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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2007 (17/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2007 345538 VERIFICA- CION DE INFRACCIONREINCIDENCIA CÓDIGO CONCEPTO Multa Adminis- trativaSanción Complemen- tariaMulta Adminis- trativaSanción Complemen- taria (% DE UIT) % DE UIT) 78 GDEL Efectuar degustaciones de bebidas alcohólicas en el establecimiento sin contar con autorización municipal expresa50% Decomiso Clausura Temporal100% Clausura Defi nitiva 79 GDEL No adoptar medidas de prevención y control frente al consumo excesivo, indiscriminado y/o abusivo de bebidas alcohólicas dentro del establecimiento50% Decomiso Clausura Temporal100% Clausura Defi nitiva 80 GDEL No dar cuenta a la Policía Nacional o a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, cuando en el interior o fuera del local se produzcan alteraciones al orden público, la moral y las buenas costumbres50% Clausura Temporal100% Clausura Defi nitiva 60700-1 Modifican Ordenanza N° 213-MDSMP que autorizó la realización del II Matrimonio Comunitario 2007 ORDENANZA Nº 216-MDSMP San Martín de Porres, 4 de mayo de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Martín de Porres en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: EL Informe Nº 144-2007-GSPS/MDSMP de la Gerencia de Servicios y Programas Sociales y el Informe Nº 423-2007-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 4 de abril del 2007 se aprobó la Ordenanza Nº 213-MDSMP que autoriza al señor Alcalde a realizar el II Matrimonio Comunitario 2007 el día 19 de mayo del 2007, en la Explanada del Palacio Municipal; Que, debido a las di fi cultades que se podrían presentar por el avance de la ejecución de las obras del “Intercambio Vial Habich y Puente Santa María” en la fecha programada para las celebraciones, es conveniente que se modi fi que el lugar de la celebración del mencionado acto, según la propuesta presentada por la Gerencia de Servicios y Programas Sociales; Que, asimismo se hace necesario establecer los requisitos que deben cumplir las parejas que pretendan contraer matrimonio a fi n de que puedan completar su Expediente Matrimonial; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 9 inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICA LA ORDENANZA Nº 213-MDSMP Y ESTABLECE REQUISITOS PARA LA CELEBRACIÓN DE II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007 Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 213-MDSMP, cuyo tenor queda redactada de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR al señor Alcalde la celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2007 el 19 de mayo del 2007, en el marco de los Actos Celebratorios del 57º Aniversario de Creación Política del Distrito, a realizarse en el Parque del Trabajo”. Articulo Segundo.- ESTABLECER que los requisitos que deben cumplir los contrayentes son los siguientes: • Partida de Nacimiento actualizada de ambos contrayentes. • DNI Original y copia autenticada por Fedatario Municipal de ambos contrayentes y de los dos testigos (no familiares). • Declaración Notarial de dos testigos respecto al Estado Civil de los Contrayentes. • Declaración Jurada de Domicilio en SMP de los contrayentes y/o recibo de Luz o Agua. • Fotografía reciente a color tamaño pasaporte de ambos contrayentes. • Certi fi cado Médico Pre nupcial y Consejería de SIDA (Concejo). • Pago único de S/. 60.00. Para el caso de menores, divorciados, viudos, extranjeros, militares y miembros de la Policía Nacional del Perú, además deberán cumplir con otros requisitos adicionales, por lo que deberán apersonarse a la División de Registro Civil para los informes correspondientes. Artículo Tercero.- La dispensa de la publicación de los Edictos Matrimoniales deberá ser dispuesta por el señor Alcalde conforme a las facultades contenidas en el artículo 252º del Código Civil. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, la Unidad de Imagen Institucional y División de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 60700-2 Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 218-MDSMP San Martín de Porres, 4 de mayo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES;