguiente ORDENANZA: QUE REBAJA EL COSTO DEL CARNET DE SANIDAD Articulo 1º.- REBAJAR el costo del Carnet de Sanidad, de S/. 13.40 (trece con 40/100 nuevos soles) a S/. 7.00 (siete con 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- Este beneficio tendra validez por el termino de 60 dias, salvo que MORDAZA de vencerse dicho plazo sea aprobado el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en cuyo caso se aplicara el MORDAZA monto senalado en este documento. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria General y Departamento de Relaciones Publicas, Prensa y Propaganda su correspondiente difusion.

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