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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2007 (26/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2007 345997 06.4.2 Subgerencia de Asistencia Técnica Artículo 54°. La Subgerencia de Asistencia Técnica se encarga de las funciones referidas al apoyo y asistencia técnica a los partidos políticos en el desarrollo de los procesos de democracia interna y en las demás materias que las organizaciones políticas lo soliciten, conforme a ley. Asimismo, está a cargo de la asistencia técnica en procesos electorales a instituciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil que lo soliciten. 06.5 GERENCIA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA ELECTORAL Artículo 55°. La Gerencia de Sistemas e Informática Electoral es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional, se encarga de plani fi car, organizar, conducir e implementar las políticas y acciones en el campo de los sistemas y tecnologías de la información de la Institución. Artículo 56°. La Gerencia de Sistemas e Informática Electoral está conformada por la Subgerencia de Plataforma Tecnológica, la Subgerencia de Proyectos Informáticos y la Subgerencia de Operaciones Informáticas. Artículo 57°. La Gerencia de Sistemas e Informática Electoral tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia a ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecución de acuerdo a la normatividad vigente. b) Formular, proponer, supervisar y evaluar el Plan Estratégico de Tecnología de la Información de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales. c) Dirigir, coordinar y supervisar el desarrollo y la implementación de los sistemas de información, buscando uniformizar los programas, hardware, métodos de procesos y códigos a utilizar por la Institución. d) Determinar los requerimientos relacionados con la Tecnología de la Información, de acuerdo a las necesidades de la Institución, sobre la base de la política institucional en dicha materia. e) Asesorar, capacitar y orientar para la utilización de los programas informáticos y evaluar las capacitaciones; así como cautelar la instalación de programas con licencia y realizar revisiones periódicas. f) Velar por el funcionamiento y mantenimiento de los sistemas informáticos y de telecomunicaciones implementados. g) Administrar el soporte técnico informático y de telecomunicaciones de la Institución y brindar el mantenimiento preventivo y oportuno de los equipos. h) Dirigir y supervisar la ejecución de los nuevos proyectos informáticos, así como procesar los requerimientos informáticos de las unidades orgánicas y elaborar conjuntamente los per fi les correspondientes. i) Promover, probar, evaluar e implementar la aplicación de nuevas tecnologías informáticas del mercado nacional e internacional, a fi n de aplicarlas en las actividades ordinarias de la Institución y en los procesos electorales a su cargo. j) De fi nir, implementar y supervisar la aplicación de las medidas de seguridad del almacenamiento y actualización de la información contenida en la red de la Institución y demás servicios informáticos y de comunicación. k) Elaborar el per fi l y participar en la evaluación y selección de los responsables de los Centros de Cómputo para las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales. l) Ejecutar y garantizar las acciones de capacitación al personal informático de las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, en coordinación con la O fi cina General de Administración, Gerencia de Capacitación, Investigación y Asistencia Técnica Electoral y la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional. m) Garantizar los servicios informáticos y el soporte correspondiente en las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales. n) Coordinar con el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para la entrega oportuna de la relación de inscripciones agregadas o eliminadas del padrón electoral. o) Recibir del Jurado Nacional de Elecciones los padrones electorales debidamente autorizados. p) Organizar la logística informática de la Institución para el procesamiento de los resultados durante los procesos electorales. q) Administrar los datos producto del procesamiento de resultados electorales y velar por la seguridad de los mismos. r) Administrar la Base de Datos de omisos al sufragio y al cargo de miembro de mesa. s) Solicitar, al Jurado Nacional de Elecciones, al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, al Ministerio del Interior, a las organizaciones políticas y a toda Institución competente, la relación de exceptuados al cargo de miembros de mesa y la relación de dispensados al sufragio, de acuerdo a ley. t) Conducir el proceso de impresión del Acta Padrón.u) Proporcionar pautas técnicas y de seguridad para la producción del Acta Padrón. v) Implementar las normas técnicas informáticas, aprobadas por la O fi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI. w) Implementar mecanismos para la protección y seguridad de la información contenida en los sistemas informáticos. x) Coordinar con la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional las actividades, en el marco de su competencia, que deban desarrollar las O fi cinas Regionales de Coordinación. y) Emitir resoluciones gerenciales en materia de su competencia. z) Formular propuestas para el desarrollo de proyectos en el marco de sus competencias. aa) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos técnicos y/o administrativos, las directivas generales, especí fi cas y gerenciales en materia de su competencia. bb) Recibir, tramitar y resolver dentro de sus competencias las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institución. cc) Implementar las Normas de Control Interno aprobadas por la Contraloría General de la República. dd) Brindar apoyo a la Procuraduría Pública de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales en el ámbito de su competencia. ee) Realizar otras actividades relacionadas a su ámbito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional. 06.5.1 Subgerencia de Plataforma TecnológicaArtículo 58°. La Subgerencia de Plataforma Tecnológica se encarga de diseñar, crear, administrar y controlar las bases de datos de la Institución, el soporte y mantenimiento de los equipos y el servicio de telecomunicaciones; así como de la implementación e integración de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia. 06.5.2 Subgerencia de Proyectos Informáticos Artículo 59°. La Subgerencia de Proyectos Informáticos se encarga de brindar solución tecnológica a los requerimientos de desarrollo y adquisición de sistemas de información, proporcionar soporte y mantenimiento a los mismos; así como la implementación e integración de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia. 06.5.3 Subgerencia de Operaciones Informáticas Artículo 60°. La Subgerencia de Operaciones Informáticas se encarga de la organización y métodos de los procesos en materia informática de la Institución y para los procesos electorales; y de la organización de la