Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2007 (21/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

341926

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2007

de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL (acceso digital asimetrico por linea telefonica), provistas por Telefonica del Peru S.A.A., segun el siguiente detalle: (i) Tarifas de Instalacion (pagos por unica vez):
Concepto Instalacion del acceso ADSL(1) Configuracion de circuito virtual ATM para acceso ADSL US$ (sin IGV) 8,12 8,12

Peru S.A.A. o por cualquier otra empresa concesionaria del servicio portador. Articulo 2º.- Telefonica del Peru S.A.A. debera establecer la capacidad de red que permita que los usuarios que MORDAZA uso del servicio en la hora de mayor carga, puedan, en conjunto, transmitir y recibir datos a una velocidad promedio del 60% de la velocidad contratada, distribuida en forma equitativa y de manera no discriminatoria. Esta velocidad promedio debera mantenerse entre el equipo terminal del usuario y el punto de acceso donde se encuentra la empresa proveedora de servicios, sea esta Telefonica del Peru S.A.A. u otra empresa, y debe cumplirse en cada uno de los niveles de velocidad contratados. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo constituye infraccion grave. Articulo 3º.- La empresa concesionaria puede fijar libremente las tarifas para las prestaciones indicadas en el articulo anterior, sin exceder las tarifas tope establecidas y sujetandose a lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas. Articulo 4º.- Telefonica del Peru S.A.A. comunicara a OSIPTEL y publicara en por lo menos un diario de circulacion nacional, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente resolucion, lo siguiente: a) La ubicacion de los puntos de presencia correspondientes donde se concentren los flujos de informacion generados a traves de los accesos ADSL. b) Las series de numeros que identifiquen a las lineas telefonicas que estaran comprendidas en la cobertura prevista para cada departamento y para cada punto de presencia; en cada caso, asi como la fecha de disponibilidad de dichas series de numeros. Articulo 5º.- Telefonica del Peru S.A.A debera presentar a OSIPTEL para su aprobacion, dentro de plazo de quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente resolucion, el procedimiento que incluya los requisitos para la contratacion de las prestaciones detalladas en el Articulo 1º de la presente resolucion y, adicionalmente, los plazos para la provision efectiva de dichas prestaciones. En este procedimiento debera incluirse, entre otras, las condiciones operativas y tecnicas de la prestacion para todos los tipos, clases o velocidades consideradas. Articulo 6º.- Las tarifas tope establecidas en la presente resolucion, seran revisadas a los cuatro (4) anos de su vigencia, salvo lo previsto en el siguiente parrafo. Luego de dos (2) anos de su vigencia, OSIPTEL podra evaluar la pertinencia de revisar las tarifas tope, cuando se verifique la existencia de variaciones significativas en los costos considerados en su calculo o la existencia de cambios sustanciales en el desarrollo de las prestaciones materia de la presente resolucion. Articulo 7º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolucion, sera sancionado de conformidad con las disposiciones previstas en el Reglamento General de Infracciones y Sanciones aprobado por OSIPTEL. Articulo 8º.- Deroguese la Resolucion de Consejo Directivo Nº 036-2000-CD/OSIPTEL mediante la cual se establecieron las tarifas maximas fijas aplicables a las prestaciones de transmision de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL. Articulo 9º.- La presente resolucion, el Informe Sustentatorio Nº 004-GPR/2007 y el modelo de costos, seran notificados a Telefonica del Peru S.A.A. y publicados en la pagina Web institucional. Articulo 10º.- La presente resolucion sera publicada en el diario oficial El Peruano y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

(1) Incluye: Conexion, programacion y activacion del servicio, e instalacion del spliter.

Concepto Habilitacion de MORDAZA ATM y configuracion de interfaz UNI a E3 (34 Mbps)(2) Habilitacion de MORDAZA ATM y configuracion de interfaz UNI a STM-1 (155 Mbps)(2)

US$ (sin IGV) 2649,96 2649,96

(2) Las puertas ATM, ubicadas en puntos de presencia, concentraran el trafico de usuarios de Acceso Digital Asimetrico correspondientes a determinadas areas servidas. Estos puntos de presencia seran tres y estaran ubicados en: MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, los departamentos que seran atendidos por estos puntos de presencia seran: a. Punto de Presencia ubicado en Arequipa: Atendera los departamentos de Cuzco, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y Tacna. b. Punto de Presencia ubicado en Trujillo: Atendera los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, La MORDAZA y Tumbes. c. Puntos de Presencia ubicados en Lima: Atenderan los departamentos de MORDAZA -incluyendo la Provincia Constitucional del Callao-, Ica, Abancay, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Cerro de Pasco, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali. En este caso, si bien se ha definido cuatro conmutadores ATM (San MORDAZA, Miraflores, Monterrico y Washington), bastara conectarse solo con uno de ellos para tener acceso a los departamentos indicados.

(ii) Tarifas Mensuales (por velocidad):
Velocidad (kbps) 200 / 128 400 / 128 600 / 256 900 / 256 1200 / 256 2048 / 512 Por el acceso ADSL US$ (sin IGV) 6,18 7,24 8,80 11,86 14,15 20,63
(3)

Por el circuito virtual ATM US$ (sin IGV) 6,18 7,24 8,80 11,86 14,15 20,63

(3) Incluye: Utilizacion y mantenimiento del servicio y del splitter.

Por MORDAZA ATM (4) US$ (sin IGV) E3 2446,12 STM-1 4892,23
(4) No incluye el enlace hacia el local de la empresa prestadora, el cual puede ser provisto por Telefonica del Peru S.A.A. o por cualquier otra empresa concesionaria del servicio portador.

Las tarifas correspondientes por el acceso digital asimetrico (ADSL) que se establecen en el presente articulo, son aplicables a los abonados que cuenten con una linea telefonica fija contratada con la empresa Telefonica del Peru S.A.A., y se aplican de manera adicional e independiente a las tarifas por instalacion y renta mensual correspondientes al respectivo servicio telefonico fijo. Adicionalmente, las empresas a que se refiere el parrafo siguiente, estableceran las tarifas a los abonados a los cuales esten conectados, para la prestacion de diversos servicios tales como, servicios de acceso a internet, televigilancia, teletrabajo, acceso a bases de datos, entre otros. Las tarifas correspondientes por la red ATM que se establecen en el presente articulo, son aplicables a toda empresa prestadora de servicios publicos o privados de telecomunicaciones que desee contratarlas para conectarse con sus respectivos usuarios a traves del acceso digital asimetrico. Telefonica del Peru S.A.A. brindara a dichas empresas las facilidades necesarias que les permitan el acceso a la MORDAZA ATM contratada, en condiciones no discriminatorias, ya sea cuando el enlace indicado en la nota (4) sea provisto por Telefonica del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.