Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2007 (14/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345233

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo de los distritos de San MORDAZA de Porres, Independencia, Comas y Los MORDAZA y de una parte del distrito del MORDAZA, que son parte de las Areas de Tratamiento Normativo I y II de MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA Nº 1015 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de MORDAZA de 2007, los Dictamenes de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura Nos. 0702006-MML-CMDUVN y 018-2007-MML-CMDUVN; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE LOS DISTRITOS DE SAN MORDAZA DE PORRES, INDEPENDENCIA, COMAS, Y LOS MORDAZA Y DE UNA PARTE DEL DISTRITO DEL MORDAZA QUE SON PARTE DE LAS AREAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO I Y II DE MORDAZA METROPOLITANA Articulo 1º.- Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo Aprobar el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo (Plano Nº 01 - Anexo Nº 01) de los Distritos de San MORDAZA de Porres, Independencia, Comas y un sector de los distritos de Los MORDAZA y MORDAZA, que son parte del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana y de un sector del distrito de Los MORDAZA que forma parte del Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana. Este Plano de Zonificacion no define limites distritales. Articulo 2º.- Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo Aprobar las Normas Generales de Zonificacion de los Usos del Suelo del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana, las que se senalan en: Cuadro Nº 01: Resumen de Zonificacion Residencial (Anexo Nº 02); Cuadro Nº 02: Resumen de Zonificacion Comercial (Anexo Nº 03); y el Cuadro Nº 03: Resumen de Zonificacion Industrial (Anexo Nº 04). Aprobar la Normas Generales de Zonificacion para el Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana contenidas en: Cuadro Nº 04: Resumen de Zonificacion Residencial (Anexo Nº 05); Cuadro Nº 05: Resumen de Zonificacion Comercial (Anexo Nº 06) y el Cuadro Nº 06: Resumen de Zonificacion Industrial (Anexo Nº 07). Aprobar las Especificaciones Normativas de la Zonificacion, que como Anexo Nº 08, forma parte de la presente Ordenanza y que seran de aplicacion en el ambito senalado en el Articulo Primero. Articulo 3º.- Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas Aprobar el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana, que forma parte de la presente

Ordenanza como Anexo Nº 09. Para el Area de Tratamiento Normativo I sera de aplicacion el Indice de Usos para al Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado en la Ordenanza Nº 933-MML, publicada el 05 de MORDAZA del 2006. Articulo 4º.- Modificacion del Indice de Usos del Area de Tratamiento Normativo I Precisar que en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana, aprobado por Ordenanza Nº 933-MML, la actividad del rubro 15.1-1-01 Actividades de Matanza - Camales, referida a animales menores (aves, conejos, cuyes), podra tener ubicacion Conforme en Zonas Industriales Industria Elemental y Complementaria (I1), Industria Liviana (I2) y Gran Industria (I3), siempre y cuando cumplan con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 019-2003-AG, que aprueba el Reglamento Sanitario para el Acopio y Beneficio de Aves para Consumo. Modificar la Clave y Notas del Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado por Ordenanza Nº 933-MML, publicada el 05 de MORDAZA del 2006, segun se indica en el Cuadro Nº 07 que como Anexo Nº 10 forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales y Comerciales Establecer como MORDAZA General para la aplicacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo en el area materia de la presente Ordenanza, que el equipamiento MORDAZA existente, asi como la edificacion o funcionamiento de Centros de Educacion Inicial, Centros de Educacion Basica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Areas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel de Barrio y los Aportes que se transfieren con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no tienen necesariamente calificacion especial en los Planos aprobados por la presente Ordenanza. La aprobacion de su instalacion, construccion u operacion, depende unicamente de las Municipalidades Distritales, quienes elaboraran los criterios especificos para su localizacion. Articulo 6º.- Compatibilidad de Uso de los Aportes del Reglamento Nacional de Edificaciones Los aportes para Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios transferidos a la Municipalidad Distrital correspondiente, que resultan del MORDAZA de habilitacion MORDAZA de los predios, asi como los provenientes del MORDAZA de saneamiento fisico legal, mantienen el uso para el que fueron aportados, el que prevalece sobre la calificacion que se indique en el plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental en Zonas Industriales Establecer que, para salvaguardar posibles riesgos de contaminacion ambiental y seguridad fisica interna y del entorno, las instalaciones industriales existentes deberan contar con un Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado por la Autoridad competente, siendo responsabilidad de las Municipalidades Distritales controlar el cumplimiento del mismo. Articulo 8º.- Locales Comunales construidos en Zonas de Recreacion Publica Establecer que los Centros de Educacion Inicial, Locales Comunales, Centros de Culto Religioso y otros Equipamientos Comunales localizados en Zonas de Recreacion Publica (ZRP), existentes, reconocidos y titulados por COFOPRI, debido a su dimension, no requieren calificacion especifica en el Plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza. Sin embargo, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, las Zonas de Recreacion Publica (ZRP) se declaran intangibles y reservadas exclusivamente para el uso recreacional para el cual fueron creadas, responsabilizandose a la

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