Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349607

Que, mediante Memorando Nº 339-2007/MDV-GR del 9 de MORDAZA del 2007 la Gerencia de Rentas informa que es necesario actualizar nuestra Registro de Contribuyentes de esta entidad MORDAZA, por lo cual, manifiesta que a fin de facilitar la Inscripcion Masiva de las personas naturales y personas juridicas propietarios, y aquellos que tenga la condicion de poseedores fehacientemente acreditada de los predios ubicados en el distrito de Ventanilla, siempre que la existencia del propietario no pueda ser determinada, conforme asi lo establece el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, concordante con lo establecido en su Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; por lo cual, OPINA, se emita la MORDAZA municipal respectiva que Apruebe la Inscripcion Predial Masiva; lo cual, tendra como consecuencia el aumento de la Base Tributaria y por ende el mayor incremento de la recaudacion. Que, mediante Dictamen N° 006-2007-MDV-CR, la Comision de Rentas, recomienda al Honorable Concejo, la aprobacion de la Ordenanza que establece la Inscripcion Masiva Predial de los propietarios y poseedores en el distrito de Ventanilla. Que, mediante Acuerdo de Concejo No. 085-2007/ MDV-CDV de fecha 18 de MORDAZA del 2007, el Concejo Municipal Distrital, aprobo por unanimidad la emision de la Ordenanza en mencion. Que, el articulo 40° de la Ley N° 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; SE APROBO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA QUE APRUEBA LA INSCRIPCION PREDIAL MASIVA DE PROPIETARIOS Y POSEEDORES DEL DISTRITO DE VENTANILLA Articulo 1º.- ALCANCES DE LA ORDENANZA: Aprobar el Beneficio de Inscripcion Predial Masiva para los propietarios personas naturales y personas juridicas, y aquellos que tengan la condicion de poseedores fehacientemente acreditada de los predios ubicados en el distrito de Ventanilla, siempre que la existencia del propietario no pueda ser determinada, conforme asi lo establece el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, concordante con lo establecido en su Texto Unico Ordenado, aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 156-2004-EF; los mismos que tendran los siguientes beneficios: a) Condonacion de la Multa tributaria establecida en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario por omision de MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autovaluo. b) Inscripcion y entrega de formatos HR, PU y PR segun corresponda, los mismos que seran entregados de manera gratuita. Articulo 2º.- DE LOS REQUISITOS Los requisitos para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza son los siguientes: a) Documentos Fedateados que acrediten la propiedad del predio: Titulo de Propiedad, Testimonio de Escritura Publica y/o Minuta de Contrato de Compra Venta debiendo demostrar el tracto sucesivo; o MORDAZA de Posesion actualizada expedida por esta Entidad Edil. b) MORDAZA fedateada del Documento Nacional de Identidad. Articulo 3º.- DE LOS FORMATOS Con la finalidad de inscribir a los propietarios y poseedores de predios, que se acojan a las disposiciones de la presente Ordenanza, la Gerencia de Rentas, a traves de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, distribuira de manera gratuita, los formatos numerados de Declaracion Jurada de Autovaluo HR, PU y PR (Anexos 01, 02 y 03). Articulo 4º.- VIGENCIA El presente beneficio tendra vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 28 de agosto del 2007. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA DISPOSICION FINAL: Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza, asi como tambien para establecer su prorroga por unica vez por el lapso de 15 dias calendarios. MORDAZA DISPOSICION FINAL: Apruebense los formatos de Declaracion Jurada de Autovaluo HR, PU y PR, que en calidad de Anexos N° 01, N° 02 y N° 03, forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. TERCERA DISPOSICION FINAL: Encarguese a la Gerencia de Rentas, y a las Sub Gerencias que forman parte de esta unidad organica, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y todas las dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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