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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de marzo de 2007 341939 Artículo 4°.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Alcaldía a la Contraloría General de la República y al Registro Nacional de Sanciones de la Presidencia de Concejo de Ministros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 242º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General. Artículo 5º.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Cajay, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ELÍAS MORALES MENDOZA Alcalde 38728-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INCAHUASI Exoneran de proceso de selección la adquisición de motoniveladora para la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO N° 018-2007-MDI-F Incahuasi, 16 de marzo del 2007 Visto;En sesión de Concejo de fecha 14 de marzo del 2007, el informe técnico Nº 001-2007 presentado por la Unidad de Ingeniería y Proyectos de la Municipalidad y el informe legal Nº 001-2007-AL, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno local que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194 concordante con el artículo 195 de la Constitución Política del Perú tienen autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia, Que, la Municipalidad Distrital de Incahuasi, fue declarada en Emergencia Administrativa y Financiera mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2007-MDI-F en el que se precisaba que se había dejado de realizar una serie de obras debidamente presupuestadas y que además la poca maquinaria con que cuenta la Municipalidad se encontraba en un estado ruinoso, Que, ante la situación anterior y conforme se viene analizando el estado de la Municipalidad se ha encontrado que desde el año 2005 las vías de comunicación de integración como carreteras y caminos carrozables y las vías de articulación del distrito con otras comunidades se encuentran en un estado calamitoso e intransitables, que imposibilita el acceso vehicular y peatonal con el inminente riesgo para los transeúntes y además imposibilita que exista una constante comunicación y cumplimiento de obligaciones de las autoridades con los vecinos, Que, con el propósito de mejorar la situación descrita en el considerando que precede el Concejo ha acordado reconstruir las carreteras y realizar el mantenimiento de las trochas carrozables ampliando la red vial del distrito con respecto a los caseríos como medio de desarrollo integral, para lo cual se requiere en forma urgente implementar el Pool de maquinarias de la Municipalidad con una MOTONIVELADORA, que permita desarrollar los trabajos acordados, garantizando obras de calidad y con menores costos, Que, para la ejecución de las obras físicas antes precisadas donde se garantice la calidad de las mismas se requiere de maquinaria tal como una MOTONIVELADORA, maquinaria que no cuenta la Municipalidad y que de obtener una de estas maquinarias en propiedad abarataría los costos de inversión, aseguraría la realización de todas las obras, permitiría el mantenimiento, mejoramiento, reconstrucción y rehabilitación en forma permanente de las carreteras, caminos y trochas carrozables e incrementaría el activo fi jo Municipal, Que, con tal propósito el Concejo en pleno con fecha 14 de marzo acordó adquirir una MOTONIVELADORA en forma inmediata con la exoneración del proceso de selección para su adquisición, teniendo en cuenta la necesidad urgente de contar con dicha maquinaria, y por la situación de emergencia en que ha sido declarada la Municipalidad, Que, conforme lo dispone el artículo 19 concordante con el artículo 20 inciso c) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM procede la exoneración del proceso de selección cuando la Municipalidad se encuentre en situación de emergencia y desabastecimiento y exista un Acuerdo Pleno del Concejo, entendiéndose de conformidad con el artículo 21 del cuerpo legal antes citado por desabastecimiento “…aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien , servicio u obra compromete en forma directa e inminente, la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial”, lo que faculta en éste caso a la Municipalidad a la adquisición con urgencia, del bien requerido, Que, el procedimiento de exoneración de los procesos de selección han sido regulados por los artículos 146, 147 y 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM en los cuales se establece las condiciones y requisitos a cumplir antes de proceder a exonerar del proceso de selección, siendo uno de ellos que se haya acreditado la situación de desabastecimiento inminente, lo cual está claramente de fi nido por el informe con requerimiento efectuado por la Unidad de Ingeniería y Proyectos. Con el Voto en pleno del Concejo en uso de las facultades conferidas por los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y artículo 41º de la Ley Nº 27972 SE ACUERDA:Artículo 1°.- ADQUIRIR una MOTONIVELADORA Articulada, con potencia variable del motor de 130 a 160 HP Nuevo, año de Fabricación 2007. Artículo 2°.- EXONERAR del proceso de selección para la adquisición de una MOTONIVELADORA Articulada con potencia variable del motor de 130 a 160 HP Nuevo, Año de Fabricación 2007, teniendo en cuenta las características técnicas establecidas en el informe técnico Nº 001-2007, facultando a proceder conforme al artículo 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM “Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” Regístrese, comuníquese y cúmplaseCÉSAR MARTANS MAN AYAY LUCERO Alcalde 39083-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA Crean el Programa Municipal Social “Mi Calle” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2007-MDM Mala, 8 de marzo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO: POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN PEDRO DE MALA, PROVINCIA DECAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA