Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2007 (14/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de junio de 2007

N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, regulados por el articulo 2° del Decreto Legislativo N° 955 - Ley de Descentralizacion Fiscal, reglamentada por el Decreto Supremo N° 114-2005-EF; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria y la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, y la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, durante los anos 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007 se han dictado los Decretos Supremos Nºs. 036-2003-PCM modificado por el 0982003-PCM, 038-2004-PCM, 052-2005-PCM, 021-2006PCM modificado por el 076-2006-PCM y 036-2007-PCM, aprobando los respectivos "Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales", en los que se incluyen las funciones sectoriales, fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza, y proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance regional, objeto de transferencia del Gobierno Nacional, segun el caso, a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en atencion a las disposiciones acotadas en el considerando precedente, el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM ha dispuesto que a mas tardar el 31 de diciembre de 2007, el Gobierno Nacional debe culminar con transferir las funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales de acuerdo con las normas de la Ley N° 28273 - Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, reglamentada por el Decreto Supremo N° 080-2004-PCM, asi como tambien los fondos, programas y proyectos, segun corresponda; Que, en aplicacion del articulo 2° del Decreto Supremo N° 036-2007-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros a traves de su Secretaria de Descentralizacion ha aprobado por Resolucion Secretarial Nº 003-2007-PCM/ SD, la Directiva N° 001-2007-PCM/SD "Normas para la Ejecucion de la Transferencia del ano 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia", la misma que como parte de los requisitos y plazos del MORDAZA de transferencia, fija en el numeral 5.1.3 que los Gobiernos Regionales, mediante Resolucion Ejecutiva Regional y previo Acuerdo de su respectivo Consejo Regional, se deben comprometer a cumplir con los requisitos generales contenidos en el articulo 7º de la Ley Nº 28273, regulado por el articulo 21° de su MORDAZA reglamentaria; Que, en virtud de los fundamentos MORDAZA expuestos, corresponde al Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao adoptar el Acuerdo que corresponde sobre la materia; En ejercicio de la autonomia dispuesta por el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru y desarrollada por los articulos 8° y 9° de la Ley N° 27783, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N° 27867, y de conformidad con el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao aprobado por Ordenanza N° 0062003-CR/RC y sus normas modificatorias; ACUERDA: Articulo 1.- Declarar que el Gobierno Regional del Callao, en el MORDAZA de los preceptos constitucionales y legales que regulan a la Politica de Estado de la Descentralizacion y con arreglo al procedimiento y plazo fijado por el numeral 5.1.3 de la Directiva N° 001-2007-PCM/SD aprobada por la Resolucion Secretarial Nº 003-2007-PCM-SD, se compromete para los efectos del MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales incluidas en los respectivos "Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales", a cumplir con los requisitos generales contenidos en el articulo 7º de la Ley Nº 28273, regulado por el articulo 21° de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0802004-PCM. Articulo 2.- Precisar que el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el articulo anterior y del MORDAZA de transferencia en general, esta sujeto a la transparente y oportuna provision de los recursos fiscales que el Gobierno Nacional le transfiera al Gobierno Regional del Callao conjuntamente con las responsabilidades de gasto, conforme lo establecen los principios especificos de la descentralizacion fiscal desarrollados por los incisos a), b) y c) del articulo 5° de la Ley N° 27783, y regulados por el articulo 2° del Decreto Legislativo N° 955, reglamentado por el Decreto Supremo N° 114-2005-EF.

Articulo 3.- Dar la Ordenanza Regional que faculta a la Presidencia Regional, para que por Decretos y/ o Resoluciones Regionales, dicte las disposiciones necesarias que le permitan al Gobierno Regional del Callao cumplir con el compromiso declarado en el articulo 1° del presente Acuerdo, con cargo a dar cuenta al Consejo Regional. Articulo 4.- Encargar a la Secretaria del Consejo Regional que en la fecha trascriba el presente Acuerdo a la Presidencia Regional a fin de que expida la Resolucion Ejecutiva Regional a que se refiere el numeral 5.1.3 de la Directiva N° 001-2007-PCM/SD aprobada por la Resolucion Secretarial Nº 003-2007-PCM/SD, para su tramitacion dentro de los plazos establecidos para tal fin. Articulo 5.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el mismo que por tratarse de una MORDAZA regional que no tiene alcance general, rige a partir de su trascripcion a la Presidencia Regional, sin perjuicio de lo cual, sera publicado en el Diario Oficial El Peruano conjuntamente con la Resolucion Ejecutiva Regional a que se refiere el articulo 4° precedente. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 72845-1

Nombran Comite de Calidad para la Certificacion ISO 9001-2000 del "Proceso de Atencion al Usuario del Gobierno Regional del Callao"
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 216 Callao, 4 de junio de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTO: El Informe Nº 259-2007­GRC/GGR/OSIE de 23 de MORDAZA de 2007, de la Oficina de Sistemas, Informatica y Estadistica; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 259-2007-GRC/GGR/ OSIE, de 23 de MORDAZA de 2007, la Oficina de Sistemas, Informatica y Estadistica, dentro de sus actividades internas, ha considerado la "CERTIFICACION ISO 9001­ 2000", que certificara el "PROCESO DE ATENCION AL USUARIO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO"; Que, la CERTIFICACION ISO 9001-2000 del "PROCESO DE ATENCION AL USUARIO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO", se encuentra conforme con los objetivos y metas institucionales; Que, para desarrollar esta certificacion, debe existir un COMITE DE CALIDAD el cual sera el elemento Director de este proceso; Que, es importante resaltar, que EL COMITE DE CALIDAD tiene como tarea principal, la revision del MANUAL DE CALIDAD y verificar que la implantacion del Sistema de Gestion de la Calidad en las Oficinas de Imagen Institucional y Protocolo, y Tramite Documentario y Archivo, cumplan con lo especificado en la MORDAZA ISO 9001-2000 para luego ir certificando progresivamente en las diversas Gerencias del Gobierno Regional. Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao; SE RESUELVE: Articulo 1.- Nombrar el COMITE DE CALIDAD, para la CERTIFICACION ISO 9001-2000 del "PROCESO DE

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