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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2007 345524 para los cuales se inscribieron un total de 143 postulantes que representa un indicador alto a Nivel Nacional en la captación de postulantes de los cuales se obtuvo 1 ingresante. Mediante el O fi cio Nº 712-GRM-DREMO-DGP DEL 9 de abril del 2007, en la que la Dirección Regional de Educación, solicita se dé un trato diferenciado en el proceso de admisión al ISPP “Alianza Ichuña-Bélgica” Que, teniendo como antecedentes de la vida institucional del ISPP “AIB” que inicia con su funcionamiento en el año 2003,según Resolución de creación que antecede, como una Institución que ofrece a los jóvenes y señoritas estudiantes de medios económicos de bajos recursos, facilidades como: albergue, comedor, talleres de nivelación todo esto en bene fi cio directo para los estudiantes esta ayuda estÁ basada en aportes de fi nanciamiento de la RED ECLECIAL BELGA que ha construido estas instituciones y que tienen un carácter de Acción conjunta entre la Iglesia y el Estado Peruano para su funcionamiento, la misma que está en peligro de ser suspendida por falta de metas de atención en el año 2007, lo que perjudica el proceso de construcción del Instituto Superior Tecnológico y el Instituto Superior Pedagógico Público y el desarrollo local y regional perdiendo un fi nanciamiento valorizado aproximadamente en un millón de soles anual. Siendo Ichuña un distrito emergente con población que tiene iniciativas de desarrollo, y habiendo estado postrado por muchos años en situación de extrema pobreza, el anular el funcionamiento del instituto conllevaría a retornar a este estado de carencia de lo fundamental para el desarrollo de las personas, como es la Educación. De los antecedentes de vida institucional resalta que en su primera etapa se crea como IST “AIB” con las carreras profesionales de: Agropecuaria, Computación e Informática y posteriormente dada la demanda de profesores en diversas especialidades de formación intercultural bilingüe, se convierte en ISPP “Alianza Ichuña-Bélgica”. Según R.M. Nº 015-2003-ED, durante cuatro años de funcionamiento se ha observado resultados de impacto social como primera institución pedagógica descentralizada con sede en el ámbito rural de la región; resaltando de ello la modalidad de funcionamiento vía convenio entre la Iglesia Católica y el Estado Peruano, así mismo convenios con organizaciones a nivel local, nacional e internacional. El ISPP “Alianza Ichuña Bélgica”, en cumplimiento a los disposiciones de la Resolución ministerial Nº 0017-2007-ED., ha cumplido en su totalidad las actividades programadas en el proceso de admisión 2007 en función de las metas aprobadas, habiéndose obtenido solamente aprobado un estudiante en el proceso de admisión según el nuevo sistema de aplicación como mínima nota 14, el cual ha perjudicado el desenvolvimiento normal de la institución, perjudicando así a los jóvenes que tienen en el Instituto la única opción de formación profesional docente. En uso de facultades concedidas por el Art. 13º y 37 Inciso a) de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales modi fi cado por la Ley Nº 27902, inciso a) del Art. 14º del Nuevo Reglamento Interno del Consejo RegAonal, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/GRM; el Consejo Regional del Gobierno Regional Moquegua por votación unánime de sus miembros y con la dispensa de trámite de aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero .- El Consejo Regional RESPALDA Y APOYA al Instituto Superior Pedagógico Público “Alianza Ichuña Bélgica” a su vez Exhortar al Ministerio de Educación dar las facilidades pertinentes a través de disposiciones complementarias de carácter único y diferenciado de la Institución en mención. Artículo Segundo.- Se Promueva por parte del Ministerio de Educación, MED, una nueva convocatoria de admisión 2007 que garantice coberturar la demanda de metas de atención de 15 millones de quechua hablantes y cuatro millones de habla aymará de toda la región rural andina de nuestro país. Así mismo garantizar la consecución de los objetivos del Proyecto Educativo Nacional, garantizar la continuidad de la vigencia del convenio internacional entre la Iglesia Católica y el Estado Peruano. Así mismo servir de modelo al Perú y al Mundo para acciones de cooperación que tienen plani fi cado llevar a cabo en el Perú. Artículo Tercero.- Remítase copia del Acuerdo Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional, Órgano de Control Institucional, Ministerio de Educación y Presidencia de Consejo de Ministros, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME ALBERTO RODRÍGUEZ VILLANUEVA Presidente Regional 60468-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Cuadro de Méritos de concurso público convocado para cubrir plaza de Ejecutor Coativo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 341-2007-DA/MDB Breña, 10 de mayo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 001-2007-CCPM de fecha 9 de mayo del 2007, remitido por la Comisión de Concurso Publico de Méritos, designada por Resolución de Alcaldía Nº 299-2007-DA/MDB, de fecha 13 de abril del 2007; CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 127-2007/MDB de fecha 13 de abril del 2007, se aprobaron las Bases del Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza vacante de 01 Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Breña; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 299-2007-DA/MDB de fecha 13 de abril del 2007, se designa la Comisión de Concurso Público de Méritos para cubrir 01 plaza vacante de Ejecutor Coactivo; Que, habiendo culminado el citado Concurso Público, la Comisión mediante el Informe del visto, ha cumplido con alcanzar el Cuadro fi nal que contiene las cali fi caciones y orden de meritos respectivo, el mismo que es necesario aprobar; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR EL CUADRO DE MÉRITOS elaborado por la Comisión de Concurso Público, el mismo que contiene la Cali fi cación Curricular, Examen de Conocimiento y Entrevista Personal de la postulante que resultó ganadora del cargo de Ejecutor Coactivo sometido a Concurso, así como de aquellos que no alcanzaron el puntaje necesario para estos efectos; que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde