Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2007 (21/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2007

CAPITULO III DE PROGRAMA MUNICIPAL SOCIAL "MI CALLE" Articulo 4º.- El PROGRAMA MUNICIPAL "MI CALLE" ¿Que es Mi Calle? Es un Programa de Apoyo Social de la Municipalidad Distrital de Mala con el proposito de mejorar las calles del distrito, en especial a las zonas urbanas y marginales, mejorando el ornato y el entorno habitacional y condiciones de MORDAZA de la organizacion vecinal. Articulo 5º.- LOS PRINCIPIOS BASICOS DEL PROGRAMA MUNICIPAL SON: -Participacion activa de la Comunidad Vecinal y del Gobierno Local -Integralidad de las acciones (no solo veredas) CAPITULO IV DEL FINANCIAMIENTO Articulo 6º.- El Programa Municipal sera financiado con los apoyos siguientes: a.- La donacion de la remuneracion mensual del senor MORDAZA fijado por el Concejo Municipal de Mala mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2007-MDM de fecha 11 de enero del 2007. b.- Donaciones de personas individuales o empresas publicas y/o privadas. c.- Apoyo de ONGs. nacionales o internacionales. d.- El aporte de hasta el 25% de las Dietas mensuales que perciben los senores Regidores del Concejo Municipal de Mala. e.- Recursos propios de la Municipalidad. f.- Apoyo voluntario de la organizacion vecinal. CAPITULO V COMO POSTULAR AL PROGRAMA Articulo 7º.- La Municipalidad Distrital de Mala mediante el Comite de Gestion Local seleccionara a la MORDAZA que considere se adecue mejor a la naturaleza y requisitos de elegitividad con expreso consentimiento y participacion de la organizacion vecinal. Puede tambien la organizacion vecinal presentar su solicitud a fin de ser atendido pero cumpliendo los requisitos que el Comite indicara. CAPITULO VI DE LA PROHIBICION Articulo 8º.- No podran acogerse a este programa municipal, terrenos urbanos que no hayan cumplido con su habilitacion MORDAZA conforme a la Ley de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su modificatoria Ley Nº 27135, quienes hayan construido sus viviendas sin licencia de construccion y quienes se encuentren como deudores de sus predios por concepto de impuesto predial (autovaluo) y arbitrios. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial el Peruano, encargandose para tal efecto al Secretario General de esta Municipalidad. Segunda.- Habra una Comision encargada de supervisar la obra:"Mi Calle" Tercera.- La Comision encargada de supervisar la obra emitira un informe mensual al Presidente del Comite de Gestion Local para hacer de pleno conocimiento al Concejo Municipal. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal y Subgerencia de Contabilidad y Presupuesto el cumplimento de la presente Ordenanza Municipal.

En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 8 de marzo del ano en curso, el Dictamen de la Comision Interna de Desarrollo MORDAZA, el proyecto de Ordenanza Municipal sobre crear el Programa Municipal Social "MI CALLE" en el distrito de Mala, asi como la Resolucion de Alcaldia Nº 039-2007-A-MDM de fecha 17 de enero del 2007 sobre implementacion de programa "MI CALLE", el mismo que se dio cuenta al Concejo Municipal y ratificada en Sesion Ordinaria de fecha 18 de enero del 2007, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen competencia entre otros, las de organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales, siendo su responsabilidad la de planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y los planes y programas correspondientes, asi como el articulo 197º donde precisa que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local. Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 84º numerales 2.2.3, 2..2.4 y 2..2.5 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades Distritales ejercen las funciones de organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, de contribuir al diseno de politicas de desarrollo social de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo. Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 73º numeral 6.6.2 de la Ley Organica referida es competencia municipal administrar programas de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo y otros que coadyuvan el desarrollo y bienestar de la poblacion. Que, es proposito de la Gestion Municipal actual atender las necesidades basicas de la poblacion y mejorarse su entorno habitacional y condiciones de vida. Que, de conformidad a lo establecido en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA MUNICIPAL SOCIAL "MI CALLE" DEL DISTRITO DE MALA CAPITULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo 1º.- OBJETO: La presente Ordenanza tiene por objeto mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion en especial a las calles de las zonas MORDAZA marginales, carentes de infraestructura MORDAZA, dotandoles de veredas, afirmado de calles, pistas, areas verdes, servicios comunales mediante el financiamiento de la Municipalidad Distrital de Mala, donaciones y la participacion conjunta del vecindario. Articulo 2º.- ALCANCES La presente Ordenanza es de aplicacion en toda la jurisdiccion de Mala, previa calificacion del Comite de Gestion Local que se forme y estara presidido por el senor MORDAZA del distrito de Mala. CAPITULO II DE LAS DEFINICIONES Articulo 3º.- DEFINICIONES: a.- Caso Social.- Diagnostico realizado a la MORDAZA por el Comite de Gestion Local a fin de determinar sus necesidades basicas y sus carencias b.- Obra Social.- Conjunto de actividades de diversa indole realizada con la finalidad de contribuir a la solucion de necesidades basicas y/o carencia a un grupo determinado de personas de escasos recursos economicos de una MORDAZA determinada.

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