Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2007 (21/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341939

Articulo 4°.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Alcaldia a la Contraloria General de la Republica y al Registro Nacional de Sanciones de la Presidencia de Concejo de Ministros de conformidad con lo dispuesto por el articulo 242º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Cajay, la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 38728-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INCAHUASI
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de motoniveladora para la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO N° 018-2007-MDI-F Incahuasi, 16 de marzo del 2007 Visto; En sesion de Concejo de fecha 14 de marzo del 2007, el informe tecnico Nº 001-2007 presentado por la Unidad de Ingenieria y Proyectos de la Municipalidad y el informe legal Nº 001-2007-AL, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno local que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194 concordante con el articulo 195 de la Constitucion Politica del Peru tienen autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, Que, la Municipalidad Distrital de Incahuasi, fue declarada en Emergencia Administrativa y Financiera mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2007-MDI-F en el que se precisaba que se habia dejado de realizar una serie de obras debidamente presupuestadas y que ademas la poca maquinaria con que cuenta la Municipalidad se encontraba en un estado ruinoso, Que, ante la situacion anterior y conforme se viene analizando el estado de la Municipalidad se ha encontrado que desde el ano 2005 las vias de comunicacion de integracion como carreteras y caminos carrozables y las vias de articulacion del distrito con otras comunidades se encuentran en un estado calamitoso e intransitables, que imposibilita el acceso vehicular y peatonal con el inminente riesgo para los transeuntes y ademas imposibilita que exista una MORDAZA comunicacion y cumplimiento de obligaciones de las autoridades con los vecinos, Que, con el proposito de mejorar la situacion descrita en el considerando que precede el Concejo ha acordado reconstruir las carreteras y realizar el mantenimiento de las trochas carrozables ampliando la red vial del distrito con respecto a los caserios como medio de desarrollo integral, para lo cual se requiere en forma urgente implementar el Pool de maquinarias de la Municipalidad con una MOTONIVELADORA, que permita desarrollar los trabajos acordados, garantizando obras de calidad y con menores costos, Que, para la ejecucion de las obras fisicas MORDAZA precisadas donde se garantice la calidad de las mismas se requiere de maquinaria tal como una MOTONIVELADORA, maquinaria que no cuenta la Municipalidad y que de obtener una de estas maquinarias en propiedad abarataria los costos de inversion, aseguraria la realizacion de todas las obras, permitiria el mantenimiento, mejoramiento,

reconstruccion y rehabilitacion en forma permanente de las carreteras, caminos y trochas carrozables e incrementaria el activo fijo Municipal, Que, con tal proposito el Concejo en pleno con fecha 14 de marzo acordo adquirir una MOTONIVELADORA en forma inmediata con la exoneracion del MORDAZA de seleccion para su adquisicion, teniendo en cuenta la necesidad urgente de contar con dicha maquinaria, y por la situacion de emergencia en que ha sido declarada la Municipalidad, Que, conforme lo dispone el articulo 19 concordante con el articulo 20 inciso c) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion cuando la Municipalidad se encuentre en situacion de emergencia y desabastecimiento y exista un Acuerdo Pleno del Concejo, entendiendose de conformidad con el articulo 21 del cuerpo legal MORDAZA citado por desabastecimiento "...aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien , servicio u obra compromete en forma directa e inminente, la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial", lo que faculta en este caso a la Municipalidad a la adquisicion con urgencia, del bien requerido, Que, el procedimiento de exoneracion de los procesos de seleccion han sido regulados por los articulos 146, 147 y 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM en los cuales se establece las condiciones y requisitos a cumplir MORDAZA de proceder a exonerar del MORDAZA de seleccion, siendo uno de ellos que se MORDAZA acreditado la situacion de desabastecimiento inminente, lo cual esta claramente definido por el informe con requerimiento efectuado por la Unidad de Ingenieria y Proyectos. Con el MORDAZA en pleno del Concejo en uso de las facultades conferidas por los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru y articulo 41º de la Ley Nº 27972 SE ACUERDA: Articulo 1°.- ADQUIRIR una MOTONIVELADORA Articulada, con potencia variable del motor de 130 a 160 HP MORDAZA, ano de Fabricacion 2007. Articulo 2°.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de una MOTONIVELADORA Articulada con potencia variable del motor de 130 a 160 HP MORDAZA, Ano de Fabricacion 2007, teniendo en cuenta las caracteristicas tecnicas establecidas en el informe tecnico Nº 001-2007, facultando a proceder conforme al articulo 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MARTANS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 39083-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Crean el Programa Municipal Social "Mi Calle"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2007-MDM Mala, 8 de marzo del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO: POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MALA, PROVINCIA DE CANETE, DEPARTAMENTO DE MORDAZA

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