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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2007 345539 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido formulado por el señor Regidor Cárdenas Sánchez, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 215 de fecha 17 de abril del 2007 se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, el instrumento de gestión en mención, en lo relacionado a las funciones de la Secretaría General contiene imprecisiones que resultan necesarias subsanar, a fi n de garantizar la e fi caz marcha de la gestión municipal; En uso de sus facultades conferidas por el Artículo 9) de la Ley Nº 27972, POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZAArtículo Unico.- Modifíquese los Artículos 40º y 42º inc. e) del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, aprobado por la Ordenanza Nº 215-MDSMP, los mismos que quedan redactados en el sentido siguiente, manteniéndose en igual sentido en todo lo demás que contiene: “Artículo 40º. La Secretaría General, es el Órgano de Apoyo encargado de plani fi car, programar, coordinar y dirigir la ejecución de las acciones del Concejo Municipal y la Alcaldía, así como la difusión a las unidades orgánicas de las disposiciones emanadas por estos Órganos; administra y supervisa las actividades relacionadas a los sistemas de trámite documentario y de archivo central, optimizando de manera permanente sus procesos; da fe y Certi fi ca los documentos o fi ciales de la Municipalidad y las actas del Concejo Municipal, así como efectúa la celebración y registro de matrimonios civiles y tiene a su cargo las acciones de comunicación relacionadas a la difusión de la imagen institucional. Está a cargo del Secretario General quién depende del Alcalde.” “Artículo 42º.- Son funciones de la Secretaría General: Concurrir, coordinar y organizar las Sesiones de Concejo y citar a los regidores a sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, así como a los funcionarios de acuerdo a la naturaleza del tema.” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 60700-3 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA Convocan a Proceso Electoral a delegados electores inscritos en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para que participen ante el Consejo de Coordinación Local Provincial DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2007/MPS Sullana, 24 de abril de 2007VISTO: El Informe N° 0173-2007/MPS-DSS. de fecha 23 de abril del año en curso, emitido por la Dirección de Servicios Sociales, mediante el cual solicita aprobación de Cronograma Electoral; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú y la Ley de Bases de la Descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus Presupuestos Participativos, anualmente, bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, en sus artículos del 98° al 105°, establecen la de fi nición, composición, instalación y funciones de los Consejos de Coordinación Local Provincial y Distrital; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 005- 2004/MPFS de fecha 29 de marzo del 2004, se aprobó el Reglamento de Conformación y Elección de los miembros del Consejo de Coordinación Local Provincial; el mismo que cuenta con V Capítulos, 47° Artículos y 03 Disposiciones Transitorias y Finales; Que, el 14 de abril del año en curso se llevó a cabo la Primera Asamblea de Delegados Electores inscritos en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para que participe ante el Consejo de Coordinación Local Provincial, en la cual se eligió al Comité Electoral; el mismo que ha elaborado el Calendario Electoral en estricta aplicación del Reglamento; Que, es necesario que dicho Cronograma del Proceso Electoral, sea aprobado a través de la norma municipal correspondiente, a fi n de proceder a su cumplimiento, de conformidad con la Tercera Disposición Transitoria y Final del Reglamento aprobado con la Ordenanza Municipal N° 005-2004/MPFS; y, Estando a lo informado por la Gerencia Municipal y a lo dispuesto por el Despacho de Alcaldía, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- Convocar al Procesos Electoral a todos los Delegados (as) Electores (as), debidamente inscritos en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil para que participen ante el Consejo de Coordinación Local Provincial; el mismo que se realizará el día 20 de mayo de 2007, en el horario de 9.00 a.m. a 4.00 p.m., en el Salón de Actos “Carlos Augusto Salaverry” de esta Municipalidad. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Servicios Sociales, el cumplimiento del Cronograma Electoral y brindar las facilidades del caso al Comité Electoral, para que conduzca y desarrolle dicho proceso de manera democrática y transparente. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME BARDALES RUIZ Alcalde 58812-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN Declaran en situación de desabastecimiento inminente al Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2007-MDJ/A Jazán, 8 de marzo del 2007