Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2007 (14/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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los logros alcanzados por la Region MORDAZA en materia sanitaria. p) Ejecutar, en coordinacion con las Municipalidades de la Region, acciones efectivas que contribuyan a elevar los niveles nutricionales de la poblacion de la Region. q) Las demas que correspondan conforme a la legislacion de la materia. SUBCAPITULO VIII 07.8.- GERENCIA REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Articulo 89°.- Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo La Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, es un organo de linea que le corresponde ejercer funciones especificas sectoriales en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa. Depende, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de trabajo, promocion del empleo y fomento de la pequena y micro empresa, con la politica general del gobierno y los planes sectoriales. b) Incorporar la promocion del empleo productivo en los Planes de Desarrollo Regional Concertados. c) Formular y ejecutar los planes de promocion de la pequena y micro empresa, y apoyo a las iniciativas empresariales, que incidan en la mejora de la calidad del empleo de estas unidades economicas. d) Promover el dialogo y la concertacion con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados, en materia de trabajo, promocion del empleo, formacion profesional y fomento de la micro y pequena empresa. e) Promover mecanismos de prevencion y solucion de conflictos laborales, difusion de la normatividad, defensa legal y asesoria gratuita del trabajador. f) Conducir y ejecutar los procedimientos de supervision, control e inspeccion de las normas de trabajo, promocion del empleo y fomento de la pequena y micro empresa, aplicando las sanciones que correspondan de acuerdo a ley en el ambito de su competencia. g) Promover e incentivar el desarrollo y formalizacion de pequenas y micro empresas con criterios de flexibilidad y simplificacion, la instalacion de empresas en la region y la iniciativa privada en actividades y servicios regionales. h) Conducir y ejecutar acciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y bienestar social, concertando con entidades publicas y privadas, asi como con organizaciones representativas de la Region Arequipa. Del mismo modo, hacer cumplir las normas de prevencion y de proteccion contra riesgos ocupacionales. i) Dirigir y ejecutar en el ambito regional la politica nacional de promocion del empleo, capacitacion y formacion profesional, promoviendo la normalizacion y certificacion de competencias laborales. j) Elaborar y difundir informacion en materia de trabajo, promocion del empleo y fomento de la micro y pequena empresa. k) Promover la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo. l) Fomentar la formacion profesional de los recursos humanos de las empresas de la region como un mecanismo de mejoramiento de los ingresos, la productividad y competitividad a traves de actividades de capacitacion, provision de informacion y transferencia tecnologica. m) Coordinar la oferta de formacion profesional y los programas de orientacion laboral y ocupacional que brindan las entidades publicas y privadas; asimismo, supervisar los sistemas de intermediacion laboral en la region y su articulacion con el sistema de formacion profesional. n) Conducir y ejecutar en la region la politica de fomento de la pequena y micro empresa, en el MORDAZA de la politica nacional. o) Promover la provision de servicios financieros y de desarrollo empresarial a la pequena y micro empresas, por parte del sector privado. p) Resolver como Instancia Regional de Trabajo, en los procedimientos administrativos que tratan sobre materias de trabajo, promocion del empleo y fomento de la pequena y micro empresa. q) Llevar los registros administrativos en el ambito

de su competencia, en aplicacion de la normatividad vigente. r) Simplificar los tramites y procedimientos administrativos aplicables a la constitucion de empresas en su jurisdiccion. s) Las demas que correspondan conforme a la legislacion de la materia. SUBCAPITULO IX 07.9.- GERENCIA REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Articulo 90°.- Gerencia Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento La Gerencia Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es un organo de linea que le corresponde ejercer funciones especificas sectoriales en materia de vivienda y saneamiento. Depende, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Formular y evaluar los planes y politicas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de las Municipalidades, y de conformidad con las politicas nacionales y planes sectoriales. b) Promover la ejecucion de programas de vivienda urbanos y rurales, canalizando los recursos publicos y privados y la utilizacion de los terrenos del Gobierno Regional y materiales de la Region, para programas municipales de vivienda. c) Incentivar la participacion de promotores privados en los diferentes programas habitacionales, en coordinacion con las Municipalidades. d) Difundir el Plan Nacional de Vivienda y la normativa referida a la edificacion de vivienda, asi como evaluar su aplicacion. e) Ejecutar acciones de promocion, asistencia tecnica, capacitacion, investigacion cientifica y tecnologica en materia de construccion y saneamiento. f)Apoyar tecnica y financieramente a las Municipalidades en la prestacion de servicios de saneamiento. g) Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas tecnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones. h) Promover la ejecucion de los programas de vivienda y saneamiento a solicitud de las Municipalidades. i) Las demas que correspondan conforme a la legislacion de la materia. SUBCAPITULO X 07.10.- GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Articulo 91°.- Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, es un organo de linea que le corresponde ejercer funciones especificas sectoriales en materia de transportes y telecomunicaciones. Depende, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la region, de conformidad con las politicas nacionales, regionales y los planes sectoriales. b) Planificar y administrar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en el Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversion privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte. c) Desarrollar y administrar la infraestructura portuaria regional de acuerdo con las regulaciones tecnico normativas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves del organismo pertinente y de la forma que establezcan los dispositivos legales sobre la materia. d) Proponer el otorgamiento de las autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestacion de los servicios portuarios maritimos, fluviales y lacustres de alcance regional, a traves del organismo pertinente, de acuerdo a los dispositivos legales sobre la materia. e) Desarrollar y administrar los aerodromos de ambito

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