Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2007 (21/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341933

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 7 de marzo del ano 2007, teniendo como punto de agenda entre otros, la Declaracion del dia 8 de marzo de todos los anos, como el Dia de la Mujer de la Region MORDAZA de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional , Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada mediante Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion para el desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el articulo 4 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como una de las finalidades esenciales de los Gobiernos Regionales el "...garantizar el ejercicio pleno de los derechos y de la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo"; Que, el articulo 8 de la Ley en mencion, establece los principios rectores de la politica y gestion regional, los cuales se rigen, entre otros, por los principios de: "Inclusion.- Promover la inclusion economica, social, politica y cultural de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado. Estas acciones buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razon de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion". "Equidad.- Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestion regional. La gestion regional promociona, sin discriminacion, igual acceso a las oportunidades y la identificacion de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial por la gestion regional"; Que, el articulo 5 de la Convencion sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer ­ CEDAW, hace alusion a la necesidad de tomar medidas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras de alcanzar la eliminacion de los prejuicios, practicas consuetudinarias y de cualquier otra indole que esten basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres; Que, el articulo 6 inciso a) de la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de violencia, incluye entre otros el derecho a ser libre de toda forma de discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones esteriotipados de comportamiento de practicas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinacion; Que, el articulo 43 de la Carta MORDAZA de la OEA plantea como tema prioritario la proteccion de las mujeres contra la discriminacion, tanto en la esfera publica como la privada, con miras a garantizar sus derechos humanos y de manera particular los derechos a la MORDAZA, la integridad y la seguridad personal, la MORDAZA personal, la participacion politica, el trabajo, la salud y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, la seguridad social, la vivienda adecuada, la educacion, la propiedad y la participacion, la MORDAZA economica de la sociedad y el acceso a recursos legales y administrativos frente a la violacion de sus derechos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2006MIMDES, se aprueba el Plan Nacional de Igualdades de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 - 2010, cuyo objetivo es promover el desarrollo del MORDAZA mediante la participacion equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de genero mediante acciones afirmativas en la salud, educacion, empleo, participacion politica, en un MORDAZA de respeto por los derechos humanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, articulo 12° inciso g) se senala que corresponde al MIMDES velar por el cumplimiento de la normatividad nacional e internacional que protege los derechos de la mujer; Que, en ocasion de celebrarse el 8 de marzo el Dia Internacional de la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especificas en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones a favor de la igualdad entre mujeres y varones, en el MORDAZA de los derechos humanos que la Constitucion Politica del Peru confiere. Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos c, f y g del articulo 60° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades: "formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la violencia politica, familiar y sexual; promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades", "formalizar y ejecutar politicas orientadas a la ejecucion en el ambito de su jurisdiccion"; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 29-A, numeral 2 de la Ley Nº 27867 son funciones especificas de la Gerencia de Desarrollo Social de los Gobiernos Regionales "ejercer las funciones especificas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, recreacion, deportes, salud, vivienda, trabajo, promocion del empleo, pequena y microempresa, poblacion, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades"; Que, de conformidad con los articulos 15º, inciso a) y 39º de la Ley MORDAZA referida, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 7 de marzo del 2007 y estando a las atribuciones conferidas por el articulo 28 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales: HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- DECLARAR el 8 de marzo de todos los anos como el dia de la mujer de la Region MORDAZA de Dios. Articulo Segundo.- CONSTITUIR una Comision Multisectorial integrada por representantes del Sector Publico, Sector Privado y representantes de la Sociedad Civil, la cual se encargara de coordinar y ejecutar las actividades a desarrollarse durante el mes de marzo de cada ano. La Comision debera informar a traves de la Gerencia de Desarrollo Social a la Presidencia del Gobierno Regional, la programacion y cumplimiento de las actividades celebratorias, al finalizar las mismas. Articulo Tercero.- DISPONER que la mencionada Comision estara conformada por: - El Presidente del Gobierno Regional o su representante, quien la presidira; - El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Tambopata o su representante, quien ejercera la Secretaria Tecnica; - El Director Regional de Educacion o su representante; - El Director Regional de Salud o su representante; - El Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo o su representante; - La Coordinadora de la Red Nacional de Promocion la Mujer ­ Filial MORDAZA de Dios;

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