Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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requisitos establecidos en el articulo 5º por las deudas cuyo importe se encuentren de acuerdo a los porcentajes establecidos en el Articulo 4º de la presente Ordenanza. Articulo 9º.- La cuota inicial sera igual o mayor al 20% de la deuda total. Articulo 2º.- Deroguese el Capitulo IV ­ De las Garantias correspondientes a los Articulos 15º al 18º del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- ENCARGAR su cumplimiento a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas. POR TANTO: Mando se registre, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 86517-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de alquiler de camion para el transporte de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000091-2007/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 18 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES; Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de MORDAZA del 2007, el Memorandum Nº 091-2007-GM-MDSJM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 275-SGLP/GSC/ MDSJM de la Sub Gerencia de Limpieza Publica, el Informe Nº 068-2007-MDSJM-GSC de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, el Informe Nº 0543-2007-SGLS/ MDSJM de la Subgerencia de Logistica y Servicios y el Informe Nº 600-2007-MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son Organos de Gobierno local, que tienen autonomia economica y Administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, concordante con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru; Que los informes Nº 275-SGLP-GSC-MDSJM emitido por la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Nº 068-2007GSC-MDSJM de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA los cuales establecen que el Distrito de San MORDAZA de Miraflores genera aproximadamente 250 TM diarias de Residuos Solidos, de los cuales 200 TM son recolectadas en los 3 turnos (manana, tarde y noche) de recoleccion domiciliaria que realizamos todos los dias los mismos que son depositados en la Planta de Transferencia (alquilada) ubicado en MORDAZA El Salvador; Que, la Corporacion Municipal cuenta con 2 camiones madrinas de 30 TM de capacidad que debido a constantes desperfectos y averias mecanicas no han estado trabajando a su capacidad MORDAZA, ya que solamente realizan de 5 a 6 viajes diarios de 30 TM cada viaje es decir unicamente trasladan hasta 170 TM promedio diariamente, generando con ello discontinuidad en el transporte y traslado de los residuos solidos hasta el

relleno sanitario; por consiguiente, queda 30 TM diarias que se acumula diariamente; Que, se ha recepcionado el Informe Tecnico Nº 652007 de la Maestranza perteneciente a la Sub Gerencia de Logistica y Servicios donde se establece claramente que el CAMION MADRINA de Placa de Rodaje YI-3024, MORDAZA Volvo de 30 TM de capacidad, ano de fabricacion 1992 por desperfectos mecanicos DEJO DE TRABAJAR 39 DIAS; es decir, dejo de transportar aproximadamente 5,850 TM a razon de 150 TM diarias correspondiente a 5 viajes diarios; Que, a partir del 24 de MORDAZA del 2007 se puso en funcionamiento el Camion Madrina MACK cuyo ano de fabricacion no se puede precisar, y su funcionamiento es a traves de una carreta de capacidad de 30 TM debiendose precisar que la evacuacion de los RR.SS. es manual (6 ayudantes que zapean) y que por el propio sistema utilizado unicamente realiza 2 viajes diarios (60 TM); Que, de acuerdo a la Ley General Nº 27314 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM de la Ley General de Residuos Solidos estos deben ser evacuados al relleno sanitario dentro de las 12 horas de ingresada a la planta de transferencia caso contrario se estara incurriendo en los delitos contra la salud, el medio ambiente y la ecologia sancionados por la DIGESA del Ministerio de Salud, la Policia Ecologica y la Fiscalia de Prevencion de Delitos, esto debido a la acumulacion de basura que pondria en riesgo la salud de la poblacion circundante a la planta de transferencia; Que, tambien es necesario precisar que la Municipalidad no se encuentra actualmente en la capacidad de transportar al relleno sanitario las 200 TM de basura que se recolectan y depositan diariamente en la Planta de Transferencia por la falta de capacidad operativa de nuestros camiones Madrinas; toda vez, que los mismos por el tiempo de fabricacion y por el MORDAZA de trabajo que realizan constantemente se encuentran inoperativos, conforme se desprende del Informe Tecnico Nº 65-2007 elaborado por Maestranza; motivo por el cual, es necesario alquilar un Camion Madrina para el transporte de las 3,000 TM aproximadamente que se tiene acumulado en la Planta de Transferencia, sumandose las 30 TM diarias que no podemos erradicar por la falta de operatividad de nuestras unidades vehiculares, caso contrario corremos el riesgo que el Sistema de Limpieza Colapse debido al cierre de la Planta de Transferencia, consecuentemente no tendriamos donde depositar los Residuos Solidos producto de la Recoleccion Domiciliaria, perjudicandose la salud de la comunidad en general; Que de igual forma, debo indicar como fundamento de lo requerido que en los ultimos 45 dias los camiones recolectores de Limpieza Publica han depositado los residuos solidos recolectados en el distrito en un promedio de 200 TM diarias a la Planta de transferencia (contratada) para su respectiva evacuacion al relleno sanitario (Portillo Grande ­ Lurin) cuya responsabilidad de dicho traslado le corresponde a nuestra Municipalidad. Y que debido a los constantes desperfectos mecanicos de los camiones madrinas que tenemos para la evacuacion de dichos residuos y a la falta de una capacidad operativa adicional hemos tenido problemas en la evacuacion de los residuos al relleno sanitario ya que durante dicho periodo en la planta de transferencia se han generado diversas acumulaciones de basura, y que en la actualidad en dicha planta existe una acumulacion de basura en un promedio de 3,000 TM que asciende a un promedio de 100 viajes para poder limpiar la planta de transferencia y seguir con la continuidad del servicio y lo mas importante del ingreso de nuestros unidades compactadoras, que a veces se ven imposibilitadas de ingresar debido a que la planta de transferencia se ve saturada de basura en su interior. Situacion y circunstancia que en muchas oportunidades no ha permitido el ingreso de nuestras unidades recolectoras por la acumulacion desmedida de residuos. Situacion que se ha podido comprobar con la visita inopinada realizada el dia sabado 7 del presente mes a la planta de transferencia de parte de los funcionarios municipales;

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