Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2007 (08/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 76

346730

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de junio de 2007

Resolucion Nº 322-2005-CNM, publicado el 20 de noviembre de 2006;". DEBE DECIR: "... y el Reglamento de Concursos para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion Nº 322-2006-CNM, publicado el 20 de noviembre de 2006;". 70169-1 En el primer considerando de la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 201-2007-CNM. DICE: "... y el Reglamento de Concursos para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion Nº 322-2005-CNM, publicado el 20 de noviembre de 2006;". DEBE DECIR: "... y el Reglamento de Concursos para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion Nº 322-2006-CNM, publicado el 20 de noviembre de 2006;". 70169-2

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Amplian plazo para la actualizacion de datos del estado civil a que se refiere la R.J. N° 492-2007/JNAC/RENIEC y establecen casos de gratuidad o de reduccion de tasa a pagar por el tramite
RESOLUCION JEFATURAL N° 501-2007/JNAC/RENIEC MORDAZA, 7 de junio de 2007 VISTOS: El Informe Nº 046-2007-PRIAS/GOR/RENIEC, de la Gerencia de Operaciones Registrales, emitido por la Jefatura del Programa de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, el Informe No.004-2007-GPPP/RENIEC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe Nº 000763-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Jefatural N° 497-2007/JNAC/ RENIEC, de fecha 5 de junio de 2007, se concedieron plazos para la actualizacion de datos del Estado Civil en el DNI de aquellos ciudadanos que habian incumplido la disposicion legal prevista en el Articulo 37° de la Ley N° 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, en cumplimiento a la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 26497, el RENIEC inicio el ano 2005, la incorporacion de los Registros Civiles de los Municipios de los distritos de MORDAZA y Callao y de algunas provincias del MORDAZA, esfuerzo que concluira en lo referente a MORDAZA, Callao y principales provincias en el presente ano y en el mediano plazo a nivel nacional;

Que, el ano 2007 ha sido declarado por Decreto Supremo N° 094-2006-PCM de 28 de diciembre de 2006, como "Ano del Deber Ciudadano", cuya finalidad es la de fortalecer la Cultura del Deber Ciudadano, contribuyendo a dar mas por el Peru, para que sea el MORDAZA Lider de Sudamerica; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 37° de la Ley N° 26497; y al haberse detectado por la vinculacion de la informacion de la Base de Datos de Registros Civiles con la Base de Datos del Registro Unico de Identificacion de la Personas Naturales, correspondiente a once distritos de MORDAZA, en la que consta la informacion que en declaracion jurada manifestaron los ciudadanos para la obtencion del DNI, se ha comprobado que el 45.86% de ciudadanos, no ha actualizado su estado civil, pese a que las disposiciones legales asi lo senalan, generando con su actitud, no solo el incumplimiento del deber ciudadano, sino el incumplimiento de otras disposiciones legales relacionadas con la obligacion de la sociedad conyugal de registrar a nombre de ambos conyuges la adquisicion de propiedades, acciones, bienes muebles, creditos, etc., o realizando en algunos casos dobles gestiones en forma individual para acceder a diversos programas del gobierno o de entidades privadas, debiendo haberlo hecho solo como sociedad conyugal; Que, el indice de mayor incidencia en el incumplimiento de la obligacion legal, se presenta en los ciudadanos pertenecientes a los distritos que acusan mayor pobreza, lo que explicaria que dicho incumplimiento podria ocurrir por falta de recursos economicos para efectuar el pago de la tasa establecida para cumplir con el deber ciudadano al que estan obligados; Que, es interes de la Jefatura Nacional del RENIEC, que los ciudadanos posean documentos confiables, a fin de garantizar la seguridad juridica de todos los actos civiles que realicen, y siendo politica permanente de la Institucion apoyar a los mas necesitados, resulta atendible lo solicitado por la Jefa del programa de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social para exonerar y fijar una tasa especial por el cambio de estado civil para la poblacion en extrema pobreza, muy pobre y pobre del MORDAZA, asi como para los adultos mayores; Que, con Resolucion Jefatural N° 375-2003-JEF/ RENIEC de fecha 13 de agosto del 2003 se fijo una tasa excepcional de S/. 8.00 para el canje de la Libreta Electoral por el DNI, lo que genero que cerca de un millon de personas se beneficiaran y cumplieran su obligacion legal, efectuando el canje de la Libreta Electoral por el DNI, cumpliendo de este modo su deber ciudadano, a la vez que se dio un apoyo social importante; Que, con Resolucion Jefatural N° 239-2007-JEF/ RENIEC de fecha 16 de marzo de 2007, se aprobo para el ano 2007, la MORDAZA de tramitacion y expedicion gratuita del DNI en inscripciones realizadas por primera vez, renovacion, duplicados y rectificacion de datos, para las personas que se encuentran en situacion de pobreza extrema establecida en 811 distritos a nivel nacional de acuerdo al mapa de Pobreza de FONCODES; Que, la tasa vigente para el tramite de cambio de estado civil en el TUPA-RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 114-2006-JEF/RENIEC es de S/. 21.00, siendo necesario fijar una tasa diferenciada para los tramites que realicen los ciudadanos pobres, muy pobres y en extrema pobreza, asi como para los adultos mayores; Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoria Juridica y lo opinado por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales; Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil N° 26497 y el literal h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2007JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo MORDAZA de la Resolucion Jefatural N° 492-2007/JNAC/RENIEC de fecha 5 de junio de 2007, en el sentido de que el plazo para la actualizacion de los datos senalados en dicho

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.