Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007

- Av. MORDAZA MORDAZA N° 1191, Lote 9, Mz. U, Urbanizacion Huaquillay, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. - MORDAZA Solidaridad Mz. M1 Lote 4, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 67352-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
Aprueban Reglamento de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA de Elaboracion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Amazonas, Ano Fiscal 2008
ORDENANZA REGIONAL N° 174-2007 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas en Sesion Extraordinaria de fecha 10 de MORDAZA de 2007, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente, y CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reformada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, establece en su articulo 191º que "los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin interferir en sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "la estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo, y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los Alcaldes Provinciales y por representantes de la Sociedad Civil, con las funciones y atribuciones que les senala la ley"; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, precisa en su inciso 1) del articulo 17º, que los Gobiernos Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto en la Gestion Publica; senala tambien en su Articulo 18º, numeral 18.2 que "los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del Sector Publico como Privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional"; asimismo, precisa en su Articulo 20º, numerales 20.1 y 20.2, que "los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados"; y que "los presupuestos de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetandose a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902, para regular la participacion de los Alcaldes Provinciales y la Sociedad Civil en los Gobiernos Regionales y fortalecer el MORDAZA de descentralizacion y regionalizacion, establece en su Articulo 11º-B, que "los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva; concertando entre si, sobre: a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual, b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado", c) La vision general y los lineamientos estrategicos de los programas componentes del Plan de Desarrollo Regional Concertado. Que, la misma Ley Organica de Gobiernos Regionales, en los incisos b) y c) del Articulo 15º, preven como atribucion del Consejo Regional " aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional" y, "aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan viaje de profesionales del Tribunal Constitucional para participar en el Programa de Estancia a realizarse en la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 039-2007-P/TC MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que en el MORDAZA del Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Peru ­ JUSPER, se ha aprobado la ejecucion del Programa de Estancias Internacionales, como actividad que busca fortalecer la funcion constitucional a traves del mejoramiento de las capacidades de los asesores jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, mediante el analisis de la jurisprudencia, procesos constitucionales y organizacion jurisdiccional desarrollados por otras Cortes o Tribunales Constitucionales en MORDAZA Latina y Europa, de modo tal que se pueda optimizar las labores de asesoria a los magistrados y Pleno del Tribunal Constitucional peruano en la resolucion de casos; Que el Pleno del Tribunal Constitucional, con fecha 27 de marzo de 2007, ha seleccionado a los Asesores Jurisdiccionales, doctores MORDAZA MORDAZA Che Piu MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Longa, para que participen en el Programa de Estancia a realizarse en la Corte Suprema de Justicia de la Republica de Costa Rica, con sede en San MORDAZA, entre el 2 de junio y el 13 de MORDAZA del ano 2007; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Nº 28301, Ley Organica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en comision de servicio y con goce de remuneraciones, a los doctores MORDAZA MORDAZA Che Piu MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Longa, Asesores Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, para que participen en el Programa de Estancia a realizarse en la Corte Suprema de Justicia de la Republica de Costa Rica, con sede en San MORDAZA, entre el 2 de junio y el 13 de MORDAZA de 2007. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue la comision de servicios a que se refiere el articulo anterior seran asumidos por el Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Peru-JUSPER y no generara egreso alguno en el presupuesto del Tribunal Constitucional. Articulo 3°.- Al termino de la citada comision, los referidos profesionales presentaran un informe detallado sobre las actividades desarrolladas con motivo de la estancia autorizada; debiendo de firmar el compromiso de servir a la institucion por el doble del tiempo de la comision, contado a partir de la fecha de su reincorporacion. Articulo 4°.- Poner la presente resolucion en conocimiento de la Secretaria General, de la Direccion General de Administracion, de la Oficina de Personal y de los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 67481-1

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