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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2007 (01/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2007 340729 Segundo.- Proceder al acto de juramentación el 1 de marzo del presente año. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 31668-2 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 040-2007-JEF/RENIEC Lima, 29 de enero de 2007 VISTOS: El O fi cio Nº 233-2006/GEDR/RENIEC, y el Informe N° 000022-2007-GAJ/RENIEC de fecha 8 de enero de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el proceso de depuración y mantenimiento del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales es constante, el mismo que se desarrolla con la aplicación de técnicas y métodos de detección de actos irregulares, sea por la presentación de documentos indebidos o declaraciones indebidas; esto con la fi nalidad de preservar la seguridad jurídica del registro; Que, en el proceso de detección y depuración se ha veri fi cado que MARIA JUANA RISCO MORALES ha efectuado declaraciones falsas con la fi nalidad de obtener un Documento Nacional de Identidad con datos distintos a la realidad; lo que ha conllevado a la cancelación de dicha inscripción y su posterior exclusión por parte de la antes denominada Sub Gerencia de Depuración Registral y Archivo Central; Que, de acuerdo al estudio de lo actuado, y a las pruebas instrumentales anexadas, existen indicios razonables, que la ciudadana MARIA JUANA RISCO MORALES, titular de la Inscripción Nº 02714407, mediante Formulario de Identidad Nº 04233504 ha insertado datos falsos en instrumento público para obtener indebidamente del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales la Inscripción Nº 80237877 a nombre de JUANA RISCO MORALES; Que, la imputación se fundamenta en el Informe de Homologación Monodactilar Nº 002-2006-AP-SGDAR- GP/RENIEC de fecha 03 de enero de 2006, elaborado por Perito Dactiloscópico Biométrico y Grafotécnico, que concluye que se trata de una misma persona biológica, registrada con dos identidades diferentes, como MARIA JUANA RISCO MORALES, titular de la inscripción Nº 02714407 y como JUANA RISCO MORALES, titular de la Inscripción Nº 80237877; hecho que se corrobora con el O fi cio Nº 001-2006-O.R.C.T, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de El Tallan, provincia y departamento de Piura; quien informa la existencia de una Partida de Nacimiento Ordinaria Nº 18 a nombre de la ciudadana MARIA JUANA RISCO MORALES, que nació el 30 de marzo de 1966; En tal sentido, la antes denominada Sub Gerencia de Depuración y Archivo Registral mediante Resolución Nº 1887-2006/SGDAR/GP/RENIEC de fecha 09 de junio de 2006, dispuso la exclusión de finitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la inscripción Nº 80237877 a nombre de la ciudadana JUANA RISCO MORALES, por declaración de datos falsos; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MARIA JUANA RISCO MORALES por el presunto delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para Ios fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 31626-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 041-2007-JEF/RENIEC Lima, 29 de enero de 2007 VISTOS: El Ofi cio N° 2497-2006/GPR/RENIEC y el Informe N° 041- 2007-GAJ/RENIEC de fecha 10 de enero del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 3204-2006/HYC/SGDAR/ GP/RENIEC, se ha podido determinar que el ciudadano FRANCISCO BARRIOS RAMON, titular de la Inscripción Nº 03218088, obtuvo la Inscripción Nº 03243453 en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales l, bajo el nombre de FRANCISCO BARRIOS BARRIOS, acreditando su identidad con la Partida de Nacimiento Nº 418, registrando como fecha y lugar de nacimiento el 28 de marzo de 1958 en Huarmaca, Huancabamba, Piura; Que, mediante O fi cio Nº 039-2006-RR.CC-J remitido por el Jefe del Registro Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Huarmaca, se acredita que no se encuentra inscrito el nacimiento de FRANCISCO BARRIOS BARRIOS, pero si el de FRANCISCO BARRIOS RAMON; desprendiéndose en consecuencia, la inserción de datos falsos por parte del ciudadano en la segunda inscripción; Que, lo expuesto se encuentra igualmente acreditado con el Informe de Homologación Monodactilar N° 128/2006/BG/GP RENIEC, por el que se determina que la Inscripción Nº 03218088 y la Inscripción Nº 03243453, corresponden a una misma persona biológica; Que, en consecuencia mediante Resolución de la antes denominada Subgerencia de Depuración y Archivo Registral Nº 1222-2006/SGDAR/GP/RENIEC, se dispuso la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales de la Inscripción N° 03243453 a nombre de FRANCISCO BARRIOS BARRIOS por declaración de datos falsos;