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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de junio de 2007 346592 Artículo 7°.- La Licencia de Operación será expedida por la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto en el último párrafo del artículo 2° de la presente Resolución y previa aprobación del Estudio Teórico del Radiaciones No Ionizantes. Artículo 8°.- La autorización a que se contrae el artículo 1° de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el antes mencionado artículo 1° y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 9°.- Dentro de los sesenta (60) días de noti fi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 10°.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modi fi catorias y complementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese, CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 69104-3 Modifican la R.D. N° 037-2006-MTC/12, que otorgó a Florida West International Airways Inc. renovación de permiso de operación de aviación comercial RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 090-2007-MTC/12 Lima, 4 de mayo del 2007 Vista la solicitud de FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., sobre Modi fi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de carga. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral N° 037-2006- MTC/12 del 6 de marzo del 2006, se otorgó a FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., la Renovación de su Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de carga por el plazo de cuatro (4) años; Que, mediante Documentos de Registro N° 2006- 031981 del 11 de diciembre del 2006 y N° 012124 del 8 de febrero del 2007, FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., solicita la modi fi cación de su Permiso de Operación a fi n de incluir rutas y frecuencias; Que, según los términos del Memorando N° 1448- 2006-MTC/12.AL y N° 192-2007-MTC/12.AL emitidos por la Asesoría Legal, Memorando N° 012-2007-MTC/12 emitido por la Asesoría Política Aérea y; Memorando N° 1410-2007-MTC/12.04 emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, D.S. N° 050-2001-MTC; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América - DOT, ha designado y otorgado a FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., los derechos correspondientes para efectuar Servicios de Transporte Aéreo Internacional Regular Internacional de carga; Que, en aplicación del Artículo 9°, Literal g) de la Ley N° 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modi fi car, conforme al “Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América” suscrito el 10 de junio de 1998 - en el externo pertinente - el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 037-2006-MTC/12 del 6 de marzo del 2006, que otorgó a FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de carga, en los términos siguientes: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AUTOCOMERCIALES:(ADICIONAL A LO AUTORIZADO) Con Derechos de trá fi co de tercera y cuarta libertad del aire: - Los Ángeles - Lima y/o Iquitos y vv., Con Derechos de trá fi co de quinta libertad del aire: Puntos intermedios y/o más allá,- Panamá y/o Guadalajara y/o Acapulco y/o Bogotá y/o manta y/o Guayaquil y/o Quito y/o Iquique y/o La Paz y/o Manaos y/o Sao Paulo y/o Río y/o Asunción y/o Montevideo y/o Santiago y/o Buenos Aires. Con cuatro (4) frecuencias semanales.Artículo 2°.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 037-2006-MTC/12 del 6 de marzo del 2006, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS PUGA POMAREDA Director General de Aeronáutica Civil 62542-1 Otorgan permiso de operación a Servicios Aéreos de Los Andes S.A.C. para prestar servicio de transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 103-2007-MTC/12 Lima, 16 de mayo del 2007 Vista la solicitud de la empresa SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Documento con Registro N° 2007-002341 del 25 de enero del 2007, la empresa SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. solicitó Permiso de Operación