TEXTO PAGINA: 27
Lima, lunes 5 de marzo de 2007 341081 Actualización del Artículo 3º, no incluyen impuestos o tributos que sean de cargo de los clientes. Artículo 2º.- Aprobar la consignación de las compensaciones correspondientes a la Transmisión Secundaria de las empresas Red Eléctrica del Sur S.A. y Red de Energía del Perú S.A., según el detalle siguiente: 1. COMPENSACIONES POR EL SISTEMA SECUNDARIO DE REP 1.1 COMPENSACIONES POR EL SISTEMA SECUNDARIO DE GENERACIÓN / DEMANDA Los titulares de las centrales de generación del SEIN pagarán, a Red de Energía del Perú S.A., las compensaciones por el uso de las instalaciones del sistema secundario de Generación / Demanda señaladas en el Cuadro N º 5: Cuadro Nº 5 Código De A Compensación Instalación Subestación Subestación (Nuevos Soles / Mes) L- 2da Terna Zapallal Chimbote 1 123 307 Para tal fi n, se utilizará el método de los “Factores de Distribución Topológicos” que se describe en el documento de Janusz Bialek “Topological Generation and Load Distributions Factors for Supplemental Charge Allocation in Transmission Open Access” publicado en el IEEE Transactions on Power Systems - Vol 12 - Nº 3 - August 1997, el mismo que será aplicado por Red de Energía del Perú S.A. 1.2 COMPENSACIONES POR EL SISTEMA SECUNDARIO CHILCA – SAN JUAN Los titulares de las centrales de generación del SEIN pagarán, a Red de Energía del Perú S.A., las compensaciones por el uso de las instalaciones del Sistema Secundario comprendido por las Líneas de Transmisión 220 kV Chilca-San Juan, a partir de su puesta en operación comercial, de acuerdo con lo que se indica en el Cuadro Nº 6: Cuadro Nº 6 DESCRIPCIÓN ELEMENTOCompensación Mensual (Nuevos Soles / Mes) L.T. Chilca – San Juan LT-2093 310 306L.T. Chilca – San Juan LT-2094 310 306 L.T. Chilca – San Juan LT-2095 310 306 Celdas de conexión a la CT Chilca de Enersur 95 381Celdas de conexión a la CT Kallpa de Globeleq 95 381 Para tal fi n, se utilizará el método de los “Factores de Distribución Topológicos” que se describe en el documento de Janusz Bialek “Topological Generation and Load Distributions Factors for Supplemental Charge Allocation in Transmission Open Access” publicado en el IEEE Transactions on Power Systems - Vol 12 - Nº 3 - August 1997, el mismo que será aplicado por Red de Energía del Perú S.A. 1.3 COMPENSACIONES POR EL SISTEMA SECUNDARIO MANTARO - LIMA Los titulares de las centrales de generación del SEIN pagarán, a Red de Energía del Perú S.A., las compensaciones por el uso de las instalaciones secundarias del Sistema Secundario Mantaro-Lima, de acuerdo con lo que se indica en el Cuadro Nº 7: Cuadro Nº 7 DESCRIPCIÓN ELEMENTOCompensación Mensual (Nuevos Soles / Mes) Mantaro - Pachachaca (L201-L202) 1 218 224Mantaro - Huancavelica (L203-L204) 376 731 Huancavelica - Independencia (L203-L231) 1 172 084 Pachachaca - San Juan (L205-L206) 802 854Mantaro - Pachachaca (L218-L219) 1 066 242Mantaro - Huayucachi (L220) 295 194Huayucachi - Zapallal (L221) 925 764DESCRIPCIÓN ELEMENTOCompensación Mensual (Nuevos Soles / Mes) Pachachaca - Purunhuasi (L222-L223) 553 514Celda en Purunhuasi (L716) 38 643 Independencia - San Juan (L207) 542 774 Independencia - San Juan (L208) 546 103Celdas en Chavarría (L2008-2015) 51 460 Para tal fi n se utilizará el método de los “Factores de Distribución Topológicos” que se describe en el documento de Janusz Bialek “Topological Generation and Load Distributions Factors for Supplemental Charge Allocation in Transmission Open Access” publicado en el IEEE Transactions on Power Systems - Vol 12 - Nº 3 - August 1997, el mismo que será aplicado por Red de Energía del Perú S.A. 1.4 COMPENSACIONES POR EL SISTEMA SECUNDARIO DE PARAMONGA NUEVA El titular de la central de generación eléctrica CAHUA pagará a Red de Energía del Perú S.A., una compensación mensual equivalente a 47 555 nuevos Soles/mes por el uso del autotransformador, 220/132/66 kV, sus correspondientes celdas de conexión y la celda de la línea L-1101, ubicados en la Subestación Paramonga Nueva. 2. COMPENSACIONES POR EL SISTEMA SECUNDARIO DE REDESUR Los titulares de las centrales de generación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional pagarán a Red Eléctrica del Sur S.A. una compensación mensual por la transformación de la S.E. Puno 220/138/10 kV, equivalente a 114 046 Nuevos Soles / mes. Para tal fi n, se utilizará el método de los “Factores de Distribución Topológicos” que se describe en el documento de Janusz Bialek “Topological Generation and Load Distributions Factors for Supplemental Charge Allocation in Transmission Open Access” publicado en el IEEE Transactions on Power Systems - Vol 12 - Nº 3 - August 1997, el mismo que será aplicado por Red Eléctrica del Sur S.A. Artículo 3º.- Aprobar la consignación de las Fórmulas de Actualización correspondientes a las tarifas y compensaciones por el Sistema Secundario de Transmisión a que se re fi eren los Artículos 1º y 2º de la presente resolución, según lo siguiente: 1. FÓRMULAS DE ACTUALIZACIÓN TARIFARIA1.1 ACTUALIZACIÓN DEL CARGO DE PEAJE SECUNDARIO POR TRANSMISIÓN EQUIVALENTE EN ENERGÍA (CPSEE) PARA LOS SST SEÑALADOS EN EL NUMERAL 1.1 DEL ARTÍCULO 1º El cargo CPSEE será actualizado utilizando la siguiente fórmula de actualización: Se de fi ne: CPSEE1 = CPSEE0 * FACPSEE (1) FACPSEE = a * FTC + b * FPM (2)FTC = TC / TC0 (3) FPM = IPM / IPM0 (4) Donde: CPSEE0 = Cargo CPSEE, publicados en el Artículo 1º de la presente resolución y expresado en ctm. S/./kW.h. CPSEE1 = Cargo CPSEE actualizado y expresado en ctm. S/./kW.h. FACPSEE = Factor de Actualización del Cargo CPSEE FTC = Factor por variación del Tipo de Cambio. FPM = Factor por variación de los Precios al Por Mayor. TC = Tipo de Cambio. Valor de referencia para el Dólar de los Estados Unidos de América, determinado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú, correspondiente a la “COTIZACIÓN DE OFERTA Y DEMANDA – TIPO DE CAMBIO PROMEDIO PONDERADO” o el que lo El PeruanoPROYECTO