Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Participativo, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley Nº 27245 Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal"; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su articulo 1º define el MORDAZA del Presupuesto Participativo como "un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalecen las relaciones Estado ­ Sociedad Civil". En este sentido, en su articulo 4º estable las instancias de participacion en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto como son: El Consejo de Coordinacion Regional (CCR), el Consejo de Coordinacion Local Provincial (CCLP), el Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD); estipulandose en su articulo 5º que "la Sociedad Civil forma parte activa en el MORDAZA de programacion participativa de los presupuestos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales con enfasis en los gastos de inversion, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos que para estos fines emitira la Direccion Nacional de Presupuesto Publico y la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas" . Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprobo el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo; senalando que "el Gobierno Regional o Local, mediante Ordenanza dispondra las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de Agentes Participantes, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil. Para estos efectos, el Gobierno Regional o Gobierno Local establecera mecanismos de registro complementarios a los ya existentes", agregando que, "con el proposito de lograr una amplia participacion y representatividad de la Sociedad Civil, organizada y no organizada, el Gobierno Regional o Local, difundira por los medios adecuados el inicio del MORDAZA de identificacion de Agentes Participantes en el MORDAZA del MORDAZA del Presupuesto Participativo"; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 08-2007EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 se establecen los procedimientos para el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2008. Que, a fin de garantizar que el MORDAZA de elaboracion del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2008 cuente con la MORDAZA atencion ordenada a la obtencion de los mejores resultados, contando con procesos ordenados e institucionalizados y que la participacion ciudadana sea el motor del desarrollo de Amazonas; es preciso que el Gobierno Regional proceda a convocar al MORDAZA de Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008 a efectos de cumplir luego con el correspondiente cronograma de actividades relacionadas con el mismo, aprobando el reglamento correspondiente; Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional Nº 007, mediante Acuerdo Nº 009 de fecha 10 de MORDAZA del 2007 y en uso de las atribuciones conferidas por el Inc. a) del Articulo 37º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APRUEBESE el Reglamento de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA de Elaboracion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Amazonas Ano Fiscal 2008, conforme al texto integrado por treinta y un articulos y tres disposiciones finales y transitoria-anexo I, que forma parte integrante de la misma. Articulo Segundo.- APRUEBESE el Cronograma de Actividades del MORDAZA de Planeamiento y Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008, Anexo II, formando parte integrante de la presente Ordenanza Regional, cuya ejecucion sera de responsabilidad del Equipo Tecnico en Coordinacion con el Consejo de Coordinacion Regional; quienes realizaran las acciones pertinentes relacionadas al

MORDAZA, entendiendose por tal: La convocatoria, inscripcion, admision de proyectos, planificacion y adecuacion al instructivo aprobado por el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo Tercero.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publiquese y cumpla. Dada en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los 11 dias del mes de MORDAZA del ano 2007. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 67269-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de abogado para asumir defensa de la Municipalidad en MORDAZA judicial sobre nulidad de resoluciones administrativas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2007-A/MDC Carabayllo, 28 de MORDAZA de 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 078­2007­ GAJ/MDC. de fecha 21 de marzo de 2007 y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680; y concordante con la Ley Organica de Municipalidades; Que, los Regidores y el MORDAZA tienen entre sus atribuciones, el proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, segun lo establecido por el Articulo 10º inciso 1) y Articulo 20º inciso 4) de la Ley Nº 27972, correspondiendo a este ultimo, ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal de conformidad al inciso 3) del Articulo 20º de la Ley MORDAZA citada; Que, el articulo 41° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, segun el articulo 29° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, la representacion y defensa de los intereses y derechos de las Municipalidades en juicio, se ejercitan a traves del Organo de Defensa Judicial conforme a ley, el cual esta a cargo de Procuradores Publicos Municipales y el personal de apoyo que requiera, los Procuradores Publicos Municipales son funcionarios de confianza designados por el MORDAZA y dependen administrativamente de la Municipalidad y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, de acuerdo al Informe N° 021-2007-PPM/MDC de fecha 8 de marzo de 2007, la Procuraduria Publica Municipal, informa que ante el 1° Juzgado Mixto del Modulo Basico de Carabayllo, Expediente N° 2002-02350-2702-JM-CI-01, se esta tramitando el MORDAZA seguido entre la Municipalidad Distrital de Carabayllo y Telefonica

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