Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2007 (07/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2007

Vehiculos, Embarcaciones Fluviales y Maritimas y Aeronaves. Articulo 2º.- Exencion de responsabilidad Eximase de responsabilidad a los duenos o conductores de los vehiculos privados con placa de identificacion vehicular ecuatoriana que hayan ingresado por la frontera con el Ecuador y que a la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo se encuentren incautados o en comiso administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, incluyendo los que se encuentren incursos en procesos judiciales en tramite, excepto en procesos penales. Para tal efecto se consideran vehiculos privados los destinados al uso particular sin fines lucrativos. Lo establecido en el parrafo anterior no sera de aplicacion a los vehiculos que hayan sido dispuestos por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT de acuerdo a lo prescrito en el citado Texto Unico Ordenado. Articulo 3º.- Procedimiento La SUNAT pondra a disposicion de la Oficina Consular del Ecuador de la jurisdiccion los vehiculos comprendidos en el articulo 2º del presente Decreto Supremo, los cuales deberan ser retirados del MORDAZA por su dueno dentro del plazo de sesenta (60) dias habiles contado a partir del dia siguiente de efectuada la notificacion a la Oficina Consular. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo 5º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Disposicion Complementaria Unica.- Facultades de la SUNAT Facultase a la SUNAT a dictar las disposiciones administrativas necesarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ley. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
69953-3

Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Helenica al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villarroel; CONSIDERANDO: Que, el numeral 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Teniendo en cuenta el Memorandum (PRO) Nº 0313/2007, de la Direccion Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 28 de MORDAZA de 2007; De conformidad con los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y los articulos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Helenica, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de Albania, con residencia en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Helenica. Articulo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
69369-4

SALUD
Dan por concluida encargatura de funciones de Jefe del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2007-SA

MORDAZA, 6 de junio del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 004-2007-SA del 8 de marzo de 2007, se encargo al medico cirujano MORDAZA MORDAZA Urteaga, las funciones de Jefe del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos, por renuncia del titular; Que, habiendose culminado con el MORDAZA de fusion del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos al Ministerio de Salud, dispuesto por el Decreto Supremo Nº 003-2007-SA, resulta necesario dar termino al encargo de funciones MORDAZA citado; y, De conformidad con lo previsto con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluido el encargo de funciones del medico cirujano MORDAZA MORDAZA URTEAGA,

Nombran al Embajador del Peru en la Republica Helenica para desempenarse simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de Albania
RESOLUCION SUPREMA Nº 156-2007-RE

MORDAZA, 6 de junio de 2007 Vista la Resolucion Suprema Nº 297-2004-RE, de 27 de octubre de 2004, que nombro Embajador

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