Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2007 (26/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2007

de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Regional de manera democratica y transparente. El Comite Electoral estara conformado por tres (03) integrantes, dos (02) elegidos entre los delegados de las asociaciones participantes en el MORDAZA de eleccion 2005, quienes desempenaran los cargos de Secretario y Vocal, y un (01) representante del Gobierno Regional de MORDAZA quien presidira el comite electoral. El Comite Electoral debera quedar conformado e instalado con la debida anticipacion. El Comite Electoral es MORDAZA en el ejercicio de sus atribuciones y sus decisiones son definitivas e inimpugnables. Articulo 17°.- Atribuciones y Obligaciones El Comite Electoral tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del MORDAZA electoral y actuar como miembros de mesa el dia de la eleccion. b) Preparar los disenos y formatos de cedulas y demas documentos que se requieran para el MORDAZA electoral. c) Resolver la inscripcion y retiro de los candidatos, las impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante del MORDAZA electoral. d) Realizar el conteo de la votacion en forma publica. e) Redactar y suscribir el Acta Electoral. f) Proclamar a los candidatos elegidos, otorgamiento de credenciales y juramentacion. g) Comunicar al Presidente Regional los resultados del MORDAZA electoral. Articulo 18°.- Prohibiciones de los Miembros del Comite Electoral Los miembros del Comite Electoral, no podran ser candidatos a eleccion. El Comite Electoral como encargado del MORDAZA electoral no emitira opinion a favor o contra de alguna lista de candidatos. CAPITULO III DEL PADRON ELECTORAL Articulo 19º.- Participacion en las Elecciones Las organizaciones con inscripcion vigente en el Registro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Region pueden participar en el MORDAZA electoral a que se refiere el presente Reglamento. Articulo 20º.- Padron Electoral El padron electoral sera publicado en los medios de mayor circulacion de la region, como MORDAZA dentro de los cinco (05) dias calendario posteriores al termino del cronograma de inscripcion y convocatoria a elecciones, de preferencia el dia MORDAZA, esta publicacion tambien se realizara en los Gobiernos Locales Provinciales. La publicacion incluye el nombre de los delegados. Pueden presentarse tachas debidamente sustentadas ante el comite electoral, dentro de los tres (03) dias calendario posteriores a la publicacion. Esta resolvera la impugnacion luego de escuchar a las partes, dentro de los tres (03) dias habiles posteriores a la MORDAZA de la misma. La resolucion no es materia de impugnacion. Las resoluciones emitidas seran publicadas y difundidas con los mismos mecanismos establecidos en el presente articulo. El padron definitivo sera publicado y difundido dentro de los dos (02) dias calendario siguientes a la resolucion de las tachas que hayan sido interpuestas. CAPITULO IV DE LOS CANDIDATOS Y LISTAS Articulo 21°.- Candidatos En las elecciones a que se refiere el presente Reglamento son candidatos elegibles los delegadoselectores y personas naturales, debidamente autorizadas por el MORDAZA organo de cada organizacion de la

sociedad civil inscrita en el Libro de Registro Regional de Organizaciones de la Sociedad Civil del Gobierno Regional. Articulo 22º.- De la Asamblea de Delegados El Comite Electoral convocara al dia siguiente de la publicacion definitiva del padron electoral a todos los delegados-electores a la asamblea de delegados para que estos se presenten y puedan formar las listas de candidatos. Articulo 23°.- Inscripcion de Candidatos y Listas La inscripcion de candidatos y listas se realizara en el plazo senalado dentro del cronograma electoral, garantizando su organizacion establecida en el Art. 8º, priorizando la perspectiva de genero. Articulo 24°.- De la Asignacion de Numeros a Candidatos y Listas El Comite Electoral determinara por sorteo el numero respectivo a cada una de las listas de candidatos. Este sorteo se realizara al dia siguiente de culminado el plazo de inscripcion de listas. Articulo 25°.- De la Publicacion de Candidatos y Listas El Comite Electoral publicara en un lugar visible de la sede del Gobierno Regional, asi como en su MORDAZA de Transparencia, las listas con sus respectivos numeros. Dicha publicacion se realizara el mismo dia de realizado el sorteo. TITULO IV DEL MORDAZA ELECTORAL Articulo 26°.- Caracteristicas del MORDAZA El MORDAZA es secreto y obligatorio. Los delegadoselectores que no concurran a la votacion imposibilitan la participacion de la organizacion social a la que representan. Los nombres de los delegados-electores asistentes y que son candidatos se consignaran expresamente en el acta electoral respectiva. Articulo 27°.- El Material Electoral El material electoral esta conformado por el Padron Electoral, el Cartel de Lista de Candidatos, las Cedulas de Votacion, Material Electoral (Tampones, Tinta Indeleble, Lapiceros, etc.), Cartel de Resultados, una Cabina Secreta, un Anfora y el Acta Electoral. Cada cedula contara con un recuadro en el que el delegado-elector consignara el numero de la lista de su preferencia. Articulo 28°.- Contenido del Acta Electoral El Acta Electoral se consignara el nombre de la eleccion, el lugar, la fecha y la hora de inicio y termino del MORDAZA electoral, y estara compuesta por los siguientes documentos: a) Acta de Instalacion en la que se indicara: el lugar, fecha y hora de la instalacion del Comite Electoral; la cantidad de electores habiles (delegados-electores), la cantidad de cedulas recibidas; los nombres de los miembros del Comite Electoral y su firma. b) Acta de Sufragio en la cual se indicara: la hora de termino del sufragio, el numero de delegados-electores que sufragaron, el numero de cedulas no utilizadas, los nombres y la firma de los miembros del Comite Electoral. c) Acta de Escrutinio en la cual se indicara: la hora de termino del escrutinio, el numero de votos alcanzados por cada lista de candidatos, la cantidad de votos nulos y en MORDAZA, el numero de la lista ganadora y el nombre de los candidatos que fueron elegidos como representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Regional; las observaciones, impugnaciones u otra incidencia que se hubiese producido en las elecciones; los nombres y la firma de los miembros del Comite Electoral. Articulo 29°.- Cartel de Lista de Candidatos

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