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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de junio de 2007 347184 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 145 Chaclacayo, 23 de mayo de 2007VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP); y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado, en sus artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomía, política, económica y administrativamente en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su articulo 9º numeral 3) que, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de su organización interior y funcionamiento del gobierno local, el régimen de administración directa de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002 se declaro en proceso de reestructuración organizativa y reorganización administrativa con la finalidad de implementar una nueva dinámica de gestión acercando mas la participación de los vecinos y mejorando la calidad en la atención de los servicios que se prestan a la comunidad; Que, la Gerencia de Plani ficación y Presupuesto, mediante Informe Nº 032-2007-GPP/MDCH ha remitido el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), los mismos que cuentan con Informe Nº 184-07-OAJ/MDCH de la O ficina de Asesoría Jurídica, dentro del marco establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Estando los fundamentos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el VOTO mayoritario de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, el mismo que consta de (3) Títulos, dieciséis (16) capítulos, cuarenta y ocho (48) artículos, una (1) Disposición Final y una (1) Disposición Transitoria; texto que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro Analítico de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, la misma que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias en relación con el Plan de Implementación de la nueva organización municipal, así como de las modi ficaciones y normas complementarias a la presente ordenanza, siempre que no desvirtúe los principios de ésta. Artículo Cuarto.- Deróguese la Ordenanza Nº 107- MDCH y la Ordenanza Nº 118-MDCH. Artículo Quinto.- Deróguese la Ordenanza Nº 080- 2004-MDCH en lo que le corresponde, así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 71918-1MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente al Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 11-2007-MDCH Chorrillos, 31 de mayo del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto: en Sesión Ordinaria de la fecha el Informe N° 005- 2007-CE-MDCH, emitido por el Comité Especial designado mediante la Resolución de Alcaldía Nº 111- 2007-MDCH, el Informe Técnico Legal Nº 819-2007-OAJ-MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; mediante el cual sustentan y solicitan se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente al programa del vaso de leche por un periodo que permita llevar a cabo la segunda convocatoria de la Licitación Pública Nº 0001-2007-CE-MDCH; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo N° 013-06-MDCH aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura para el año 2007 Asimismo con Resolución de Alcaldía N° 013-2007-MDCH se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones para el presente año el mismo que contempla la adquisición de los productos para el programa del vaso de leche teniendo como fuente de financiamiento las transferencias del gobierno central; Que, mediante los Informe del visto se detallan circunstancias que justi fican jurídicamente lo requerido, por cuanto se con figura efectivamente la situación prevista en el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM al solicitar el Comité la adquisición temporal ante un hecho de excepción suscitado como consecuencia de haberse declarado desierto la primera convocatoria de la Licitación Pública Nº 001-2007-CE-MDCH, circunstancia que podría ocasionar el desabastecimiento de los alimentos, de no adoptarse una acción rápida a fín de adquirir los bienes necesarios, por el periodo que permita llevar a cabo una segunda convocatoria; Que, lo expresado anteriormente compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial como es la provisión de los alimentos diariamente a los bene ficiarios, por la circunstancia extraordinaria e imprevisible que precisa el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM. Que, esta situación se suscita como consecuencia de no haber cali ficado en la etapa de evaluación de propuestas técnicas ningún postor para seguir con el proceso, aspecto que generó la decisión del Comité especial de declarar desierto dicho proceso de selección en virtud a lo dispuesto en el Art. 32º del D.S. Nº 083-2004-PCM , como se evidencia del Acta del Comité especial de fecha 12.04.2007; Que, del análisis efectuado por el Comité Especial, infiere que las causas que han propiciado la declaratoria de desierto son netamente ajenas a su responsabilidad; Que, dichos dispositivos legales aunados y en concordancia con los procedimientos a que hacen referencia el Art. 19º y 20º del D. S. Nº 083-2004-PCM posibilitan lo requerido por el Comité Especial encargado de llevar a cabo la Licitación Pública Nº 0001-2007-CE-MDCH; Que, el Informe del Comité Especial solicita se tomen las previsiones técnica y racionales para no desabastecer al programa de los alimentos durante el periodo que comprenda 12 semanas del ejercicio 2007 etapa que permitirá culminar objetivamente con el proceso licitario en su segunda convocatoria; Que, lo solicitado se enmarca en lo dispuesto por el Inciso c) el Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, e inciso c) del Art. 20º del mismo cuerpo legal donde se expresa que la exoneración de un proceso de licitación está permitido cuando se declare en situación de urgencia, debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal,