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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2007 345522 de publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Artículo Tercero.- Notifi car copia de la presente, al Directorio de Gerentes Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 60687-2 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunto responsable de ocasionar perjuicio económico al Gobierno Regional RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 240-2007-GR.LAMB/PR Chiclayo, 30 de abril del 2007VISTO:Los Expedientes Administrativos Nºs. 98283 y 100576 y el Acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales de fecha 19 de marzo de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 78-2007-GR.LAMB/ORCI, de fecha 16 de febrero de 2007, el CPC. Manuel Mujica Esquivel – Jefe de la O fi cina Regional de Control Institucional, remitió a Presidencia Regional, el Informe Especial Nº 001-2007-2-5343 “Percepción indebida de Aguinaldos y Boni fi caciones durante el Período de enero 1999 a noviembre 2006 ocasionó un perjuicio económico de S/.30,192.64. Que, mediante O fi cio Nº 182-2007-GR.LAMB/ORAJ, de fecha 19 de marzo de 2007, el Abog. Marty Llontop Samillán, Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, ha indicado que el citado informe especial cuenta con su conformidad, opinando que pasea a la Procuraduría Regional, a fi n de implementar las recomendaciones arribadas en dicho Examen. Que, del Informe Especial Nº 001-2007-2-5343, se han determinado los siguientes hechos: - De la comparación de los diversos conceptos remunerativos, bene fi cios y boni fi caciones recibidas pór el servidor DIDIER PORFIRIO ALIAGA PERALTA, tanto en la Dirección Regional de Educación de Lambayeque y como en la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lambayeque, según se evidencian en las Planillas de Remuneraciones y Constancias de Pago del periodo comprendido entre enero de 1999 a noviembre de 2006 se determinó que percibió indebidamente en forma simultáneamente boni fi cación extraordinaria por escolaridad, boni fi caciones especiales otorgadas mediante los Decretos de Urgencia Nºs. 090-96, 073-97 y 011-99 y aguinaldos por fi estas patrias y navidad por un importe total de S/.30,192.64 (Treinta Mil Ciento Noventa y Dos con 64/100 Nuevos Soles). - Que, la situación expuesta tiene su origen a la falta de diligencia del servidor DIDIER PORFIRIO ALIAGA PERALTA, al omitir informar oportunamente a la Dirección Regional de Educación de Lambayeque o Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lambayeque, según corresponda, sobre su decisión de percibir las boni fi caciones especiales y aguinaldos, en solo una de las indicadas entidades, conforme lo establecía la respectiva normativa legal que disponía su otorgamiento. Asimismo, se debe a la ausencia de mecanismos de control efectivos sobre los pagos de remuneraciones y bene fi cios a los servidores que adicionalmente se desempeñan como docentes en entidades públicas. - Consecuentemente los hechos expuestos ocasionaron un perjuicio económico al Gobierno Regional de Lambayeque ascendente a S/.30,192.64 por la percepción simultánea de las boni fi caciones especiales en la Dirección Regional de Educación de Lambayeque por la suma de S/.11,445.84 (Once Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cinco con 84/100 Nuevos Soles) y en la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lambayeque por S/.14,569.34 (Catorce Mil Quinientos Sesenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles); así como por la doble percepción de aguinaldos y boni fi cación por escolaridad por un total de S/.4,177.46 (Cuatro Mil Ciento Setenta y Siete con 46/100 Nuevos Soles). Es importante precisar que el daño económico ocasionado al Gobierno Regional de Lambayeque, no es posible ser recuperado en la vía administrativa, en la medida que el involucrado en los hechos observados no reconoce la percepción indebida de las boni fi caciones y aguinaldos en las mencionadas entidades. Que, se debe autorizar al señor Procurador Público Regional, encargado de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Lambayeque, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales contra el responsable del perjuicio económico al Gobierno Regional de Lambayeque, según los hechos expuestos en dicho informe. Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 19 de marzo de 2007, se acordó autorizar al Procurador Público Regional, iniciar las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 008-020-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI, de fecha 6 de diciembre de 2006. Con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional, y; De acuerdo con lo prescrito en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el artículo N° 78 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Decreto Ley N° 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS - Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Dr. Feliciano Vásquez Molocho, Procurador Público del Gobierno Regional Lambayeque, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales contra el responsable del perjuicio económico al Gobierno Regional de Lambayeque, por las razones expuestas. Artículo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional Lambayeque, transcribiendo la presente Resolución Ejecutiva Regional para su conocimiento y fi nes pertinentes, además de publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente Resolución de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 60687-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban nuevo Reglamento del Presupuesto Participativo Regional - 2008 ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2007-CR/GRM 24 de abril de 2007