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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2007 (14/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2007 345226 promover y garantizar el servicio y mantenimiento del equipo mecánico de todo el Gobierno Regional. b) Administrar los recursos humanos, materiales, bienes y otros del equipo mecánico, asegurando su efi ciencia y operatividad. c) Dirigir y supervisar la instalación, uso, mantenimiento, reparación y seguridad del equipo mecánico, garantizando su oportuna disponibilidad para la ejecución de actividades, proyectos y la atención de emergencias. d) Coordinar con la Gerencia Regional de Infraestructura y dependencias de todo el Gobierno Regional, la utilización del equipo mecánico. e) Formular y proponer la actualización de las tarifas referenciales correspondientes al uso del equipo, para cumplir con los objetivos y metas previstas. f) Participar en los procesos de selección para la adquisición de equipo mecánico, bienes y servicios de acuerdo a sus necesidades. g) Administrar la actualización del inventario valorizado del equipo mecánico, responsabilizándose por su control físico y cautelando su buen uso y operatividad. h) Dirigir y supervisar la reparación de los vehículos menores que tiene a su cargo la O fi cina de Logística y Patrimonio en caso lo requiera. i) Las demás funciones que sean asignadas y aquellas que le correspondan en materia de su competencia. SUBCAPÍTULO II 07.2.- GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS Artículo 83°.- Gerencia Regional de Energía y Minas La Gerencia Regional de Energía y Minas, es un órgano de línea que le corresponde ejercer funciones especí fi cas sectoriales en materia de energía minas e hidrocarburos. Depende, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Formular, ejecutar, evaluar, fi scalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos de la Región Arequipa, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales. b) Promover las inversiones en el sector, con las limitaciones legales correspondientes. c) Fomentar y supervisar las actividades de la pequeña minería, la minería artesanal, la exploración y explotación de los recursos mineros de la Región Arequipa con arreglo a la normatividad vigente. d) Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electri fi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de hidrocarburos de la Región Arequipa; asimismo, proponer el otorgamiento de concesiones para minicentrales de generación eléctrica. e) Conducir, ejecutar, supervisar y cooperar en programas de electri fi cación rural regionales, en el marco del Plan Nacional de Electri fi cación Rural. f) Proponer otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. g) Inventariar y evaluar los recursos mineros y el potencial minero y de hidrocarburos regionales. h) Supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de su circunscripción, implementando las acciones correctivas y proponiendo las sanciones correspondientes. i) Las demás que correspondan conforme a la legislación de la materia. SUBCAPÍTULO III 07.3.- GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA Artículo 84° .-Gerencia Regional de Agricultura La Gerencia Regional de Agricultura, es un órgano de línea que le corresponde ejercer funciones especí fi cas sectoriales en materia agraria. Depende, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la Región Arequipa en materia agraria en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las Municipalidades rurales. b) Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía con la política y normas de los sectores correspondientes y las potencialidades regionales. c) Participar en la gestión sostenible del recurso hídrico en el marco de las entidades de cuencas y las políticas de la autoridad nacional de aguas. d) Promover la transformación, comercialización, exportación, consumo de productos naturales y agroindustriales de la Región Arequipa. e) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción. f) Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos, que le sean encomendados. g) Supervisar y administrar el servicio de información agraria en la Región Arequipa, la cual podrá contar con una red de información provincial y distrital, la que operará en armonía con el sistema nacional de información agraria. h) Promover la provisión de recursos fi nancieros privados a las empresas y organizaciones de la Región Arequipa, con énfasis en las micro, pequeñas y medianas empresas y las unidades productivas orientadas a la exportación. i) Plani fi car, promover y concertar con el sector privado, la elaboración de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial. j) Planear, supervisar y controlar, en coordinación con el Gobierno Nacional la mejora de los servicios de comercialización agropecuaria, del desarrollo de cultivos y de crianzas y ganadería. k) Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria. l) Fomentar sistemas de protección de biodiversidad y germoplasma. m) Fomentar la investigación y transferencia de tecnología y extensión agropecuaria. n) Promover , gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico-legal de la propiedad agraria, con la participación de actores involucrados, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas. o) Promover políticas para generar una cultura de seguridad alimentaria. p) Promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camélidos sudamericanos y otras especies de ganadería regional. q) Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la Región Arequipa, así como ejercer labores de promoción y fi scalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional. r) Las demás que correspondan conforme a la legislación de la materia. SUBCAPÍTULO IV 07.4.- GERENCIA REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN Artículo 85°.- Gerencia Regional de la Producción La Gerencia Regional de la Producción, es un órgano de línea que le corresponde ejercer funciones especí fi cas sectoriales en materia pesquera y de industria. Depende, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola en la Región Arequipa. b) Administrar, supervisar, fi scalizar y sancionar la gestión de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdicción. c) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdicción. d) Promover la provisión de recursos fi nancieros privados a las empresas y organizaciones de la Región Arequipa, con énfasis en las medianas, pequeñas empresas y unidades productivas orientadas a la exportación.